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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (20/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de noviembre de 2009 406291 del Ministerio del Ambiente, señalando su ámbito de competencia sectorial y regulando su estructura orgánica y funciones, estando comprendidas dentro de sus funciones específi cas, conforme a lo establecido en los literales d) y e) del artículo 7º, las de elaborar los Estándares de Calidad Ambiental-ECA y Límites Máximos Permisibles- LMP y aprobar los lineamientos, la metodología, los procesos y los planes para su aplicación en los diversos niveles de gobierno; Que, en consecuencia, corresponde al Ministerio del Ambiente, disponer la prórroga de la suspensión de la aplicación de los LMP referidos en el acápite II del Anexo Nº 1 del Decreto Supremo Núm. 047-2001- MTC; respecto a los vehículos que funcionen a motor Diesel, así como establecer los LMP que le serán aplicables a estos vehículos, en tanto culmine el plazo de suspensión; De conformidad con lo establecido en la Ley Núm. 28611, Ley General del Ambiente, modifi cada por el Decreto Legislativo Núm. 1055, en el Decreto Legislativo Núm. 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, Decreto Supremo Núm. 025- 2005-EM, Ley Núm. 28694 y Decreto Supremo N° 061- 2009-EM; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Prórroga de suspensión del acápite II del Anexo Nº 1 del Decreto Supremo Núm. 047-2001- MTC respecto a vehículos con motor Diesel Prorrogar hasta el 31 de diciembre del 2010, la suspensión de la aplicación del acápite II del Anexo Nº 1 del Decreto Supremo Núm. 047-2001-MTC, que regula los Límites Máximos Permisibles para vehículos nuevos (importados o producidos) que se incorporen a nuestro parque automotor, respecto de los vehículos que funcionen a motor Diesel; debiendo aplicarse durante dicho plazo a esta clase de vehículos, los Límites Máximos Permisibles para vehículos usados (importados) que se incorporen a nuestro parque automotor, establecidos en el acápite III del Anexo Nº 1 del citado Decreto Supremo. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 425402-10 Designan representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo Directivo de PROFONANPE y actualizan composición del Consejo Directivo de PROFONANPE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2009-MINAM Lima, 19 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Núm. 26154, se crea el Fondo Nacional para Áreas Naturales Protegidas por el Estado - FONANPE como fondo fi duciario intangible destinado a la conservación, protección y manejo de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado, y el PROFONANPE, como institución de derecho privado sin fi nes de lucro y de interés público y social con personería jurídica propia, encargada de su administración y de otros recursos que le transfi eran; Que, mediante la Primera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Núm. 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente modificado por Decreto Legislativo Núm. 1039, se modificó el segundo párrafo del artículo 2º del Decreto Ley Núm 26154, el cual regula la composición de los miembros del Consejo Directivo de PROFONANPE; estableciendo que dicho Consejo Directivo está integrado por ocho miembros; cuatro representantes del Estado, dos representantes de organizaciones no gubernamentales peruanas especializadas en la temática ambiental, un representante de los gremios empresariales y un representante de una organización de cooperación internacional invitada a participar por el Ministerio del Ambiente; Que, mediante Decreto Supremo Núm. 004-2008- MINAM, se modifi có el artículo 6º del Decreto Supremo Núm. 024-93-AG, Reglamento del Decreto Ley Núm. 26154, en lo que se refi ere a la composición del Consejo Directivo de PROFONANPE, a fi n de adecuarlo a las disposiciones legales indicadas en el considerando precedentes; Que, mediante Resolución Suprema Núm. 009-2009- MINAM, se designaron a diversos integrantes del Consejo Directivo de PROFONANPE; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas ha acreditado como su representante ante el Consejo Directivo de PROFONANPE, al señor Roger Díaz Alarcón, Director General de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, en reemplazo de la señorita Silvia Cristina Rodríguez Valladares; Que, en ese sentido, corresponde ofi cializar la representación antes señalada, actualizar la composición de los integrantes del Consejo Directivo de PROFONANPE y rectifi car el error material incurrido en el apellido del representante de la Cooperación Técnica Alemana - GTZ, organización internacional de asistencia técnica y fi nanciera invitada a participar por el Ministerio del Ambiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Núm. 26154, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Núm. 024-93-AG modifi cado por Decreto Supremo Núm. 004-2008-MINAM, y el Decreto Legislativo Núm. 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente modifi cado por Decreto Legislativo Núm. 1039; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Roger Díaz Alarcón, Director General de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo Directivo de PROFONANPE. Artículo 2º.- Actualizar la composición del Consejo Directivo de PROFONANPE, de acuerdo al siguiente detalle: - Señor Roger Díaz Alarcón, Director General de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas. - Señor Jorge Velásquez Portocarrero, Presidente de la Región Ucayali, en representación de los Gobiernos Regionales. - Señorita María Elena Foronda Farro, del Instituto NATURA, en representación de las organizaciones no gubernamentales peruanas especializadas en la temática ambiental. - Señor Jaime Guillermo Nalvarte Armas, de la Asociación para la Investigación y el Desarrollo Integral (AIDER), en representación de las organizaciones no gubernamentales peruanas especializadas en la temática ambiental. - Señor Carlos Aranda Arce, de la empresa Southern Copper Corporation, en representación de la Confederación de Instituciones Empresariales Peruanas - CONFIEP. - Señor Gustavo Wachtel, de la Cooperación Técnica Alemana - GTZ, en representación de una organización internacional de asistencia técnica y fi nanciera.