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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (20/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de noviembre de 2009 406329 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha de 16 de noviembre del 2009, referente a la Autorización de Viaje al Exterior del señor Alcalde Percy Colos Ayala; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y concordante con el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Reforma Constitucional N° 28607; Que, mediante Carta de fecha 6 de noviembre del 2009, procedente del Agregado de Cooperación Internacional EMBASSY OF ISRAEL LIMA, informa de haber sido seleccionado Percy Colos Ayala, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cangallo-Ayacucho, para participar con una beca de estudios, en el Curso “Promoción del desarrollo Económico Local mediante la Planifi cación Estratégica”, a realizarse del 23 de noviembre al 17 de diciembre del 2009, en el Centro Internacional de Capacitación Aharon Ofri, ubicado en la ciudad de Ramal Rajel en Jerusalén, precisando que la beca de estadía, así como el seguro medico, están vigentes durante las fechas que dure el curso. Que, puesto a consideración de los señores miembros del Concejo, el señor Thomas Felipe León Fajardo, opina para que se autorice el viaje hacia el exterior y se le asigne un presupuesto para gastos de pasajes la suma de S/. 10,000.00 Diez Mil Nuevos Soles, el Regidor Efraín Tenorio Barbarán, opina a que se le autorice su viaje hacia el exterior con una asignación de S/. 8,000.00. Que, el Asesor Legal opina por la procedencia de la autorización en razón que se halla establecida en el Inc. 11 del Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N°.27972, señala que es atribución del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, que realice el Alcalde. Que, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de las actividades administrativas, por ausencia del Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde. Estando a lo dispuesto de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, con las facultades establecidas en el Art. 41º; puesto en consideración del pleno, previa deliberación de los presentes se adoptó por MAYORÍA el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR, al señor Percy Colos Ayala, para que realice viaje al Exterior: País de Israel, en representación de la Municipalidad, a partir del 23 de noviembre al 18 de diciembre del presente año, a mérito de haber sido seleccionado para participar con una Beca de estudios en el Curso de “Promoción y Desarrollo Económico Local Mediante la Planificación Estratégica”, asignando un presupuesto de S/. 10.000 Nuevos Soles para pasaje de Ida y Vuelta Vía Aérea y otros. Artículo Segundo.- ENCARGAR, el Despacho de la Alcaldía al Teniente Alcalde: BENEDICTO CARBAJAL CANCHO, a partir del 23 de noviembre al 18 de diciembre del 2009, mientras dure la ausencia del Titular del Pliego, por motivos de viaje al exterior del país de Israel, debiendo cumplir sus obligaciones bajo su entera responsabilidad. Dado en el Palacio Municipal a los dieciséis días del mes de octubre del dos mil nueve. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PERCY COLOS AYALA Alcalde 424965-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAITA Autorizan viaje de Alcalde a Brasil, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO N° 117-2009-CPP Paita, 11 de noviembre del 2009 VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria del 11 de noviembre del 2009; y CONSIDERANDO; Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley N° 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordado con el artículo II del Título Preliminar y artículo 4° de la Ley Nº 27972 – Ley orgánica de Municipalidades. Que el inciso 11) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los Regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; por lo que la presente autorización de viaje debe ser aprobado por el Concejo Municipal. Que, mediante Ley N° 27619 se regula la Autorización de Viajes al Exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del estado que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE. Que, el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC. Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 044-2003-CPP de fecha 9 de octubre del 2003 se acepta la formalización del Convenio de Hermanamiento entre el Municipio de la Ciudad de Manaus, Brasil y el Municipio de Paita, Perú y con fecha 15 de octubre del 2003 en la Prefectura de la ciudad de Manaus (Estado de Amazonas, Brasil) se suscribió el Protocolo de Hermanamiento. Que, con el Ofi cio N° 5202/GABIN.SUP de fecha 3 de septiembre del 2009, la Sra. Flavia Skrobot Barbosa Grosso, Superintendente de la Zona Francia de Manaus – SUFRAMA, hace de conocimiento del Titular del Pliego que su representada con el apoyo del Ministerio de Desarrollo, Industria y Comercio Exterior de Brasil y en asociación con instituciones federales, estatales, municipales, gremios empresariales y empresas, realizaran en Manaus, Amazonas del 25 al 28 de noviembre del 2009, en el Studio 5 Centro de Convenciones, la V Feria Internacional de la Amazonía –FIAM 2009, por lo que lo invitan a participar en la misma. Que, asimismo el Dr. Guillermo Cabieses Maggiolo, Gerente General de Céticos Paita, con Ofi cio N° 1208- 2009/GG-CETICOS PAITA de fecha 30 de octubre del 2009, comunica al Q. F. Alejandro Torres Vega, Alcalde Provincial que Céticos Paita y la Zona Franca de Manaus –SUFRAMA, procederán a suscribir un Memorándum de Entendimiento que posiblemente sea en la V Feria Internacional de la Amazonía –FIAM 2009, por tal motivo lo invitan al citado evento en donde además de participar Céticos Paita, participará el Presidente Regional de Piura,