Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (28/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de agosto de 2010 424555 Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del señor abogado César Augusto Raffo Palza como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Tacna, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado Ciro Félix Ureta Antara como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Tacna. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia 536950-11 Otorgan a jurista el reconocimiento de carácter nacional denominado “Fortalecimiento del Estado Constitucional de Derecho y del Acceso a la Justicia: Ministerio de Justicia” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0191-2010-JUS Lima, 26 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0215-2009- JUS se instituye el reconocimiento de carácter nacional denominado “Fortalecimiento del Estado Constitucional de Derecho y del Acceso a la Justicia: Ministerio de Justicia” cuyas Bases constituyen parte de la acotada Resolución, conformando además el Comité encargado de evaluar y proponer a los candidatos que se harán acreedores de tal reconocimiento; Que, el reconocimiento de carácter nacional “Fortalecimiento del Estado Constitucional de Derecho y del Acceso a la Justicia: Ministerio de Justicia” tiene como objetivo afi anzar las acciones que realiza la Entidad en pro de la inclusión social mediante el reconocimiento del esfuerzo de los diferentes actores sociales en pro del Estado Constitucional de Derecho y el acceso a la justicia en el país; Que, en el numeral 3 del punto III del Anexo Bases del Reconocimiento de carácter nacional “Fortalecimiento del Estado Constitucional de Derecho y Acceso a la Justicia: Ministerio de Justicia” se establece como requisito de los postulantes que en caso de personas naturales deben contar con una trayectoria reconocida en el campo del derecho o acceso a la justicia; Que, el Despacho Ministerial ha propuesto otorgar el reconocimiento de carácter nacional al señor jurista Robert Alexy, por su trayectoria profesional y académica; Que, el precitado Comité, luego de evaluar y califi car la propuesta presentada por el Ministro de Justicia para la entrega extraordinaria del reconocimiento de carácter nacional, decidió por unanimidad otorgar dicho reconocimiento al mencionado jurista, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y en el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar el reconocimiento de carácter nacional denominado “Fortalecimiento del Estado Constitucional de Derecho y del Acceso a la Justicia: Ministerio de Justicia” al señor jurista Robert Alexy. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia 536184-1 Dictan medidas para la transparencia y eficiencia en la clasificación de los internos y en la elaboración de expedientes de solicitud de beneficios penitenciarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0192-2010-JUS Lima, 27 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, señala que es función del Ministerio de Justicia formular las políticas, normas, planes y programas de alcance nacional del Sector Justicia, así como supervisar y evaluar su cumplimiento; Que, el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, establece la competencia del Viceministro de Justicia para orientar y supervisar las actividades de los organismos públicos del Sector, de conformidad con las directivas señaladas por el Ministro; Que, el Ministerio de Justicia viene implementando acciones en forma coordinada con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), con el objetivo de afrontar la problemática que viene enfrentando el Sistema Penitenciario Nacional, particularmente en lo relacionado a la clasifi cación de internos y a la elaboración de expedientes de solicitud de benefi cios penitenciarios; Que, con tal propósito se ha visto necesario evaluar la normativa en materia penitenciaria a fi n de actualizar e integrar en una única norma tanto las disposiciones vigentes para la clasifi cación de los internos que ingresen o se encuentren recluidos en los establecimientos penitenciarios, como las disposiciones vigentes para la elaboración de expedientes de solicitud de benefi cios penitenciarios, a fi n de garantizar que su ejecución y/u otorgamiento se efectúe en el marco de una cultura de transparencia y efi ciencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; y, el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la evaluación de la normativa en materia de ejecución penitenciaria, a fi n de proceder a la actualización e integración en una única norma tanto de las disposiciones vigentes para la clasifi cación de los internos que ingresen o se encuentren recluidos en los establecimientos penitenciarios, como de las disposiciones vigentes para la elaboración de expedientes de solicitud de benefi cios penitenciarios. Artículo 2º.- En un plazo no mayor de 30 (treinta) días calendario, el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) elaborará y aprobará las normas a que se refi ere el artículo anterior. Corresponderá al Viceministro de Justicia orientar y supervisar el desarrollo de dicho proceso. Articulo 3º.- Remítase copia de la presente Resolución Ministerial al Instituto Nacional Penitenciario, para su conocimiento y cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia 536879-1