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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (20/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de noviembre de 2009 406300 VISTO: El Ofi cio de fecha 22 de octubre de 2009, mediante el cual la Municipalidad Provincial de Tumbes, solicita la ofi cialización del evento “Feria de Integración Fronteriza por la Paz – Tumbes 2009”, que se llevará a cabo en la ciudad de Tumbes, del 01 al 12 de diciembre de 2009; CONSIDERANDO: Que, la ciudad de Tumbes es sede del evento “Feria de Integración Fronteriza por la Paz – Tumbes 2009”, que se llevará a cabo del 01 al 12 de diciembre de 2009, el cual viene siendo organizado por la Municipalidad Provincial de Tumbes; Que, el mencionado evento tiene como objetivos, entre otros, promover los festivales patronales de Tumbes, en el que participarán artesanos, empresarios, cocineros, artistas, etc., de Perú y Ecuador; De conformidad con los artículos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2001-RE, de 03 de enero de 2001 y el inciso 8) del artículo 6° de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 13 de mayo de 2009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ofi cializar el evento “Feria de Integración Fronteriza por la Paz – Tumbes 2009”, que se llevará a cabo en la ciudad de Tumbes, del 01 al 12 de diciembre de 2009. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 425029-1 Aprueban donación efectuada por la CAF para brindar asistencia en la “Primera Reunión de Embajadores del Perú Acreditados en el Exterior: Diálogo sobre Política Exterior y Recomendaciones para el período 2009 - 2011” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1572/RE-2009 Lima, 18 de noviembre de 2009 VISTOS: El Convenio de Cooperación Técnica no Reembolsable suscrito el 2 de julio de 2009 entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Corporación Andina de Fomento – CAF, para brindar asistencia en la “Primera Reunión de Embajadores del Perú Acreditados en el Exterior: Diálogo sobre Política Exterior y Recomendaciones para el período 2009 – 2011”; El Memorándum (TES) Nº TES0702/2009 del Departamento de Tesorería de 28 de octubre de 2009, mediante el cual comunica que la Corporación Andina de Fomento – CAF ha efectuado el segundo depósito mediante Cheque Nº 06236306 del Banco Continental a la orden del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el importe de SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 65/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 7,857.65), equivalente a VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22,473.00), en la cuenta corriente Nº 133-3000005246, Cuenta de Donaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; El Memorándum (DGL) Nº 1312 de la Dirección General de Asuntos Legales de 11 de setiembre de 2009, mediante el cual informa que la donación efectuada por la Corporación Andina de Fomento – CAF, constituyen recursos diferentes a los que provienen de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, debiendo ser aprobadas mediante Resolución Ministerial, conforme lo establecido por el artículo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, resulta necesario aceptar la donación de la Corporación Andina de Fomento – CAF, por el monto de VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22,473.00), para brindar asistencia en la “Primera Reunión de Embajadores del Perú Acreditados en el Exterior: Diálogo sobre Política Exterior y Recomendaciones para el período 2009 – 2011”; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto referido a las Donaciones, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; Que, asimismo, el artículo establece que en el caso de que el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias la referida Resolución se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0091/RE de 22 de enero 2009, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2009, del Pliego 008 Ministerio de Relaciones Exteriores, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa Funcional, Subprograma Funcional, Actividad, Proyecto, Tipo de Transacción y Genérica del Gasto; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, uno de los supuestos para que la incorporación de mayores recursos públicos sean aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad, se encuentra previsto en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, referido a aquellas que provienen de Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones ofi ciales de crédito que se produzcan durante el año fi scal; Que, de acuerdo al literal i) del numeral 4.1 del artículo 4º del Anexo Nº 1, de la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, procede la incorporación de mayores fondos públicos establecidos en el numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, cuando la captación u obtención de los ingresos superen los ingresos previstos que fi nancian los créditos presupuestarios aprobados a nivel de fuente de fi nanciamiento del Presupuesto Institucional y consideradas en las proyecciones fi nancieras de los ingresos que efectúe el Pliego que muestren un incremento que superen los créditos presupuestarios aprobados; Que, en consecuencia es necesario incorporar al Presupuesto Institucional del Pliego 008 Ministerio de Relaciones Exteriores del Ejercicio 2009, la donación de la Corporación Andina de Fomento por el importe de VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22,473.00); Con la opinión favorable de la Dirección General de Asuntos Legales, de la Dirección General de Administración y de la Secretaría General del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por la Corporación Andina de Fomento – CAF a favor del Ministerio