Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (23/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de setiembre de 2009 403089 Declaran procedente solicitud presentada por asociación sobre recepción parcial de obras de habilitación urbana y autorización de libre venta de terreno ubicado en el ex fundo Oquendo RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 332-2009-MPC/GGDU Callao, 14 de agosto de 2009 EL GERENTE GENERAL DE DESARROLLO URBANO VISTO, el Expediente de Registro Nº 10912497, mediante el cual LA ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DE LA COMPAÑÍA PERUANA DE VAPORES, con domicilio legal en Néstor Gambetta Cuadra 85 – Callao, debidamente representado por don Juan Manuel Maldonado Dongo, solicita Recepción Parcial de Obras de Habilitación Urbana y Autorización de Libre Venta del terreno ubicado en el Ex Fundo Oquendo, lado derecho de la Carretera Ventanilla, Av. Néstor Gambetta, frente a la fábrica Química del Pacífi co del distrito y Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, con Expediente Nº 10912497, don Juan Manuel Maldonado Dongo en representación de ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DE LA COMPAÑÍA PERUANA DE VAPORES, solicita Recepción Parcial de Obras de Habilitación Urbana y Autorización de Libre Venta del terreno ubicado en el Ex Fundo Oquendo, lado derecho de la Carretera Ventanilla, Av. Néstor Gambetta, frente a la fábrica Química del Pacífi co del distrito y Provincia Constitucional del Callao, para lo cual cumple con adjuntar: Ƈ Formulario Único de Habilitación Urbana – FUHU. Ƈ Partida N° 70081170 de inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble del Callao. Ƈ Partida N° 70000175 de inscripción en el Registro de Personas Jurídicas. Ƈ Carta N° GT/SGM-SA-19767124-2008 de Edelnor de fecha 07 de abril de 2008, mediante el cual se informa sobre el mejoramiento del alumbrado público instalado en las calles que comprenden el denominado programa, asimismo, se indica que los trabajos de mantenimiento fueron culminados el 05 de abril de 2008. Ƈ Recibo de Pago de Edelnor por el Servicio domiciliario y alumbrado público correspondiente al mes de marzo de 2009. Ƈ Memoria Descriptiva, que describe que la urbanización cuenta desde abril de 2007 con las redes principales de agua y desagüe. Ƈ Ofi cio N° 012-2009/OPI-FONAFE del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado de fecha 07 de mayo de 2009, que informa que el estudio a nivel de perfi l con Código SNIP N° 86669 “Obras Secundarias del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema Oquendo, Santa Rosa y Naranjal en los Distritos de San Martín y el Callao” a la fecha ha sido declarado viable por OPI FONAFE, mediante Informe Técnico N° 031-2009-/OPI-FONAFE del 27 de abril de 200. Ƈ Documento de Trasferencia del terreno para el Ministerio de Educación y Constancia que otorga la Ofi cina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación en relación al Área de 2, 522.40 m2 registrado como patrimonio del Ministerio de Educación. Ƈ Certifi cado de Habilidad del ingeniero Felipe Luis Durand López. Ƈ Comprobante de Pago N° 1846839-0034004 de fecha 27 de mayo de 2009 por la suma de S/. 2, 735.28 Nuevos Soles. Ƈ Convenio de fraccionamiento N° 2186 de fecha 15 de febrero de 1996 por la suma de S/. 31, 665.88 Nuevos Soles cancelados con recibos N°s. 162436, 068127, 173552, 168185, 551455, 218693, 221871 y 230643, correspondiente al Déficit de Aporte de Recreación Pública al que hace alusión la Resolución Gerencial N° 035-96-MPC/GGDU de fecha 08 de marzo de 1996, que aprobó los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para Uso Residencial. Que, mediante Resolución Gerencial N° 035-96- MPC/GGDU de fecha 08 de marzo de 1996, “Se aprobó los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para Uso Residencial (R-4) del terreno de 123, 377.96 m2 - ubicado en el Ex Fundo Oquendo del Distrito del Cercado de esta Jurisdicción Provincial, denegando el pedido de recepción anticipada del aporte para servicios públicos complementarios, correspondiente al Ministerio de Educación, por no encuadrarse dentro de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Construcciones”. Asimismo, en su Artículo Segundo se establece que “el défi cit de aporte para recreación pública de 1, 181.77 m2 deberá ser redimido en dinero a la aprobación de los proyectos defi nitivos, debiendo además acreditarse la acumulación de los lotes registrados en las Fichas 41853 y 41875 y coordinarse con los proveedores de los servicios públicos los proyectos de obras correspondientes”; Que, como quiera que mediante Resolución N° 021- 98-MPC/DGDU de fecha 26 de enero de 1998, se resolvió unifi car en una sola etapa, Los Estudios Preliminares y Proyectos Defi nitivos, precisándose que: “en mérito a lo dispuesto en la entonces vigente Ley Nº 26878 – Ley General de Habilitaciones Urbanas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 022 – 9, no existe plazo determinado para la Recepción de Obra”; Que, en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 4° Numeral 2) de la Ley Nº 26878 – Ley General de Habilitaciones Urbanas y lo dispuesto en los entonces Decretos Supremos N° 022-97, modifi cado por los Decretos Supremos N° 011-98–MTC y N° 010-2005-VIVIENDA - Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas – Ley Nº 26878, se procedió a realizar la fi scalización y/o verifi cación del terreno, ello a efectos de constatar las obras de infraestructura a la se encontraba condicionada la presente recepción de obras. Que, mediante Informe N° 050-2009-MPC-GGDU- GPUC-GOF de fecha 03 de agosto de 2009, se da cuenta que el terreno cuenta con servicios de electrifi cación domiciliario y alumbrado público, no contando con servicios de agua potable y alcantarillado ni se ha culminado las obras de habilitación de las avenidas y calles del programa de vivienda de la referencia, por lo que se ha solictado la recepción parcial de obras y Autorización de Libre Venta de Lotes; Que, la recurrente cumple con adjuntar copia certifi cada del Convenio de fraccionamiento N° 2186 de fecha 15 de febrero de 1996 por la suma de S/. 31, 665.88 Nuevos Soles cancelados con recibos N°s. 162436, 068127, 173552, 168185, 551455, 218693, 221871 y 230643, correspondiente al Défi cit de Aporte de Recreación Pública al que hace alusión la Resolución Gerencial N° 035-96-MPC/GGDU de fecha 08 de marzo de 1996, que aprobó los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para Uso Residencial; Con el visto bueno de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; y estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Ley N° 27444 - Ley Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 19° de la Ley Nº 29090 – Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones y Artículo 36° del Decreto Supremo N° 024-2008-Vivienda, que Aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencia de Edifi cación, y en uso de la facultades señaladas en la Resolución de Alcaldía Nº 334-2007 del 21 de mayo de 2007.; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE la solicitud de RECEPCIÓN PARCIAL DE OBRAS DE HABILITACIÓN URBANA Y AUTORIZACIÓN DE LIBRE VENTA DEL TERRENO UBICADO EN EL EX FUNDO OQUENDO, lado derecho de la Carretera Ventanilla, Av. Néstor Gambetta, frente a la fábrica Química del Pacífi co del distrito y Provincia Constitucional del Callao, solitado por ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DE LA COMPAÑÍA PERUANA DE