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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (02/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de setiembre de 2009 401883 Barranca a través de la Arq. Vannesa Hilda Contreras Rojas, proyecta la Propuesta Urbana de la Ciudad de Barranca al 2018, teniendo como proyecta a los siguientes profesionales: • Planifi cador Físico Arq. Jorge Ríos Velarde • Especialista Ambiental Dra. Rocío Margarita Cacho Cruz • Economista Urbano Econ. Edmundo Rosales Albornoz • Evaluador de Infraestructura Urbana Ing. Carlos Príncipe Fuentes Que, la Propuesta Urbana fue difundida en Audiencia Pública el 27 de junio del 2008 y consultada a los vecinos e Instituciones representativas de dicha ciudad, conforme consta en los antecedentes remitidos a la Gerencia Desarrollo Urbano de esta Municipalidad, dando cumplimiento a las disposiciones referidas a la Participación Ciudadana conferidas en el Artículo 6º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano aprobado por el D.S. Nº 027-2003-VIVIENDA vigente en el periodo de elaboración del mencionado estudio. Que, el Equipo Técnico encargado de la elaboración del “Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Barranca 2008-2018”, presentó a la Municipalidad Provincial de Barranca el Estudio conformado por cinco (5) volúmenes referidos a: la Caracterización Urbana; Propuestas de Desarrollo Urbano y Programa de Inversiones; Evaluación de la Infraestructura Educativa, de Salud, Vial y de Servicios Básicos; Reglamento de Zonifi cación y Usos del Suelo, Índice de Usos de Actividades Urbanas; Anexos referidos Estudios de Pre - Inversión y Talleres Participativos. Que, el Artículo 9º numeral 5 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, establece como atribución del Concejo Municipal Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano de los centros urbanos de su jurisdicción sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial. Al respecto, conforme consta en los estudios y el proyecto de ordenanza remitido a la Municipalidad Provincial de Barranca, e! referido Plan Urbano se constituye en el principal instrumento del urbanismo y del desarrollo local de la ciudad de Barranca, mismo que, ante la ausencia de un Plan de Acondicionamiento Territorial, ha incorporado un marco de análisis del entorno territorial y socioeconómico provincial a la vez que se contextualiza con el Plan Estratégico de la Provincia de Barranca 2004 -2014. Que, la nueva Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, N” 29090 en Disposición Transitoria ÚNICA establece un plazo perentorio para la aprobación de los Planes de Desarrollo Urbano. De esta manera, el Concejo Municipal con el voto Mayoritario de los Sres. Regidores y con dispensa del trámite y lectura de Actas aprobó la siguiente: ORDENANZA PARA LA REGLAMENTACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD DE BARRANCA 2008 – 2013 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- La presente Ordenanza aprueba el PDU - BARRANCA, como el principal instrumento del urbanismo y el desarrollo local, otorgándole un especial tratamiento a fi n de procurar su legitimidad en la sociedad civil, con efi cacia en cuanto a sus proposiciones hasta el año 2013. Artículo 2º.- El PDU-BARRANCA contiene el desarrollo de los siguientes aspectos específi cos que reglamentan el desarrollo urbano del distrito en los próximos 05 años, y que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza: a) Ordenamiento Urbanístico Edifi catorio. b) Ordenamiento Sistema Vial. c) Ordenamiento Ambiental. d) Sistema de inversiones. Artículo 3º.- El PDU-BARRANCA aprobado en la presente Ordenanza, es de cumplimiento obligatorio por las autoridades y funcionarios municipales, los vecinos, los organismos y dependencias públicas y las personas naturales o jurídicas que desarrollen intervenciones, proyectos y/o realicen actividades urbanas en el ámbito de planeamiento. TÍTULO II DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO - BARRANCA CAPÍTULO I DEFINICIÓN Y ALCANCES Artículo 4º.- El PDU-BARRANCA, es el instrumento técnico – normativo que orienta la gestión, acciones, intervenciones, programas e inversiones públicas y/o privadas en el ámbito de planeamiento establecido. CAPÍTULO II OBJETIVOS Artículo 5º.- El PDU-BARRANCA, postula los siguientes objetivos globales: a) En relación al Ordenamiento Urbanístico: Tiene por fi nalidad orientar la organización físico-espacial de las actividades socioeconómicas en la ciudad, promoviendo un equilibrado uso del suelo urbano en base a la homogenización de áreas y un adecuado tratamiento de los asentamientos humanos y la prospectiva racional de su expansión urbana, de modo de contribuir a la efi ciencia funcional y comercial de su territorio, así como al desarrollo de su potencial turístico y al mejoramiento de la calidad de los espacios urbanos. b) En relación al Ordenamiento Vial: Tiene por fi nalidad estructurar una red de vinculaciones viales que optimice la articulación de las actividades socioeconómicas de la ciudad con su entorno inmediato; promoviendo un escenario de equilibrio con el menor grado posible de confl ictos y fricciones espaciales; de manera de contribuir a la efi ciencia funcional de la ciudad. c) En relación al Ordenamiento Ambiental: Tiene por fi nalidad procurar un desarrollo urbano sostenible, preservando la ciudad del impacto ambiental y desastres, mejorando las condiciones de su hábitat y de su entorno, ecológico. En esta perspectiva, es necesario orientar la ejecución de las actividades económicas y sociales ecológicamente sustentables, defi niendo unidades ambientales y mapa de vulnerabilidad como instrumentos preventivos para un adecuado manejo ambiental. d) Sistema de Inversiones: En el contexto de los párrafos precedentes y sobre la base de la evaluación de la infraestructura, la información del presupuesto participativo, del diagnóstico y de los talleres desarrollados por el PDU- BARRANCA mediante su Programa de Inversión, orienta las intervenciones para una adecuada dotación de equipamiento urbano, construcción y mejoramiento vial, infraestructura de saneamiento y energía, de soporte al desarrollo habitacional comercial y turístico de la ciudad. CAPÍTULO III VISIÓN DE LA CIUDAD DE BARRANCA Artículo 6º.- El PDU-BARRANCA en el marco de un proceso permanente de planifi cación urbana, formula propuestas generales y específi cas con la fi nalidad de definir y viabilizar la Visión o con miras a alcanzarse en el horizonte del Plan como una CIUDAD SOSTENIBLE. Artículo 7º.- La VISIÓN de la ciudad que postula el PDU-BARRANCA es la siguiente: La ciudad de Barranca constituye el principal centro urbano de la región Lima - su posicionamiento geo-socioeconómico la consolida en el contexto de la estructura urbana nacional como ciudad intermedia comercial, agroindustrial y turística de trascendencia internacional. CAPÍTULO IV MISIÓN Artículo 8º.- En este sentido resulta prioritario acondicionar la ciudad a fi n de consolidarla como el