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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de noviembre de 2009 406231 Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Educación, de 25 Gobiernos Regionales, 2 Municipalidades Provinciales y 10 Municipalidades Distritales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 DECRETO SUPREMO N° 256-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2009-EF, se fi ja la Remuneración Integra Mensual-RIM con la cual se calcula las remuneraciones de los diferentes niveles de la Carrera Pública Magisterial dispuesto por la Ley Nº 29062 - Ley que modifi ca la Ley del Profesorado en lo referido a la carrera pública magisterial; Que, el Ministerio de Educación, en el marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 079-2009- ED, realizó entre setiembre y octubre del presente año, el concurso de incorporación para los niveles IV y V de la Carrera Pública Magisterial, presentándose 1,365 docentes, de los cuales aprobaron 1,358 docentes; Que, el Ministerio de Educación, mediante Ofi cio N° 1302-2009-ME/SG, establece en TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 526 381,00) el monto de transferencia necesario para fi nanciar el pago diferencial de la remuneración de noviembre y diciembre del 2009 de 1,358 docentes incorporados en los Niveles IV y V de la Carrera Pública Magisterial; Que, en la Reserva de Contingencia existen recursos que permiten fi nanciar el pago diferencial de la remuneración de noviembre y diciembre del 2009 de los docentes incorporados en los Niveles IV y V de la Carrera Pública Magisterial, por lo que resulta pertinente autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 hasta por la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 526 381,00), a favor de los Pliegos Ministerio de Educación, 25 Gobiernos Regionales, 2 Municipalidades Provinciales y 10 Municipalidades Distritales; De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 526 381,00), para fi nanciar el pago diferencial de la remuneración de noviembre y diciembre del 2009 de 1,358 docentes incorporados en los Niveles IV y V de la Carrera Pública Magisterial conforme al Anexo adjunto, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 3 526 381,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 3 526 381,00 ============ A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 055 938,00 -------------------- SUBTOTAL 1 055 938,00 ============ SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2 292 391,00 -------------------- SUBTOTAL 2 292 391,00 ============ SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 178 052,00 -------------------- SUBTOTAL 178 052,00 ============ -------------------- TOTAL EGRESOS 3 526 381,00 ============ Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas