Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2010 (10/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 10 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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denuncia penal correspondiente ante el Ministerio Publico, de acuerdo a los fundamentos expuestos. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA ZUMAETA GIUDICHI ISASI MORDAZA 527743-1

Sancionan a Comercializadora y Distribuidora de Maquinarias Peru S.A.C. con inhabilitacion temporal para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 1491-2010-TC-S1 Sumilla : "Es pasible de sancion el contratista que incumple injustificadamente el contrato, pese a haber sido requerido previamente para que ejecute las prestaciones a su cargo"

MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010 Visto en sesion de fecha 26 de MORDAZA de 2010 la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente N° 11.2010-TC; sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE MAQUINARIAS PERU S.A.C., por supuesta responsabilidad al haber dado lugar a la resolucion del CONTRATO PARA LA ADQUISICION DE MAQUINARIA derivado de la Licitacion Publica Nº 0001-2008-MDS. I. ANTECEDENTES: 1. El 21 de octubre de 2008, la Municipalidad Distrital de Socabaya, en lo sucesivo la Entidad, convoco la Licitacion Publica Nº 0001-2008-MDS, para la adquisicion de maquinaria pesada para el mejoramiento e implementacion del servicio de recojo de residuos solidos y mantenimiento de parques y jardines en el distrito de Socabaya, por un valor referencial de S/. 804,982.25 (Ochocientos cuatro mil novecientos ochenta y dos con 25/100 Nuevos Soles.). Al respecto, se incluyo el siguiente cuadro en las bases administrativas:
Item 1 2 Descripcion Camion Compactador Camion Cisterna de 4,000 Gls 70 % del Valor Referencial 276,500.00 286,987.57 Valor Referencial 395,000.00 409,982.25 110% del Valor Referencial 434,500.00 450,980.48

2. El 11 de noviembre de 2008, se llevaron a cabo los actos de MORDAZA y evaluacion de propuestas, y se otorgo la buena pro de los items 01 y 02 a la empresa COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE MAQUINARIAS PERU S.A.C., en adelante la Contratista, en tanto que la propuesta del Consorcio integrado por las empresas Equipamientos Municipal del Peru S.A.C. y Equipamiento Municipal S.A.C., en adelante el Consorcio, fue descalificada. 3. Mediante escrito de fecha 19 de noviembre de 2008, el Consorcio interpuso recurso de apelacion contra la descalificacion de la propuesta tecnica que presento para los items 01 y 02 de la Licitacion Publica Nº 00012008-MDS. 4. El Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hoy Tribunal de Contrataciones del Estado,

en adelante el Tribunal, mediante decreto de fecha 24 de noviembre de 2008, admitio a tramite el recurso de apelacion y emplazo a la Entidad para que remita los antecedentes administrativos relativos al MORDAZA de seleccion. 5. Mediante escritos de fecha 10 y 12 de diciembre de 2008, la Entidad remitio de manera extemporanea los antecedentes del MORDAZA de seleccion materia de controversia. 6. Con decreto de fecha 16 de diciembre de 2008, se asigno el expediente a la MORDAZA Sala del Tribunal para que evalue y expida la Resolucion correspondiente. 7. El dia 06 de enero de 2009, se llevo a cabo la Audiencia Publica. 8. Mediante decreto de fecha 07 de enero de 2009, se declaro el expediente listo para resolver. 9. A traves de la Resolucion Nº 47-2009-TC-S2 de fecha 09 de enero de 2009, se dispuso declarar improcedente el recurso de apelacion interpuesto por el Consorcio, respecto de la Licitacion Publica Nº 0001-2008-MDS. 10. Con fecha 20 de enero de 2009, la Entidad y la Contratista suscribieron el CONTRATO PARA LA ADQUISICION DE MAQUINARIA, derivado del acotado MORDAZA de seleccion. 11. Mediante Carta Nº 013-2009-MDS/A-GM-GA de fecha 20 de febrero de 2009, la Entidad comunico a la Contratista que de acuerdo al contrato suscrito, la entrega del Camion Compactador y Camion Cisterna, debian ser entregados el 24 de febrero de 2008. 12. A traves del escrito de fecha 20 de febrero de 2009, la Contratista solicito a la Entidad un plazo adicional de treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente del vencimiento del plazo contractual acordado, toda vez que se habia producido retrasos en la fabricacion de la compactadora y cisterna, producto de la crisis internacional. 13. Con Carta Nº 001-2009-MDS-A-GM diligenciada via notarial el 26 de febrero de 2009, la Entidad denego la ampliacion del plazo solicitada por la Contratista, toda vez que no se habia probado las causas que justifiquen la modificacion del calendario contractual y, ademas, el plazo de entrega ha sido factor de calificacion, que le otorgo puntaje a la Contratista. Asimismo, a traves de dicha carta, se le requirio a la Contratista que, dentro del plazo de quince (15) dias, cumpla sus obligaciones contractuales a su cargo, bajo apercibimiento de resolver el contrato. 14. A traves de la Carta Notarial diligenciada via notarial el 20 de marzo de 2009, la Entidad resolvio el CONTRATO PARA LA ADQUISICION DE MAQUINARIA de fecha 20 de enero de 2009, debido al incumplimiento de las obligaciones a cargo de la Contratista. 15. Mediante escrito de fecha 23 de marzo de 2009, la Contratista comunico a la Entidad que no se allanaba a la resolucion del contrato, toda vez que el incumplimiento de la prestacion es tambien atribuible a la Entidad por la demora en el otorgamiento de la buena pro al ser impugnada, por lo que las unidades destinadas a cumplir con la entrega tuvieron que ser destinadas a otras operaciones, por los efectos negativos que produce mantener dichos bienes, por tiempos indeterminados. Asimismo, la Contratista agrego que si bien es MORDAZA, al momento de presentar su propuesta establecio un plazo de entrega, no es menos MORDAZA que dicho plazo iba a culminar aproximadamente en la quincena del mes de noviembre de 2008, sin embargo, no sucedio asi, debido a la impugnacion del otorgamiento de la buena pro y la demora que llevaria su resolucion. Dicha situacion tambien genero que las unidades del ano 2008 se agotaran por la demanda existente y, teniendo en consideracion, que no habian llegado al MORDAZA las unidades del ano 2009 para su distribucion, por las alteraciones que se produjeron por la crisis economica mundial, decidieron solicitar un plazo adicional a la Entidad, sin embargo no acepto el otorgamiento de dicho plazo adicional argumentandose la simplicidad de la solicitud, a pesar que era conocido la afectacion que esta produciendo la crisis economica. 16. Con escrito presentado el 05 de enero de 2010, la Entidad puso en conocimiento de este Tribunal de

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