Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2009 (31/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
1. Tiempo de Servicios:

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de octubre de 2009

las mismas que deben tener una duracion minima de 30 horas. 5. Idiomas: Se consideran los certificados expedidos por instituciones especializadas debidamente reconocidas por el Ministerio de Educacion, asi como los de Centros de Idiomas de las Universidades del MORDAZA reconocidas por la Asamblea Nacional de Rectores y las avaladas por su respectiva Embajada, ademas de los examenes de suficiencia para obtener el grado de Maestro o Doctor. Todos los certificados deben precisar el nivel alcanzado, caso contrario se consideraran como del nivel basico. 6. Estudios basicos de informatica, los mismos que se acreditan con la MORDAZA de la MORDAZA que indique su aprobacion. C.- PUBLICACIONES: Se consideran los libros, investigaciones juridicas doctrinarias o de MORDAZA, textos universitarios, ensayos y los articulos en materia juridica. Tambien se consideran otras publicaciones academicas en materias no juridicas vinculadas al MORDAZA del Derecho o la administracion publica. 1. Libros, investigaciones juridicas doctrinarias o de MORDAZA y textos universitarios: Se acredita con la MORDAZA de un ejemplar original que debe contar con: cubierta, deposito legal, numero de edicion, editorial, introduccion, indice, bibliografia y documentacion que sustente un tiraje no menor de 500 ejemplares. Tratandose de autoria multiple, el puntaje se divide entre el numero de coautores consignados, hasta un MORDAZA de tres. En el caso de textos universitarios debera presentar ademas la MORDAZA de la universidad que acredite su calidad de tal. Solo se otorgara puntaje a aquellos libros investigaciones juridicas doctrinarias o de MORDAZA o textos universitarios, calificados como buenos, para lo cual el Pleno del Consejo puede asesorarse por especialistas. No sera calificada mas de una de cualquiera de dichas publicaciones por cada ano calendario. Los parametros de evaluacion son: a. La originalidad o la creacion autonoma de la obra. b. La calidad cientifica, academica o pedagogica. c. La relevancia y pertinencia de los trabajos con las politicas en materia judicial. d. La contribucion al desarrollo del Derecho. No se consideran como libros: las tesis elaboradas para optar un grado academico, los empastados, machotes, anillados, entre otros. 2. Ensayos y articulos: Se califican los ensayos y articulos que tengan calidad relevante, referencias bibliograficas y una antiguedad no mayor de siete (7) anos, realizados en publicaciones academicas o revistas juridicas de las entidades de los sistemas de justicia y universitario e instituciones vinculadas. Tales trabajos se acreditan con la MORDAZA del original de la publicacion de caracter academico juridico, debiendo ser de autoria individual. No se califica mas de un ensayo o articulo por cada edicion de la publicacion respectiva. 3. En otros medios de publicacion: 3.1. En diarios: Se acredita con la MORDAZA del articulo original. 3.2. En Internet: En publicaciones academicas o revistas juridicas virtuales de las entidades de los sistemas de justicia y universitario e instituciones vinculadas. Se acredita con la impresion del articulo que consigne la direccion electronica en la que se encuentra publicado, debiendo estar vigente a la fecha de la convocatoria.

E.- EXPERIENCIA PROFESIONAL:

1.1 Magistrado: Se acredita con la MORDAZA de tiempo de servicios, la que debe indicar los cargos desempenados, asi como el periodo ejercido. 1.2 Abogado: Se acredita con la MORDAZA de incorporacion al Colegio de Abogados. 1.3 Docente universitario en materia juridica: Se acredita con la MORDAZA de tiempo de servicios expedida por la autoridad academica competente de la Facultad en la que imparte catedra, precisando la materia, categoria y modalidad, asi como los semestres o anos academicos dictados. 1.4 Secretario o Relator: Se acredita con la MORDAZA de tiempo de servicios, la que debe indicar los cargos desempenados, asi como el periodo ejercido. 2. Desempeno Profesional: 2.1 Evaluacion de la calidad de sentencias, dictamenes y otros actos procesales similares: Los documentos deben ser MORDAZA de los que obran en el expediente respectivo. En caso de organos colegiados el postulante debera presentar el documento suscrito en su calidad de ponente. Tambien se califican los documentos proyectados en el ejercicio de la funcion, acompanados de la MORDAZA emitida por el titular que certifique su autoria. Se otorga puntaje a tales documentos cuando obtengan una calificacion de 13 o mas puntos en la escala vigesimal, los mismos que son evaluados de acuerdo a los siguientes parametros: a. La comprension del problema juridico y la claridad de su exposicion. b. La coherencia logica y solidez de la argumentacion utilizada para sustentar la tesis que se acepta o refutar la que se rechaza. c. La congruencia argumentativa, sustantiva y procesal. d. El manejo de jurisprudencia pertinente al caso, en la medida de las posibilidades de acceso a la misma. 2.2 Evaluacion de la calidad de demandas, denuncias, laudos arbitrales, actas de conciliacion, negociacion, informes juridicos o similares: El postulante debera presentar la MORDAZA de dichos documentos, de preferencia en materias relativas a la plaza de postulacion, los que deben ser MORDAZA de los que obren en el expediente respectivo o en los que conste el cargo de presentacion. Asimismo, deben estar suscritos unicamente por el postulante que los presenta; se excluyen aquellos que contengan mas de una firma de abogado. Se otorga puntaje a tales documentos cuando obtengan una calificacion de 13 o mas puntos en la escala vigesimal, considerando la claridad de la exposicion de los hechos y de los fundamentos de Derecho, solidez de la argumentacion juridica y el cumplimiento de las normas procesales, de ser el caso. Para acreditar su desempeno profesional, el postulante puede presentar cualquiera de los documentos MORDAZA mencionados, independientemente de su condicion de postulacion, los que deberan tener una antiguedad no mayor de siete (7) anos; asimismo, debera adjuntar dos copias de cada uno de ellos. Solo seran calificados diez (10) documentos para los postulantes a plazas de nivel Supremo y seis (6) para los postulantes a plazas de los demas niveles, de acuerdo al orden de foliacion en que se hayan presentado. No seran objeto de calificacion curricular los documentos que hayan sido presentados en concursos anteriores realizados por el Consejo. 2.3 Ejercicio profesional en instituciones publicas: Se acredita con la MORDAZA de la MORDAZA expedida por el representante legal de la institucion o el jefe del

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