Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2010 (17/04/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

417304

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2010

VISTO, el Escrito con Registro Nº 1998-03061007, del 17 de diciembre de 1998, presentado por la EMPRESA DE RADIO Y TELEVISION "SHALOM" F.M. STEREO E.I.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Huanuco. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial N° 157-98-MTC/15.19, del 13 de marzo de 1998, se otorgo a la EMPRESA DE RADIO Y TELEVISION "SHALOM" F.M. STEREO E.I.R.L., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Huanuco; publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de MORDAZA de 1998; Que, mediante Escrito con Registro Nº 1998-03061007, la EMPRESA DE RADIO Y TELEVISION "SHALOM" F.M. STEREO E.I.R.L., solicita la inspeccion tecnica de su estacion de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Huanuco; Que, el articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicable en virtud de lo dispuesto en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, senala que realizada la inspeccion tecnica se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion; Que, con Informes N°s. 0778-99-MTC/15.19.03.3 y 3284-2008-MTC/29.02, de fechas 19 de noviembre de 1999 y 21 de MORDAZA de 2008, emitidos por la Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas de la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Coordinacion de Monitoreo e Inspeccion de Telecomunicaciones, concluyen que la estacion de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, perteneciente a la EMPRESA DE RADIO Y TELEVISION "SHALOM" F.M. STEREO E.I.R.L., cumplio con su obligacion de instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado; por lo tanto, son favorables las inspecciones tecnicas realizadas; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables; Que, el articulo 5º, numeral 2) del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, establece que los titulares de concesiones o autorizaciones vigentes que utilicen espectro radioelectrico, deben realizar anualmente el monitoreo de sus estaciones radioelectricas de acuerdo a los protocolos que para tal efecto dicte el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de garantizar que las radiaciones que sus estaciones emitan no excedan los limites establecidos en la referida norma; Que, en el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM), correspondiente al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 096-2004-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, modificado con Resolucion Viceministerial Nº 145-2009MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada Tingo MORDAZA, se incluye el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, ubicacion consignada en la Resolucion Ministerial Nº 157-98MTC/15.19; Que, mediante Informe Nº 1142-2009-MTC/28 complementado con Informe Nº 367-2010-MTC/28,

de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que habiendo obtenido la EMPRESA DE RADIO Y TELEVISION "SHALOM" F.M. STEREO E.I.R.L., informes tecnicos favorables de las inspecciones tecnicas realizadas a su estacion de radiodifusion, es procedente otorgarle autorizacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado mediante Resolucion Ministerial N° 157-98-MTC/15.19, del 13 de marzo de 1998; y que por lo tanto su vigencia sera hasta el 11 de MORDAZA de 2018; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; el Reglamento la Ley de Radio y Television aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado con Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; y, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establecen los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la EMPRESA DE RADIO Y TELEVISION "SHALOM" F.M. STEREO E.I.R.L., autorizacion, por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en localidad de Tingo MORDAZA, departamento de Huanuco. Articulo 2º.- El plazo de vigencia de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba computandose a partir del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Ministerial N° 157-98-MTC/15.19, el cual vencera el 11 de MORDAZA de 2018. Articulo.3º.-...La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo.4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 479998-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 245-2010-MTC/03 MORDAZA, 23 de marzo de 2010 VISTO, el Escrito con Registro Nº 409007, del 09 de diciembre de 1997, presentado por la empresa RADIO MORDAZA S.A. sobre otorgamiento de autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.