Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2010 (21/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2010

normas MORDAZA citadas se indica expresamente cual es la naturaleza juridica de dichos entes; Que en tanto para la inscripcion en el RUC se debe clasificar al sujeto que la solicite en alguno de los tipos de contribuyente del Anexo I de la Resolucion de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT, resulta conveniente modificar la referida Resolucion de Superintendencia para contemplar expresamente a los mencionados Nucleos Ejecutores en el Anexo 1 con la finalidad de facilitar su inscripcion en el RUC; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, no se prepublica la presente resolucion al considerar que ello seria innecesario debido a que esta se limita a anadir un MORDAZA de contribuyente especifico en el Anexo 1 de la Resolucion de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT a fin de facilitar la inscripcion en el RUC que han venido solicitando los Nucleos Ejecutores a que se refieren los Decretos de Urgencia Nºs. 015-2009 y 100-2009; En uso de las facultades conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 943, el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Requisitos especificos ­ Anexo Nº 1 Incorporase como numeral 47 del Rubro "Requisitos Especificos" del Anexo Nº 1 de la Resolucion de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT, el siguiente texto: ANEXO Nº 1 INSCRIPCION EN EL REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES (...) REQUISITOS ESPECIFICOS: (...)
Nº SUJETOS OBLIGADOS A INSCRIBIRSE REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION

47 Nucleo Ejecutor ­ Decretos Indicar el Decreto de Urgencia al amde Urgencia Nos. 015-2009 y paro del cual se conformo el Nucleo 100-2009. Ejecutor Exhibir original y presentar fotocopia simple del Convenio suscrito entre FONCODES y el Nucleo Ejecutor.

Articulo 2º.- Vigencia La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 483660-1

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realizan las entidades que conforman el Sistema en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, conforme a la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, como organismo encargado de establecer los procedimientos para la administracion de los bienes del Estado a nivel nacional, mediante Resolucion de Superintendencia N° 158-97/SBN, se aprobo el Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado y la Directiva N° 001-97/SBN-UG-CIMN, instrumento tecnico que permite contar con informacion uniforme, simple, completa, ordenada e interrelacionada de todos los tipos de bienes susceptibles de ser ingresados al inventario del patrimonio mobiliario del Estado; Que, el articulo 4° de la Directiva N° 001-97/SBNUG-CIMN establece que la actualizacion y divulgacion del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado es permanente, para lo cual el articulo 7° de la acotada Directiva dispone que sera la SBN la que dispondra la consulta progresiva y selectiva de los respectivos proyectos de apendices del mencionado Catalogo; Que, el articulo 8° de la referida Directiva establece que la actualizacion del Catalogo se realizara dentro del primer trimestre de cada ano a traves de fasciculos aprobados por Resolucion de Superintendencia; Que, el MORDAZA de actualizacion del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado se sustenta, entre otros aspectos, en las propuestas formuladas por diversas entidades del Estado las que solicitan la incorporacion de diferentes tipos de bienes muebles al correspondiente Catalogo de acuerdo a las pautas establecidas en los articulos 9° y 10° de la Directiva MORDAZA acotada; Que, el articulo 120° del Reglamento de la Ley N° 29151 establece que la SBN es la unica entidad que aprueba y actualiza el Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado; Que, mediante Informe N° 00117-2010/SBN-GO-JPM, de fecha 09 de MORDAZA de 2010, la Jefatura de Patrimonio Mobiliario da cuenta del resultado del estudio y analisis del proyecto del Decimotercer Fasciculo del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, de la modificacion referente a la denominacion y de la exclusion de algunos tipos de bienes muebles del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado; Que, como consecuencia de la informacion procesada resulta conveniente emitir la Resolucion que apruebe los aspectos contenidos en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto por el Codigo Civil promulgado por Decreto Legislativo Nº 295, la Ley Nº 28677 - Ley de la Garantia Mobiliaria, la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Resolucion N° 158-97/ SBN; Estando al Informe N° 00117-2010/SBN-GO-JPM y con la visacion de la Jefatura de Patrimonio Mobiliario; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Decimotercer Fasciculo del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, que contiene la relacion de ciento sesenta (160) nuevos tipos de bienes muebles susceptibles de ser inventariados por las entidades del Estado, que en Anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar la modificacion del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado: referente a la denominacion de tres (03) tipos de bienes muebles, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Aprobar la exclusion del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado de cuatro (04) tipos de bienes muebles, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer que los anexos senalados en los articulos 1º, 2º y 3º MORDAZA publicados unicamente en el MORDAZA Electronico de la SBN.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban el Decimotercer Fasciculo del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado
GERENCIA DE OPERACIONES RESOLUCION Nº 0004-2010/SBN-GO San MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2010

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