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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (08/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de setiembre de 2009 402172 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Acuerdo Nº 199-2009.TC-S3.- Disponen iniciar procedi- miento administrativo sancionador contra la empresa Constructora Imperio E.I.R.L. por supuesta responsabilidad en la resolución de contrato derivado de la Adjudicación Directa Selectiva N° 032-2006-MDBI 402197 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. Nº 268-2009-CE-PJ.- Disponen cese por fallecimiento de magistrado de la Corte Suprema de Justicia 402199 Res. Adm. Nº 269-2009-CE-PJ.- Disponen la incorporación de la Biblioteca de la Corte Suprema de Justicia al Centro de Documentación del Poder Judicial - CENDOC-PJ 402199 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 533-2009-P-CSJLI/PJ.- Conceden licencia y designan Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado de Paz Letrado de La Victoria 402200 Res. Nº 466-2009-CSJLN/PJ.- Felicitan y expresan reconocimiento por su desempeño jurisdiccional a diversos servidores de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte 402201 Res. Nº 493-2009-CSJLN/PJ.- Aprueban informe de la Ofi cina de Estadística con indicadores y fórmulas que miden la productividad, efi ciencia y operatividad de los trabajadores 402203 Res. Nº 496-2009-CSJLN/PJ.- Designan a perito y a funcionario de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte para que efectúen arqueos inopinados al área de tesorería 402204 ORGANOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO RR. Nºs. 1207 y 1211-2009-MP-FN.- Dan por concluido nombramiento de Fiscales Adjuntos Provisionales designados en los despachos de la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Tacna y de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Chota 402204 Res. Nº 1212-2009-MP-FN.- Dan por concluido nombramiento de Fiscal Provincial Provisional designado en el despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Tayacaja 402205 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 12361-2009.- Autorizan a América Leasing S.A. el traslado de ofi cina especial ubicada en el Cercado de Arequipa 402205 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARAMONGA Ordenanza Nº 009-2009-C/MDP.- Modifi can el artículo cuarto de la Ordenanza Municipal N° 008-2004/CDP que aprueba el TUPA de la Municipalidad 402206 Ordenanza Nº 010-2009-C/MDP.- Modifi can la Ordenanza Municipal N° 043-2007-C/MDP que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas 402206 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29401 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la siguiente Ley de Reforma Constitucional: LEY DE REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 80º Y 81º DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Artículo 1º.- Objeto de la Ley El objeto de la presente Ley es modifi car los artículos 80º y 81º de la Constitución Política del Perú con la fi nalidad de mejorar el sistema de presentación y evaluación de la Cuenta General de la República. Artículo 2º.- De la modifi cación constitucional Modifícanse los artículos 80º y 81º de la Constitución Política del Perú en los siguientes términos: “Artículo 80º.- Sustentación del Presupuesto Público El Ministro de Economía y Finanzas sustenta, ante el Pleno del Congreso de la República, el pliego de ingresos. Cada ministro sustenta los pliegos de egresos de su sector; previamente sustentan los resultados y metas de la ejecución del presupuesto del año anterior y los avances en la ejecución del presupuesto del año fi scal correspondiente. El Presidente de la Corte Suprema, el Fiscal de la Nación y el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones sustentan los pliegos correspondientes a cada institución. Si la autógrafa de la Ley de Presupuesto no es remitida al Poder Ejecutivo hasta el treinta de noviembre, entra en vigencia el proyecto de este, que es promulgado por decreto legislativo. Los créditos suplementarios, habilitaciones y transferencias de partidas se tramitan ante el Congreso de la República tal como la Ley de Presupuesto. Durante el receso parlamentario, se tramitan ante la Comisión Permanente. Para aprobarlos, se requiere los votos de los tres quintos del número legal de sus miembros. Artículo 81º.- La Cuenta General de la República La Cuenta General de la República, acompañada del informe de auditoría de la Contraloría General de la República, es remitida por el Presidente de la República al Congreso de la República en un plazo que vence el quince de agosto del año siguiente a la ejecución del presupuesto. La Cuenta General de la República es examinada y dictaminada por una comisión revisora hasta el