Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2010 (28/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2010

Articulo 1°.- Aprobar la MORDAZA Tecnica de Salud Nº 083-MINSA/DGSP-V.01 "Norma Tecnica de Salud para la Vigilancia, Prevencion y Control de la Peste en el Peru" que en documento adjunto forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2°.- La Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Estrategia Sanitaria Nacional de Zoonosis en coordinacion con la Direccion General de Promocion de la Salud, la Direccion General de Salud Ambiental, la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, la Direccion General de Epidemiologia y el Instituto Nacional de Salud, se encargara de la difusion, supervision, monitoreo, evaluacion y asistencia tecnica para el cumplimiento de la citada MORDAZA Tecnica. Articulo 3°.Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud, o quien haga sus veces a nivel regional, son responsables de la implementacion, monitoreo y supervision del cumplimiento de la mencionada MORDAZA Tecnica, en el ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4º.- Disponer que cada Direccion Regional de Salud, o quien haga sus veces a nivel regional, elabore un Plan de Contingencia referido a Peste, el cual debera ser actualizado cada ano y aprobado por la Resolucion correspondiente con conocimiento de la Autoridad Sanitaria Nacional. Articulo 5º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 172-2001-SA/DM que aprobo el Instrumento Normativo denominado "Normas y Procedimientos para la Prevencion y Control de la Peste en el Peru". Articulo 6º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa. gob.pe/transparencia/dge_normas.asp, del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 536947-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Espana, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 145-2010-MTC MORDAZA, 27 de agosto de 2010 VISTO: El Informe No. 492-2010-MTC/12.04 del 09 de agosto de 2010 emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe No. 254-2010-MTC/12.04 del 09 de agosto de 2010 emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 29465, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de

la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiendose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el articulo 1 del Decreto de Urgencia No. 0012010, preciso que para el caso de las entidades publicas del Poder Ejecutivo, las excepciones a la restriccion establecida en el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 29465, se canalizan a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa Lan Peru S.A. ha presentado ante la autoridad aeronautica civil, su solicitud para ser atendida durante los meses de setiembre y octubre de 2010, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento No. 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Lan Peru S.A. ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, el costo del viaje de inspeccion, esta integramente cubierto por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de la respectiva orden de inspeccion, y referida en el Informe No. 492-2010-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 29465, el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia No. 001-2010, y a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pissani, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara desde el 29 de setiembre al 07 de octubre de 2010, a la MORDAZA de MORDAZA, Espana, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nos. 492-2010-MTC/12.04 y 254-2010-MTC/12.04. Articulo 2.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Lan Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto. Articulo 3.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolucion Suprema, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial,

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