Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2010 (21/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2010

con el Memorandum Nº 771-2010-VIVIENDA/ OGPP, ha informado sobre la disponibilidad presupuestal para la transferencia financiera solicitada por el Director Ejecutivo del Programa Agua para Todos hasta por un monto de S/. 121 500,00, con cargo a la Actividad 1 029434: Atencion de Desastres y Apoyo a la Rehabilitacion y la Reconstruccion, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29465 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 y el Decreto de Urgencia Nº 089-2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, hasta por la suma de CIENTO VEINTIUN MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 121 500,00), a favor de la EPS SEMAPACH S.A., para la elaboracion de 05 expedientes tecnicos de los proyectos que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion se realizara con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Determinados del Presupuesto Institucional 2010 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, Actividad 1 029434: Atencion de Desastres y Apoyo a la Rehabilitacion y la Reconstruccion y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos Institucional correspondiente. Articulo 3º.- La transferencia financiera aprobada por la presente resolucion no podran ser destinada, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales es transferido. Los desembolsos y la ejecucion de dichos recursos se sujetan a los terminos y condiciones establecidos en el Convenio Nº 047-2010; asi como, al cumplimiento de las disposiciones que regulan el uso de los recursos del "Fondo para la Reconstruccion - Sismo 15 de agosto de 2007". Articulo 5º.- La EPS SEMAPACH S.A. informara al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los expedientes tecnicos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en el Convenio Nº 047-2010. Articulo 6º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolucion, de la ejecucion del Convenio senalado en el articulo precedente, asi como del seguimiento y monitoreo de la ejecucion de los expedientes tecnicos de los proyectos detallados en el Anexo que forma parte de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 483243-2

Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo publico descentralizado del sector educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 75-2010-MCBM/SDSP/ DA/ DREPH/INC de fecha 06 de enero de 2010, la Sub Direccion de Supervision y Peritaje de la Direccion de Arqueologia recomienda, entre otros, se declare patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos registrados en el MORDAZA del "Proyecto de evaluacion arqueologica de reconocimiento de la linea de transmision 220 kv Sub Estacion Churo ­ Sub Estacion San Juanito. Yauyos ­ Lima", a cargo de la Lic. Jacquely MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con R.N.A. Nº BT-0947; Que, mediante Acuerdo Nº 027 de fecha 08 de enero de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declare patrimonio cultural de la Nacion a los siguientes monumentos arqueologicos prehispanicos: MORDAZA del Rio, Pakaimarca, Chavin de Yauyos 1 y Chavin de Yauyos 2, ubicados en la provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, registrados en el MORDAZA del precitado proyecto de evaluacion; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 0172003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema Nº 012-2006-ED. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos cuya ubicacion se detalla en los siguientes cuadros:
Departamento Provincia Nombre del paisaje cultural arqueologico MORDAZA del Rio Departamento Provincia Nombre del arqueologico Pakaimarca Chavin de Yauyos 1 Chavin de Yauyos 2 sitio MORDAZA Yauyos Distrito Yauyos MORDAZA Yauyos Distrito Ayauca Ayauca Ayauca Datum WGS84 MORDAZA 18 UTM Este 394 448 397 213 396 776 UTM Norte 8 594 254 8 591 092 8 590 898 Datum WGS84 MORDAZA 18 UTM Este 404 780 UTM Norte 8 622 770

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran patrimonio cultural de la Nacion a monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y La MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 821/INC MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2010

Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Arqueologia del Instituto Nacional de Cultura la elaboracion de los expedientes tecnicos de los monumentos arqueologicos prehispanicos mencionados en el articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueologicos declarados patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Remitase MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, municipalidades

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