TEXTO PAGINA: 29
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de noviembre de 2009 406307 ANEXO Nº 02 Valores Máximos Admisibles (1) PARAMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA PARA DESCARGAS AL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Aluminio mg/L Al 10 Arsénico mg/L As 0.5 Boro mg/L B 4 Cadmio mg/L Cd 0.2 Cianuro mg/L CN- 1 Cobre mg/L Cu 3 Cromo hexavalente mg/L Cr+6 0.5 Cromo total mg/L Cr 10 Manganeso mg/L Mn 4 Mercurio mg/L Hg 0.02 Níquel mg/L Ni 4 Plomo mg/L Pb 0.5 Sulfatos mg/L SO4 -2 500 Sulfuros mg/L S-2 5 Zinc mg/L Zn 10 Nitrógeno Amoniacal mg/L NH+4 80 pH (2) unidad pH 6-9 Sólidos Sedimentables (2) Ml/L/h S.S. 8.5 Temperatura(2) ºC T <35 (1) La aplicación de estos parámetros a cada actividad económica por procesos productivos, será precisada en el reglamento de la presente norma tomando como referencia el código CIIU. Aquellas actividades que no estén incluidas en este código, deberán cumplir con los parámetros indicados en el presente Anexo. (2) Estos parámetros, serán tomadas de muestras puntuales. El valor de los demás parámetros, serán determinados a partir del análisis de una muestra compuesta. 425402-11 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Designan Gerente de Administración de la SBN RESOLUCIÓN Nº 142 -2009/SBN San Isidro, 19 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 128-2009/SBN de fecha 30 de octubre de 2009, se encargó al señor abogado Carlos Reátegui Sánchez, como Gerente de Administración de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), cargo considerado de confi anza; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura antes mencionada, por lo que resulta necesario emitir la resolución correspondiente y designar al funcionario que desempeñe dicho cargo de confi anza; Que, a la fecha se encuentra vigente vacante el cargo de Gerente de Administración de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, en virtud del inciso h) del artículo 13º del Estatuto de la SBN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 131- 2001-EF, es de competencia del Superintendente de Bienes Nacionales, designar los cargos de confi anza y nombrar, contratar, suspender, remover o cesar al personal considerado en dichos cargos; Con opinión favorable de la Gerencia General y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27395 y 27594, el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y la Resolución Nº 315-2001/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura del señor abogado Carlos Reátegui Sánchez, como Gerente de Administración de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir del 23 de noviembre del presente al señor MILAN PAVLICH ESCALANTE como Gerente de Administración de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VILLANUEVA CARBAJAL Superintendente 425401-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban Directiva sobre reposición de la acera facilitando el acceso de las personas con discapacidad, en las obras para los servicios de saneamiento ejecutadas por las EPS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 051-2009-SUNASS-CD Lima, 12 de noviembre de 2009 VISTO: El Informe N° 097-2009/SUNASS-100 presentado por la Gerencia de Políticas y Normas, que contiene la propuesta de Directiva sobre reposición de la acera facilitando el acceso de las personas con discapacidad en las obras para los servicios de saneamiento ejecutadas por las EPS y su correspondiente Exposición de Motivos; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27332 – Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos – modifi cada por la Ley N° 27631, faculta a los organismos reguladores a dictar en el ámbito y materia de su competencia, las normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general, la fi jación de tarifas de los servicios, la solución de reclamos y la imposición de medidas correctivas y sanciones, entre otras; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 19º del Reglamento de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2001-PCM, la función normativa permite a la SUNASS dictar de manera exclusiva, dentro de su ámbito de competencia, reglamentos, directivas y normas de carácter general aplicables a intereses, obligaciones o derechos de las Empresas Prestadoras o actividades bajo su ámbito o, de sus usuarios; Que, la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad establece en el artículo 44.1 que toda infraestructura de uso comunitario, público y privado que se construya con posterioridad a la promulgación de la Ley, deberá estar dotada de acceso, ambientes, corredores de