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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (11/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de setiembre de 2009 402377 Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 250-2009- TR, publicado en nuestra edición del día 9 de setiembre de 2009. En el artículo 1° DICE: Artículo 1º.- DESIGNAR como representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Mesa 3: Consulta Previa a los Pueblos Indígenas Amazónicos, cuyo objetivo es: Analizar los mecanismos de consulta del Convenio 169 de la OIT; al señor ORLANDO YAIR CHONG LIZANO, asesor del Despacho Viceministerial de Trabajo (titular), y a la señora KATIA IVONE PASCO ARROSPIDE, abogada de la Ofi cina de Asesoría Jurídica (alterno). DEBE DECIR: Artículo 1º.- DESIGNAR como representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Mesa 3: Consulta Previa a los Pueblos Indígenas Amazónicos, cuyo objetivo es: Analizar los mecanismos de consulta del Convenio 169 de la OIT; al señor ORLANDO YAHIR CHIONG LIZANO, asesor del Despacho Viceministerial de Trabajo (titular), y a la señora KATIA IVONE PASCO ARROSPIDE, abogada de la Ofi cina de Asesoría Jurídica (alterno). 395839-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Multisectorial Ambiental constituida por D. Leg. Nº 1013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 614-2009-MTC/01 Lima, 2 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley No. 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, se constituyó la Comisión Ambiental Transectorial encargada de coordinar y concertar a nivel técnico los asuntos de carácter ambiental que someta el Presidente Directivo del CONAM e integrada por los viceministros de los sectores, o quien haga sus veces, por los jefes de los organismos públicos descentralizados que poseen competencias y responsabilidades ambientales; y, por el representante de los Gobiernos Regionales y Locales, de acuerdo con lo que establezca el Consejo Directivo del CONAM; Que, por Decreto Legislativo No. 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se constituyó la Comisión Multisectorial Ambiental encargada de coordinar y concertar a nivel técnico los asuntos de carácter ambiental entre los sectores, cuya constitución y funciones se rige por las disposiciones aplicables a la Comisión Ambiental Transectorial, señalada en el considerando precedente; Que, con Ofi cio No. 11-2009-SG/MINAM el Secretario General del Ministerio del Ambiente, solicita designar a los representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Multisectorial Ambiental, en virtud a lo previsto en el Decreto Legislativo No. 1013, siendo en consecuencia, necesario designar a los representantes titular y alterno; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, la Ley No. 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo No.1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la Comisión Multisectorial Ambiental, constituida por Decreto Legislativo No. 1013, a las siguientes personas: Representantes titulares: - Viceministro de Transportes. - Viceministro de Comunicaciones. Representantes alternos: - Del Viceministro de Transportes, el (la) Director(a) General de Asuntos Socio Ambientales. - Del Viceministro de Comunicaciones, el (la) Director(a) General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 395378-1 Autorizan a la empresa Centro de Inspecciones Técnicas Vehiculares del Perú S.A.C. - CIPE S.A.C. como centro de inspección técnico vehicular, ubicado en la Región Arequipa RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2424-2009-MTC/15 Lima, 14 de julio de 2009 VISTOS: El Parte Diario de registro Nº 086562 y los expedientes de registros Nºs. 2009-0011126 y 2009-0012193, la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TÉCNICAS VEHICULARES DEL PERÚ S.A.C. - CIPE S.A.C., solicita autorización como Centro de Inspección Técnico Vehicular para operar dos (02) líneas de inspección, una (01) línea tipo liviano y una (01) línea tipo pesado, en el local ubicado entre el Jr. Lambayeque y Pasaje Santa Rosa, Sector Semi Rural, Valle Chili, Distrito de Cerro Colorado – Región Arequipa, y poder verifi car las condiciones, requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos livianos y pesados de acuerdo a la normatividad vigente; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC/ que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya fi nalidad constituye certifi car el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como, verifi car que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte