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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de noviembre de 2009 406151 el rubro Observaciones el Acta acotada, el texto “Acta Repuesta”; habiéndose precisado que tratándose de la reposición de Actas de Nacimiento, se emplearán las Actas de color celeste; Que, si bien dichas disposiciones no han sido aplicadas estrictamente por los Registradores del Estado Civil, es del caso advertir que tal situación no puede perjudicar a los ciudadanos que solicitaron las reinscripciones, por lo que valorando la coyuntura descrita, es preciso dictar disposiciones que privilegiando los derechos de las personas incursas en tal situación, tiendan a convalidar las reinscripciones efectuadas, mas aún si el procedimiento de reposición que se ha establecido recientemente se orienta a la misma fi nalidad que la derogada Ley Nº 26242, habiendo previsto, incluso, la reposición con participación del ciudadano, procedimiento compatible con el que preveía la Ley Nº 26242; y, Conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y el Reglamento de las Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Precisar que las Actas Registrales generadas en virtud a los procedimientos de reinscripción que hubieran sido aprobados a partir de la entrada en vigor de la Ley Nº 29312, hasta la vigencia de la presente Resolución, en las diversas Ofi cinas de Registros del Estado Civil que funcionan por delegación, entre otros, en Municipalidades Provinciales, Distritales, Centros Poblados, Comunidades Nativas, conservan validez, surtiendo todos los efectos jurídicos que le sean inherentes. Artículo Segundo.- Disponer que los Registradores del Estado Civil, consignen el texto “Acta Repuesta”, en las Actas reinscritas que se encuentren comprendidas en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Precisar que lo dispuesto por la presente Resolución no afecta las funciones de depuración a cargo de la Entidad, al determinarse irregularidades en los procedimientos de reinscripción aprobados. Artículo Cuarto.- Disponer que las Unidades de Fiscalización adscritas a las diversas Jefaturas Regionales reiteren a las Ofi cinas de Registros del Estado Civil bajo su jurisdicción, la obligación de adecuar los procedimientos de reinscripción a lo establecido por la Ley Nº 29312. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 423720-1 MINISTERIO PUBLICO Autorizan viaje de Fiscal de la Nación a Guatemala para participar en la XVII Asamblea General Ordinaria de la AIAMP y en el Seminario “Lucha Contra la Delincuencia Organizada” RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 089-2009-MP-FN-JFS Lima, 13 de noviembre de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Circular Nº 05-2009, la Secretaría General Permanente de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos, comunica que el Ministerio Público de Guatemala ha organizado la “XVII Asamblea General Ordinaria de la AIAMP”, y el Seminario Iberoamericano “Lucha Contra la Delincuencia Organizada”, en tal sentido, invita a la señora Fiscal de la Nación a fi n de que participe en los citados eventos, los mismos que se realizarán entre los días 23 y 26 de Noviembre de 2009, en la ciudad de La Antigua, Guatemala; Que, los citados eventos reunirán a los Fiscales del Continente Americano y la Península Ibérica, teniendo como objetivo el avance en el cumplimiento del Plan de Trabajo trazado para la AIAMP, que permita hacer frente a los desafíos de la investigación y persecución criminal transnacional de los nuevos tiempos. Que, atendiendo a la relevancia de los temas a tratar y de los objetivos expuestos, los cuales a su vez constituyen un interés institucional en la lucha contra la criminalidad y el fortalecimiento de las relaciones con los organismos homólogos del bloque Iberoamericano, se ha previsto la intervención de la señora Fiscal de la Nación del Perú en los citados eventos. Que, para los casos de ausencia del titular de la Fiscalía de la Nación, es necesario disponer la encargatura de su Despacho. De conformidad con el Acuerdo Nº 1678 adoptado por los miembros de la Junta de Fiscales Supremos en sesión extraordinaria de fecha 12 de noviembre del año en curso, y estando a las atribuciones conferidas en el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la doctora Gladys Margot Echaiz Ramos, Fiscal de la Nación, a la ciudad de La Antigua, Guatemala, a fin de que participe en los eventos mencionados en la parte considerativa de la presente Resolución, otorgándosele licencia con goce de haber del 22 al 27 de noviembre del 2009. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Fiscalía de la Nación, al doctor Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Fiscal Supremo Titular de la Segunda Fiscalía Suprema Penal, con retención de su Despacho, mientras dure la ausencia de la Titular. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Despacho de la Fiscalía de la Nación, Fiscales Supremos Titulares, Gerencia General, Ofi cina de Asesoría Jurídica y Gerencia de Registro de Fiscales, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 423383-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Financiera Edyficar la apertura de dos agencias en las provincias de Moyobamba y Huancayo, departamentos de San Martín y Junín RESOLUCIÓN SBS Nº 14732-2009 Lima, 11 de noviembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS