Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2009 (11/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

402391

actualizacion de las licencias de software de Base de Datos ORACLE, que permita acceder al soporte, actualizaciones y parches de los productos. Servicio que debe ser contratado a la empresa Sistema Oracle Peru S.A.,unico proveedor del servicio requerido, por ser la unica empresa representante de Oracle Corporation en el Peru, fabricante de dichos productos, segun Carta S/N con fecha 12 de febrero de 2008 remitida por la empresa; Que, mediante Memorandum Nº 428-09-ABAS de fecha 5 de agosto de 2009, el Jefe de la Unidad de Abastecimiento, solicita a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto informe sobre la disponibilidad presupuestal para efectuar la convocatoria del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, mediante Memorandum Nº 290-09-PLPR de fecha 10 de agosto de 2009, la Directora de Planeamiento y Presupuesto informa que existe MORDAZA presupuestal para la AMC Nº 0023-2009/IPEN Actualizacion Soporte Oracle, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, MORDAZA Transaccion/Generica: 2.6. Adquisicion de Activos No Financieros, Especifica Det.: 2.6.3.2.31. Equipos Computacionales y Perifericos con un valor referencial de 18,180.52 (Dieciocho Mil Ciento Ochenta con 52/100); Que, con Memorandum Nº 470-09-ABAS de fecha 19 de agosto de 2009, se informa que la Actualizacion Soporte Oracle se trata de un bien unico que no admite sustitutos y existe proveedor unico por ser suministrado por una sola empresa, por lo que en concordancia con el articulo 20º inciso e) de la Ley de Contrataciones del Estado, corresponde la exoneracion del MORDAZA de seleccion; De conformidad con el inciso e) del articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1017, articulo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Manual Nº 24 "Manual de Procedimientos para la Adquisicion o Contratacion de Bienes, Servicios y Obras", los articulos 9º y 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2005-EM; Con el visto del Director Ejecutivo, Directora de Asesoria Juridica y de la Directora de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion a la Adquisicion de Menor Cuantia Nº 0023-2009/IIPEN "Actualizacion Soporte Oracle", que forma parte del PAAC del IPEN del ano 2009, y contratar con la empresa Sistemas Oracle de Peru, por ser unico proveedor que lo suministra, por el valor referencial de S/.18,180.52 (Dieciocho Mil Ciento Ochenta y 52/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Segundo.- La Unidad de abastecimiento queda encargada de llevar a cabo la contratacion a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion mediante acciones inmediatas correspondientes y formalidades, debiendo observar lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Articulo Tercero.- La Oficina de Administracion queda encargada de la publicacion de la presente Resolucion en el SEACE, asi como remitir una MORDAZA de la misma y de los informes sustentatorios a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Presidente 395652-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican la Res. Nº 054-024-0000907/ SUNAT
INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 054-019-0000205/SUNAT MORDAZA, 11 de agosto del 2009 Visto, la Resolucion de Intendencia Nº 054-0240000907/SUNAT, referido a la baja de oficio en el registro de asegurados titulares y derechohabientes ante ESSALUD, emitida al contribuyente MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificado con RUC 10080702685, con domicilio fiscal en pasaje MORDAZA MORDAZA Nro 104 Int. 31 MORDAZA, provincia y departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el numeral 2 del articulo 108º del D.S. Nº 135-99EF Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que despues de la notificacion la Administracion Tributaria podra revocar, modificar, sustituir o complementar sus actos cuando se detecte con posterioridad a la emision de sus actos que se han producido circunstancias que demuestran su improcedencia o cuando se trate de errores materiales tales como los de redaccion o calculo; Que, el articulo 72º de la Ley Nº 27444, dispone que los titulares de los organos administrativos pueden delegar mediante comunicacion escrita la firma de actos y decisiones de su competencia en sus inmediatos subalternos; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias - Ley General de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT y por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- SUSTITUIR el MORDAZA considerando de la Resolucion de Intendencia Nº 054-024-0000907/SUNAT emitida al contribuyente MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificado con RUC 10080702685, al existir un error de redaccion, segun el siguiente detalle: DICE: "Que, de la fiscalizacion efectuada y de acuerdo con el Informe Nº 1703-2008-SUNAT/2J0200, cuyos fundamentos se reproducen, en aplicacion de la Ley Nº 26790 ­ Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 ­ Ley de Productividad y Competitividad y del Decreto Ley Nº 19990 ­ Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, se ha determinado que el contribuyente MORDAZA MORDAZA DERNANDO no califica como entidad empleadora respecto de los trabajadores senalados en el literal a) descrito en el texto resolutivo de la presente. Asimismo, tal contribuyente en su condicion de declarante no sustenta con los documentos pertinentes su calidad de entidad prestataria de los elementos de trabajo para requerir una determinada prestacion se servicio que obligue a la retribucion de ley y subordinacion, como elementos intrinsecos a la relacion laboral." DEBE DECIR: "Que, de la fiscalizacion efectuada y de acuerdo con el informe Nº 1703-2008-SUNAT/2J0200, el cual es parte integrante de la presente Resolucion, en aplicacion de la Ley Nº 26790 ­ Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 ­ Ley de Productividad y

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