Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2010 (27/08/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES
REGLAMENTO DE LA FRANJA ELECTORAL REGIONAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

424491

Articulo Segundo.- REMITIR la presente resolucion a las diversas entidades que conforman el aparato publico estatal, para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones www.jne.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALBERTI MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 536287-1

Articulo 1°.- Objetivo Establecer las disposiciones reglamentarias destinadas a garantizar la adecuada emision de la Franja Electoral Regional. Articulo 2°.- Alcance Las disposiciones del presente Reglamento son de aplicacion para el MORDAZA de Elecciones Regionales 2010. Articulo 3°.- Base Legal 3.1. Constitucion Politica del Peru. 3.2. Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones (LOE). 3.3. Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales (LER) 3.4. Decreto Supremo Nº 019-2010-PCM. Articulo 4°.- Definiciones 4.1. Franja Electoral Regional Es el espacio publicitario emitido en MORDAZA de television de senal abierta y estaciones de radio, publicos y privados, de cobertura nacional y regional, puesto a disposicion de las organizaciones politicas participantes en el MORDAZA de Elecciones Regionales, para que sin costo alguno puedan difundir propaganda electoral. 4.2 Propaganda Electoral Propaganda politica que se realiza en un periodo electoral, orientada a persuadir a los ciudadanos para obtener resultados electorales a traves de la captacion de sus votos y con ello aspirar a cargos politicos por eleccion popular. 4.3. Organizacion Politica Asociacion de ciudadanos que adquiere personeria juridica con su inscripcion en el Registro de Organizaciones Politicas, cuya finalidad es ejercer sus actividades dentro y fuera de periodos electorales, formulando propuestas o programas de gobierno y contribuyendo a la formacion de la voluntad civico-ciudadana. A efectos del presente Reglamento se entiende por organizacion politica exclusivamente a los partidos politicos, movimientos de alcance regional y alianzas electorales regionales que participan en el MORDAZA electoral regional, al haber obtenido la inscripcion de sus respectivas formulas presidenciales y/o listas de consejeros regionales. 4.4. Plazos Los plazos establecidos en el presente Reglamento se entenderan como dias calendarios. TITULO II FRANJA ELECTORAL REGIONAL Articulo 5°.- Objetivo de la Franja Electoral Regional Garantizar a las organizaciones politicas el acceso gratuito, equitativo y rotativo, a las respectivas estaciones de radio y MORDAZA de television, para que en horarios establecidos, difundan propuestas, planes o programas de gobierno regional. Base legal: Articulo 194° de la LOE Articulo 6°.- Contenido de la Franja Electoral Regional Los mensajes a emitirse deben contener propaganda electoral, que implica que las organizaciones politicas divulguen propuestas, planes o programas para el gobierno regional.

Aprueban Reglamento de la Franja Electoral Regional
RESOLUCION N° 1716-2010-JNE MORDAZA, veintiseis de agosto de dos mil diez. VISTO el Memorando Nº 441-2010-DCGI/JNE de la Direccion Central de Gestion Institucional con el que remite el proyecto de Reglamento de la Franja Electoral Regional que incluye los aportes y recomendaciones formulados por la Direccion General de Normatividad y Asuntos Juridicos, mediante Informe N° 255-2010DGNAJ/JNE, asi como por la Secretaria General. CONSIDERANDO Por Decreto Supremo N° 019-2010-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de enero de 2010, se convoco a Elecciones Regionales para el MORDAZA 3 de octubre de 2010. Conforme a lo dispuesto por el articulo 178, numeral 3, de la Constitucion Politica del Peru, y el articulo 5, literal g, de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, corresponde a este Supremo Tribunal Electoral velar por el cumplimiento de las leyes electorales, expidiendo las normas reglamentarias que correspondan. Asimismo, teniendose presente que en la Cuarta Disposicion Transitoria y Complementaria de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales, se establece que el MORDAZA Nacional de Elecciones dicta las normas necesarias para el mejor cumplimiento de la Franja Electoral en las Elecciones Regionales. Que, en tal virtud, resulta necesario establecer las disposiciones necesarias para regular el espacio publicitario emitido en MORDAZA de television de senal abierta y estaciones de radio, publicos y privados, de cobertura nacional y regional, puesto a disposicion de las organizaciones politicas participantes en el MORDAZA de Elecciones Regionales, para que sin costo alguno puedan difundir propaganda electoral. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, RESUELVE Articulo Primero.- Aprobar el "REGLAMENTO DE LA FRANJA ELECTORAL REGIONAL", que consta de 18 articulos, una Disposicion Final y una Disposicion Complementaria; y cuyo tenor es el siguiente:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.