Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2010 (15/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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de Descuento Corregido (MDC) y el Ingreso Estimado del Servicio del MORDAZA Nacional (IESMN), ambos considerando el factor FA1 definido en el articulo 11° de la MORDAZA TRP, de acuerdo con la siguiente expresion: FDAt = 1 ­ ( MDCt / IESMNt ) Donde: FDAt: MDCt: IESMNt: Factor de Descuento Aplicable para el MORDAZA Ano TRP; Monto de Descuento Corregido para el MORDAZA Ano TRP; Ingreso Estimado del Servicio del MORDAZA Nacional para el MORDAZA Ano TRP.

vigencia de las tarifas. Estos montos incorporan el efecto del factor FA1 definido en el articulo 11° de la MORDAZA TRP. Su determinacion se efectua de acuerdo a la siguiente formula: MDAt-1 = Sumatoria en el Periodo Liquidado de (IRSMNi x (1 ­ FDA)) Donde: MDAt-1: IRSMN: Monto de Descuento Aplicado para el Periodo Liquidado; Ingreso Real del Servicio del MORDAZA Nacional correspondiente al Periodo Liquidado; Definido en el articulo 5° de la presente MORDAZA y aplicado al Periodo Liquidado.

FDA:

6. Determinacion del Monto de Descuento Teorico (MDT) Es igual al Ingreso Garantizado (IG) para el Ano TRP multiplicado por el Factor de Descuento del Adelanto de la GRP (FD). Se calcula a valores nominales, es decir, sin considerar la Tasa de Descuento mensual. En su determinacion se aplicaran las siguientes formulas: IGt = Sumatoria en el Ano TRP de ( CGMi x TB ) MDTt = IGt x ( 1 ­ FD ) Donde: IGt: Ingreso Garantizado para el MORDAZA Ano TRP considerando el factor FA1 definido en el articulo 11° de la MORDAZA TRP; Capacidad Garantizada Mensual para el MORDAZA Ano TRP y definida segun la formula 3 del articulo 6° de la MORDAZA TRP; Tarifa Base considerando el factor FA1 definido en el articulo 11° de la MORDAZA TRP; Factor de Descuento por el Adelanto de la GRP aprobado por la Resolucion OSINERG N° 006-2005-OS/CD; Monto de Descuento Teorico para el MORDAZA Ano TRP considerando el factor FA1 definido en el articulo 11° de la MORDAZA TRP; del Monto de Descuento

9. Ajuste del Monto Liquidado (AML) Es igual al Monto de Descuento Corregido (MDC) menos el Monto de Descuento Aplicado, del Periodo Liquidado. Estos montos incorporan el efecto del factor FA1 definido en el articulo 11° de la MORDAZA TRP. Su determinacion se efectua de acuerdo a la siguiente formula: AMLt-1 = MDCt-1 ­ MDAt-1 Donde: AMLt-1: Ajuste del Monto Liquidado para el Periodo Liquidado. Para la primera fijacion del FDA el AML del Periodo Liquidado sera igual a cero; Monto de Descuento Corregido para el Periodo Liquidado; Monto de Descuento Aplicado para el Periodo Liquidado;

CGMi:

MDCt-1: MDAt-1:

TB:

10. Factor de Ingresos Esperados respecto al Ingreso Garantizado (FIERIG) El FIERIG mide en que momento los Ingresos Esperados superan los Ingresos Garantizados y por tanto se debe aplicar el FDA en lugar del FD, definido en el articulo 1° de la MORDAZA aprobada mediante Resolucion OSINERG 006-2005-OS/CD, para efectos de definir las tarifas aplicables. Este factor se determina como: FIERIG = IESMN / IG

FD:

MDTt:

7. Determinacion Corregido (MDC)

Donde: Es igual al Monto de Descuento Teorico (MDT) menos el Ajuste del Monto Liquidado (AML) del Ano de Calculo Anterior. Estos montos incorporan el efecto del factor FA1 definido en el articulo 11° de la MORDAZA TRP. Su determinacion se efectua de acuerdo a la siguiente formula: MDCt = MDTt ­ AMLt-1 Donde: MDTt: MDCt: Definido en el articulo 6° de la presente norma; Monto de Descuento Corregido para el MORDAZA Ano TRP considerando el factor FA1 definido en el articulo 11° de la MORDAZA TRP; Definido en el articulo 9° de la presente norma. IESMN: IG: Definido en el articulo 5° de la presente norma; Definido en el articulo 6° de la presente norma.

Cuando el FIERIG es mayor que 1,0 entonces procede la aplicacion del FDA en lugar del FD senalado en el articulo 6° de la presente norma. EXPOSICION DE MOTIVOS La Garantia por Red Principal (GRP) es un mecanismo definido en el Reglamento de la Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, aprobado por Decreto Supremo N° 040-99-EM (en adelante "Reglamento") y en los Contratos BOOT de Concesion de TGP y Gas Natural de MORDAZA y Callao (Calidda), como el cargo que OSINERGMIN incorporara anualmente a la tarifa electrica en el rubro correspondiente al peaje del Sistema Principal de Transmision Electrica Nacional que se refiere el Articulo 59° de la Ley de Concesiones Electricas. A este cargo se le conoce como "Peaje GRP". El Peaje GRP permite cubrir, de ser necesario, los Ingresos Garantizados Anuales (IGA) del Concesionario, a

AMLt-1:

8. Determinacion del Monto de Descuento Aplicado (MDA) Es igual a los Ingresos Reales del Servicio del MORDAZA Nacional (IRSMN) multiplicados por (1 - FDA) durante la

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