Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2010 (17/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2010

MANUEL" de matricula Nº PL-17159-BM, asimismo consignar la presente Resolucion en el Anexo I, de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 481713-2 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 099-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 16 de febrero del 2010 Visto los escritos de Registro Nº 00073424-2009 de fecha 16 de setiembre de 2009 y 01 de febrero de 2010, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ECHE. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 085-2002CTAR-PIURA/DIREPE-Dr, de fecha 18 de noviembre de 2002, modificada por Resolucion Directoral Nº 168-2002CTAR-PIURA-DIREPE-DR, se otorgo permiso de pesca a los armadores MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA de nombre, MORDAZA MORDAZA con matricula TA-20665-CM y de 89.32 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ y 1 ½ pulgadas de (13 mm y 38 mm), segun corresponda en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 488-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 2 de MORDAZA de 2009, resuelve "Declarar la caducidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA con matricula TA-20665-CM, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion; Que, mediante Resolucion Vice-Ministerial Nº 317-2009-PRODUCE/DVP, de fecha 19 de octubre de 2009; se declaro INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, armador de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula TA-20665-CM, dandose por agotada la via administrativa; Que, a la fecha, la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula TA-20665-CM con 89.32 m 3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras, publicado en el MORDAZA de la Pagina Web y en listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE;

Que, a traves del escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, solicitan cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula TA-20665-CM, formulando su solicitud de acuerdo al Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, mediante Oficio Nº 00348-2010-PRODUCE/ DGEPP, de fecha 21 de enero de 2010, se comunico a los administrados que no habian presentado la Declaracion Jurada del Adquiriente, la cual es requisito 6 del Procedimiento Nº 7 del MORDAZA de este Ministerio, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, mediante escrito de registro Nº 00073424-20091, de fecha 1 de febrero de 2010, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, subsanan lo observado en el oficio senalado en el considerando precedente, adjuntando la Declaracion Jurada de ADQUIRIENTES y TRANSFRENTES; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, poseen el dominio sobre la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula TA20665-CM, segun consta en el Certificado Compendioso de Dominio expedido por el Registrador Publico de la MORDAZA Registral Nº I- Sede MORDAZA de fecha 18 de agosto de 2009; y a su vez ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE y demas normas modificatorias; por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 0016-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi; y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, el Articulo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0042007-PRODUCE y el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, el cambio del titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula TA-20665-CM, de 89.32 m3 para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y sardina con destino al consumo humano directo Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 085-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-Dr, de fecha 18 de noviembre de 2002, modificada por Resolucion Directoral Nº 168-2002-CTAR-PIURA-DIREPE-DR. Articulo 3º.- Incorporar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, como nuevos titulares del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula TA-20665-CM, asi como la presente resolucion en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE; Articulo 4º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa, seran destinados al consumo humano directo; o las normas que lo modifiquen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacion deben mantener

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