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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de noviembre de 2009 405980 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa FAENAS PESQUERAS S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera NEPTUNO de matrícula Nº CE-4524-CM, otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 435-2009-PRODUCE/DGEPP, modifi cado por la Resolución Directoral Nº 476-2009- PRODUCE/DGEPP. Artículo 2º.- Incorporar a la embarcación NEPTUNO de matrícula Nº CE-4524-CM y la empresa FAENAS PESQUERAS S.A.C., en del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, excluyendo al señor JANIO OTTO QUIJADA BUJAICO de dicho anexo. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 435-2009-PRODUCE/DGEPP modifi cado por la Resolución Directoral Nº 476-2009-PRODUCE/DGEPP al señor JANIO OTTO QUIJADA BUJAICO, para operar la embarcación pesquera denominada NEPTUNO de matrícula Nº CE-4524-CM. Artículo 4º.- Reconocer a la empresa FAENAS PESQUERAS S.A.C. como titular del incremento de fl ota otorgado mediante el Artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 619-2009-PRODUCE/DGEPP. Artículo 5º.- Incorporar al listado de los porcentajes máximos de captura por embarcación – PMCE de la zona Norte Centro, aprobado por Resolución Directoral Nº 843- 2009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, a la embarcación pesquera NEPTUNO de matrícula Nº CE-4524-CM con un PMCE de 0.22971%. Artículo 6º.- Incorporar al listado de los Limites Máximos de Captura por embarcación – PMCE de la zona Sur, aprobado por Resolución Directoral Nº 376-2009- PRODUCE/DGEPP, a la embarcación pesquera NEPTUNO de matrícula Nº CE-4524-CM con un PMCE de 0.759890 %. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www. produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 420966-8 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 848-2009-PRODUCE/DGEPP 27 de octubre de 2009 Visto el escrito de Registro Nº 00057213-2009, de fecha 17 de julio del 2009, presentado por los señores SILVESTRE PAZO REYES y cónyuge CLARA ELENA VALDIVIEZO QUEREVALU Y JOSE GUALBERTO PAZO REYES y cónyuge MATILDE PAULA RUMICHE ECHE. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015- 2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que, mediante Resolución Directoral Nº 045-2003- GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR de fecha 13 de febrero de 2003, se otorgó permiso de pesca a los armadores EXALTACION PAZO REYES y TEOFILA SALAZAR DE PAZO, para operar la embarcación pesquera de madera de nombre “MI CAUTIVO” de matrícula PT-4238-CM, de 21.64 de Arqueo Neto y 90.48 m3 de capacidad de bodega, en la extracción del recurso hidrobiológico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud de malla de ½ pulgada (13 mm) y de 1½ pulgada (38 mm) según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que a la fecha, la embarcación pesquera “MI CAUTIVO” de matrícula PT-4238-CM de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso anchoveta para consumo humano directo, y anchoveta, sardina, jurel y caballa para consumo humano; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 001-2002- PRODUCE, de fecha 05 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy), y caballa (Scomber japonicus peruanus), serán destinados al consumo humano; Que, mediante el escrito del visto, los señores SILVESTRE PAZO REYES y cónyuge CLARA ELENA VALDIVIEZO QUEREVALU Y JOSE GUALBERTO PAZO REYES y cónyuge MATILDE PAULA RUMICHE ECHE, solicitan cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “MI CAUTIVO” de matrícula PT- 4238-CM; Que, de acuerdo a la documentación presentada por el los señores SILVESTRE PAZO REYES y cónyuge CLARA ELENA VALDIVIEZO QUEREVALU Y JOSE GUALBERTO PAZO REYES y cónyuge MATILDE PAULA RUMICHE ECHE, el Certifi cado Compendioso de Dominio y el Certifi cado de Matrícula de la embarcación pesquera “MI CAUTIVO” de matrícula PT-4238-CM, los administrados acreditan la propiedad sobre la referida embarcación; Que, de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente administrado, se ha determinado que los señores SILVESTRE PAZO REYES y cónyuge CLARA ELENA VALDIVIEZO QUEREVALU Y JOSE GUALBERTO PAZO REYES y cónyuge MATILDE PAULA RUMICHE ECHE, han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcación de bandera nacional de mayor escala del ámbito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE; por lo que resulta procedente la aprobación del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 1174-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de los señores SILVESTRE PAZO REYES y cónyuge CLARA ELENA VALDIVIEZO QUEREVALU Y JOSE GUALBERTO PAZO REYES y cónyuge MATILDE PAULA RUMICHE ECHE, el cambio de titular del Permiso de Pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 045-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR, para operar la embarcación pesquera “MI CAUTIVO” de matrícula PT-4238-CM, con una capacidad de bodega de 90.48 m3, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refi ere al Artículo 1º de la presente Resolución deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinadas al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas