Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2009 (11/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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contador de la empresa WISNAR MORDAZA YOSSIANY MILDRETH a fin de ser declarados como asegurados entre ellos; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Lizarraga Valencia. Asimismo, manifestaciones de Helber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, afirmando no haber tenido nunca vinculo laboral con la empresa de Wisnar MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien senala haber vendido suministros de computadoras. En relacion a esta MORDAZA persona es preciso anadir que el informe de ESSALUD senala en sus conclusiones que los cuatro trabajadores referidos anteriormente no habrian gozado de la condicion de trabajadores del regimen obligatorio. Segun Resultado de Requerimiento Nº 0522080001405, el contribuyente no presenta, no sustenta, ni exhibe los documentos e informacion solicitada respecto a sus supuestos trabajadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Lizarraga MORDAZA, Helber MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ochoa. Por lo expuesto, los trabajadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Lizarraga MORDAZA, Helber MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que venia declarando en el PDT de Remuneraciones por los periodos de setiembre 2005 a diciembre del 2007, no laboran bajo relacion de dependencia ya que no se comprobo la concurrencia de los tres elementos de una relacion laboral al no demostrar el trabajo o prestacion de servicio realizado por cada uno de ellos, asi como no sustentar los pagos ni controles que indiquen la existencia de remuneracion ni subordinacion. Que en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 501 Ley General de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria y normas modificatorias, el Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y normas modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, la Resolucion de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT, y la Ley Nº 27334 que amplia las funciones de la SUNAT y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0392001-EF y normas modificatorias; Que, conforme a lo establecido en el articulo 5º de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 501, modificado por el articulo 1º de la Ley Nº 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administracion de las aportaciones al Seguro Social de Salud ­ ESSALUD y de la Oficina de Normalizacion Previsional ­ ONP; Que, mediante los incisos a), b) y c) del articulo 4º del reglamento de la Ley Nº 27334, aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-2001 EF, la SUNAT proporcionara al ESSALUD y ONP, segun corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; c) El Registro de Afiliados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer parrafo del articulo 5º y del articulo 12º del Decreto Supremo Nº 039-2001-EF, establecieron que la administracion de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripcion y/o declaracion de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distincion del periodo tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboracion y aprobacion de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha funcion Que, de la fiscalizacion efectuada y de acuerdo con el informe Nº 250-2009-SUNAT/2J0200, el cual es parte integrante de la presente Resolucion, en aplicacion de la Ley Nº 26790 ­ Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 ­ Ley de Productividad y Competitividad y del Decreto Ley Nº 19990 ­ Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, se ha determinado que la contribuyente WISNAR MORDAZA YOSSIANY MILDRETH declara personas sin vinculacion laboral por lo que no cumple con los requisitos para ser considerados

Asegurados Titulares ante Essalud y Afiliados Obligatorios ante la ONP. Asimismo, tal contribuyente en su condicion de declarante no sustenta con los documentos pertinentes su calidad de entidad prestataria de los elementos de trabajo para requerir una determinada prestacion de servicio que obligue a la retribucion de ley y subordinacion, como elementos intrinsecos a la relacion laboral. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar la Baja de Oficio en el: a) Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD, a las siguientes personas:
Datos de la persona dada de baja Documento de Identidad MORDAZA DNI DNI DNI DNI Nº Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Helber MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2005/09 al y 2006/09 al 2006/05 2006/11 2006/06 2006/05 2006/09 2006/11 2006/10 2007/04 Nombres Periodos a dar de Baja Del Al

29515419 MORDAZA 29361514 Lizarraga 29543796 MORDAZA 29534149 MORDAZA

Registrese, notifiquese y comuniquese a la Intendencia Nacional de Sistemas e Informacion, para los fines pertinentes. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA Intendente Regional Intendencia Regional MORDAZA 394959-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban transferencias para Unidades Ejecutoras a nivel nacional, correspondientes al mes de setiembre de 2009
RESOLUCION JEFATURAL Nº 157-2009/SIS MORDAZA, 9 de setiembre de 2009. VISTO: El Informe Nº 168-2009-SIS-GF de la Gerencia de Financiamiento sobre la sustentacion de las Transferencias de recursos a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los beneficiarios del Seguro Integral de Salud y el Informe Nº 218-2009-SIS/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11º de la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Articulo 30º de la Ley Nº 28411, establece que el Calendario de Compromisos constituye la autorizacion para la ejecucion de los creditos presupuestarios, en funcion del cual se establece el monto MORDAZA para comprometer gastos a ser devengados, con sujecion a la percepcion efectiva de los ingresos que constituyen su financiamiento; Que, constituyen principios fundamentales del MORDAZA de ejecucion presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial El Peruano, la distribucion de los recursos que en

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