Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2010 (17/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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reconsideracion contra la Resolucion Directoral N° 6122009-PRODUCE/DGEPP; Que, de la evaluacion efectuada al expediente de la empresa CONCENTRADOS DE PROTEINAS S.A.C se ha podido comprobar que la Resolucion Directoral N° 612-2009- PRODUCE/DGEPP fue notificada en fecha 17 de agosto del 2009, tal como se puede verificar en el Acta de Notificacion N° 002173 ­ 2009 de fecha 17 de agosto del 2009 y la Cedula de Notificacion N° 000038532009-PRODUCE/DGEPP del 13 de agosto del 2009 que adjunta la Resolucion Directoral N° 612-2009-PRODUCE/ DGEPP; asimismo, que la fecha de MORDAZA del recurso impugnativo interpuesto por la citada empresa se encuentra fuera del plazo de ley, por lo que resulta declarar su inadmisibilidad; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano en su Informe N° 075-2010-PRODUCE/DGEPPDch del 05 de febrero del 2010, y de acuerdo con la opinion de la instancia legal pertinente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, el Decreto Supremo N° 012-2001-PE ­ Reglamento de la Ley General de Pesca y la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar inadmisible el recurso de reconsideracion interpuesto por la empresa CONCENTRADO DE PROTEINAS S.A.C. contra la Resolucion Directoral N° 612-2009- PRODUCE/DGEPP. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria y a la Direccion Regional de la Produccion de Ica, debiendo consignarse en la pagina web del MORDAZA del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 481713-4

la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que, a traves del escrito del visto, la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C. solicita el cambio del titular de la licencia de operacion de la planta de congelado de productos hidrobiologicos, otorgada a la empresa MARINASOL S.A. con Resolucion Directoral Nº 570-2009-PRODUCE/DGEPP; Que, de la evaluacion de los documentos que obran en el expediente, la Partida Registral Nº 11000005 y la MORDAZA del Certificado de Numeracion Municipal Nº 006-2009DVyC-DDU-GO-MPS donde se establece la numeracion de la planta materia del presente procedimiento, ubicada en MORDAZA 02, Numero 212, Manzana E, Lote 04, MORDAZA Lotizacion Industrial, Gran Trapecio, Chimbote; Que, asimismo, se ha verificado que la empresa solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE. Dicha planta se encuentra operativa con capacidad instalada de 150 t/dia, de acuerdo a la inspeccion tecnica realizada con fecha 21 de enero de 2010; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 054-2010PRODUCE/DGEPP-Dch, y, con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE : Articulo 1°.- Aprobar el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada a la empresa MARINASOL S.A. mediante Resolucion Directoral Nº 570-2009-PRODUCE/ DGEPP de fecha 31 de MORDAZA de 2009, a favor de la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C., para que se dedique a la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de su planta de congelado, instalada en su establecimiento industrial pesquero ubicado Manzana E, Lote 4, MORDAZA 02 Numero 212 ­ Lotizacion Industrial Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 150 t/dia y capacidad de almacenamiento de productos congelados de 1 973 t. Articulo 2º.- PESQUERA CENTINELA S.A.C. debera operar su planta de procesamiento de productos hidrobiologicos cumpliendo las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como de seguridad industrial pesquera; que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de seguridad del control del MORDAZA que garantice la optima calidad y sanidad del producto final, conforme lo dispone el Decreto Supremo N° 040-2001-PE, asi como ejecutar las medidas de mitigacion ambiental segun los compromisos ambientales asumidos en su Declaracion Jurada. Articulo 3°.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente, asi como el incremento de la capacidad instalada de la planta de procesamiento materia del cambio de titular, seran causal de caducidad del presente derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 4º.- Incorporar a PESQUERA CENTINELA S.A.C., como titular de la licencia de operacion de la planta de congelado de productos hidrobiologicos, en el establecimiento industrial pesquero citado en el primer articulo, al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 0412002-PRODUCE, excluyendo a la empresa MARINASOL S.A. de dicho anexo. Articulo 5°.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 570-2009-PRODUCE/DGEPP, en lo que respecta a la titularidad de la licencia de operacion de la planta de congelado. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional

Aprueban cambio de titular de licencia de operacion otorgada mediante R.D. Nº 570-2009-PRODUCE/DGEPP a favor de Pesquera Centinela S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 097-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 16 de febrero del 2010 Visto los escritos con Registro Nº 00001733-2010 de fecha 07 de enero de 2010, presentado por la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 570-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 31 de MORDAZA de 2009, se otorgo a la empresa MARINASOL S.A. licencia para la operacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, instalada en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Lote 4, Manzana E (Calle Los Pescadores Nº 586), MORDAZA industrial Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, con capacidad instalada de 150 t/dia y capacidad de almacenamiento de productos congelados de 1 973 t; Que, el articulo 51° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que durante la vigencia de la licencia de operacion de cada planta de procesamiento,

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