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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (17/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de setiembre de 2009 402717 Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 398251-1 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Precisan el cambio de denominación de facultades de la UTP por las de Facultad de Derecho, Ciencia Política y Relaciones Internacionales y Facultad de Ingeniería Mecánica, Aeronáutica, Automotriz y Software COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 877-2009-ANR Lima, 14 de agosto de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 020-2009-SG-UTP, de fecha 27 de enero de 2009, del Secretario General de la Universidad Tecnológica del Perú, el Memorando Nº 688 -2009-SE de fecha 06 de agosto del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, el Secretario General de la Universidad Tecnológica del Perú, con ofi cio de vistos, hace llegar copia certifi cada de la Resolución Rectoral Nº 112- 2008-R/UTP, que dispone el cambio de denominación de la Facultad de: Derecho y Ciencia Política, por la de “Facultad de Derecho, Ciencia Política y Relaciones Internacionales” con dos Escuelas Académico- profesionales: • Escuela Académico-profesional de Derecho y Ciencia Política, • Escuela Académico-profesional de Relaciones Internacionales y Gobierno, y la Resolución Rectoral Nº 117-2008-R/UTP, que dispone el cambio de la Facultad de Ingeniería de Transporte y de Software, por la de “Facultad de Ingeniería Mecánica, Aeronáutica, Automotriz y Software”, denominaciones vigentes a partir del año académico 2009; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboración de una resolución, en la que se precise el cambio de denominación de las Facultades de Derecho y Ciencia Política; e Ingeniería de Transporte y de Software, de acuerdo al considerando precedente; Estando a la autorización de la Alta Dirección; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la nueva denominación de las Facultades de Derecho y Ciencia Política; y de Ingeniería de Transporte y de Software, de la Universidad Tecnológica del Perú, a partir del 01 de Enero de 2009, es como sigue: 1.1 Facultad de Derecho, Ciencia Política y Relaciones Internacionales con dos Escuelas Académicos profesionales: • Escuela Académico-profesional de Derecho y Ciencia Política, • Escuela Académico-profesional de Relaciones Internacionales y Gobierno. 1.2 Facultad de Ingeniería Mecánica, Aeronáutica, Automotriz y Software. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 397530-1 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Declaran que título otorgado a magistrado como Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad ha recobrado vigencia RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 569-2009-CNM Lima, 14 de setiembre de 2009 VISTA: La sentencia expedida por el Tribunal Constitucional de fecha 3 de julio de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional por sentencia de fecha 3 de julio de 2009, declaró fundada en parte la demanda de amparo interpuesta por el doctor Helbert Feliciano Honores Cisneros contra el Consejo Nacional de la Magistratura; en consecuencia inaplicable el Acuerdo del Pleno del Consejo de fecha 1 de agosto de 2003 y la Resolución Nº 323-2003- CNM de la misma fecha, y ordenando su reincorporación en el cargo de Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; Que, de conformidad con el artículo 3º de la Resolución Nº 037-2003-PCNM de fecha 19 de mayo de 2003, corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura declarar la vigencia de su título de nombramiento; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura adoptado en sesión del 10 de setiembre de 2009, y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Declarar que el título otorgado a favor del doctor HELBERT FELICIANO HONORES CISNEROS, como Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia