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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de agosto de 2010 424119 9. CDT Nicholas Jones 10. CDT James Leadbeatter 11. CDT Dorothy Gascoigne 12. CDT Monica Preece 13. CDT Hannah Parbery 14. CDT Joshua Cason Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 533802-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 846-2010-DE/SG Lima, 17 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 872 de fecha 10 de agosto, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Ecuador sin armas de guerra; Que, con ocasión de celebrarse el 50º Aniversario de Creación de la “Conferencia de Ejércitos Americanos” – CEA, se ha programado realizar ciertas actividades que realcen el acto; Que, el Comandante General del Ejército del Perú ha cursado invitación para que personal militar de la República de Ecuador, participe en dichas actividades conmemorativas; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley Nro. 27856 y la Ley Nro. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de personal militar de la República de Ecuador, detallado a continuación, del 26 al 29 de agosto de 2010, para participar en la “Conferencia de Ejércitos Americanos” – CEA, a desarrollarse en la ciudad de Lima: 1. General Luis Patricio Cardenas Proaño 2. Mayor Ivan Araujo Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 533802-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 847-2010-DE/SG Lima, 17 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 820 de fecha 22 de julio de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile sin armas de guerra; Que, la “Vigésima Séptima Reunión de Comandantes en Jefes de Zonas Navales Fronterizas”, a llevarse a cabo entre la Marina de Guerra de Chile y la Marina de Guerra del Perú, tendrá lugar en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile, detallado a continuación, a partir del 22 de agosto al 26 agosto de 2010, para participar en la “Vigésima Séptima Reunión de Comandantes en Jefes de Zonas Navales Fronterizas”: 1. Contralmirante Kenneth Puch Olavarría 2. Capitán de Navío Tomás Orellana Agüero 3. Capitán de Navío Miguel Riquelme Herrera 4. Capitán de Fragata Claudio Maldonado Naveas Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 533802-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 848-2010-DE/SG Lima, 17 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, con facsímiles (DGS) Nº 887, de fecha 13 de agosto de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Bolivia, sin armas de guerra; Que, en el marco de la IX Reunión Bilateral de Comandos Navales Fronterizos Bolivia – Perú, se estableció llevar a cabo en el mes de agosto de 2010, el desarrollo del Primer Ejercicio de Control de la Contaminación en el Lago Titicaca;