Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2009 (02/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de setiembre de 2009

Especial "Cooperacion para el Proyecto de Autodesarrollo Sostenible de MORDAZA ­ COPASA" . DEBE DECIR: Articulo 1º.- Disposicion Modificatoria (...) Son Proyectos del Gobierno Regional de Arequipa: El Proyecto Especial Majes MORDAZA, y, el Proyecto Especial "Cooperacion para el MORDAZA de Autodesarrollo Sostenible de MORDAZA ­ COPASA" . 390938-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Directiva que regula los Procedimientos para la implementacion del D.S. Nº 017-2008-SA, Reglamento de la Ley Nº 29124 que establece la cogestion y participacion ciudadana para los establecimientos del primer nivel de atencion del Ministerio de Salud y de las Regiones, y aprueban modelos de convenio y estatutos
DECRETO REGIONAL Nº 006-2009/GOB.REG.PIURA-PR EL PRESIDENTE REGIONAL CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, Sobre Descentralizacion, y por la Ley Nº 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia politica de los Gobiernos Regionales se define como la facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar las funciones que les son inherentes, conforme lo establece el inciso 9.1 del articulo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, de acuerdo con el inciso g) del articulo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y sus normas modificatorias, los Gobiernos Regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios, entre otros, en materia de salud conforme a Ley; Que, la Ley Nº 29124, Ley que establece la cogestion y participacion ciudadana para el primer nivel de atencion en los Establecimientos de Salud del Ministerio de Salud y de las Regiones, regula el MORDAZA general de la cogestion y participacion ciudadana para los establecimientos de salud del primer nivel de atencion del Ministerio de Salud y de las regiones, para contribuir a ampliar la cobertura, mejorar la calidad y el acceso equitativo a los servicios de salud y generar mejores condiciones sanitarias con participacion de la comunidad organizada, en el MORDAZA de la garantia del ejercicio del derecho a la salud, en concordancia con el MORDAZA de descentralizacion; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 29124, establece que el Estado, a traves del Ministerio de Salud, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, promueve la conformacion, la extension y el fortalecimiento de las Comunidades Locales de Administracion de Salud ­ CLAS, y otras formas de cogestion que pudieran generarse, reconocidas por la Autoridad Sanitaria Regional, garantizando la simplificacion administrativa; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 017-2008-SA se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29124, estableciendo

como una de las funciones del Gobierno Regional, implementar y adecuar la aplicacion de los documentos normativos y disposiciones legales de alcance nacional a su nivel de competencia, sin contravenir el MORDAZA de descentralizacion ni desnaturalizar la Ley y su Reglamento; Que, asimismo, la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del reglamento de la Ley Nº 29124 dispuso que las Comunidades Locales de Administracion de Salud ­ CLAS con Contrato de Administracion Compartida vigente y excepcionalmente aquellas cuyo contrato vencio el 31 de diciembre de 2007, deben adecuarse a lo dispuesto en la Ley y su Reglamento, en un plazo MORDAZA de 180 dias a partir de la publicacion de la indicada norma. Posteriormente, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 010-2009-SA, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el dia 06 junio del 2009, prorroga por seis (06) meses adicionales, contados a partir del 24 de MORDAZA de 2009, el plazo a que se referia la Primera Disposicion; Que, el articulo 15º del reglamento de la Ley Nº 29124 establece que las directivas que se emitan en el ejercicio de las funciones y competencias regionales deben constituir un sistema normativo de la Cogestion CLAS caracterizado por ser complementario y coherente con las normas nacionales, normas del MORDAZA de descentralizacion, la Ley, el presente Reglamento y demas normas aplicables; Que, a fin de implementar en el ambito de competencia territorial del Gobierno Regional MORDAZA la Ley Nº 29124 y su reglamento, resulta necesario, en ejercicio de las funciones asignadas al Gobierno Regional MORDAZA, aprobar la directiva que norme de manera complementaria y coherente a las disposiciones de alcance nacional, la cogestion de las Comunidades Locales de Administracion de Salud - CLAS en el departamento de Piura; Que, de acuerdo al articulo 37º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias, los Gobiernos Regionales a traves de sus organos de Gobierno dictan las normas y disposiciones pertinentes, correspondiendole a la Presidencia Regional emitir Decretos Regionales los mismos que, conforme al articulo 40º de la acotada Ley Nº 27867, establecen normas reglamentarias para la ejecucion de Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administracion Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes ciudadano. Por lo que, a fin de cumplir con la promocion y el fortalecimiento de la politica de cogestion a traves de la Comunidades Locales de Administracion de Salud ­ CLAS en el departamento de MORDAZA, resulta procedente aprobar el Decreto Regional que apruebe la directiva que regula los Procedimientos para la implementacion del Decreto Supremo Nº 017-2008-SA, reglamento de la Ley Nº 29124 que establece la cogestion y participacion ciudadana para los establecimientos del primer nivel de atencion del Ministerio de Salud y de las Regiones", asi como los modelos del Convenio de Cogestion y del Estatuto de la asociacion; Con el acuerdo del Directorio de Gerencias Regionales adoptado en la sesion de fecha 12 de Agosto del ano 2009, asi como con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Gerencia General Regional del Gobierno Regional Piura; y en uso de las atribuciones conferidas al despacho presidencial por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; el inciso d) del articulo 21° de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y sus normas modificatorias; DECRETA: Articulo Primero.- APRUEBESE la Directiva que regula los Procedimientos para la implementacion del Decreto Supremo Nº 017-2008-SA, reglamento de la Ley Nº 29124 que establece la cogestion y participacion ciudadana para los establecimientos del primer nivel de atencion del Ministerio de Salud y de las Regiones" en el ambito de competencia territorial del Gobierno Regional MORDAZA, el cual forma parte integrante del presente Decreto Regional. Articulo Segundo.- APRUEBESE el modelo de Convenio de Cogestion entre la Comunidad Local de Administracion de Salud - CLAS, Gobierno Local y Gobierno Regional para el ambito de competencia

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