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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (02/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de diciembre de 2010 430292 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 390-2010-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 1068-2010- SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, copia del DS Nº 2273302010, que contiene el Ofi cio Nº 1931-2010-MML-GDU-SPHU de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Lima Metropolitana, el Informe Nº 525-2010-MML- GDU-SPHU-DP de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Lima Metropolitana, proponiendo la modifi cación del Decreto de Alcaldía Nº 21-2010; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la última norma que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el inciso 6) del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades son competentes para planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone el proceso de planeación local es integral, permanente y participativa, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se señalan las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específi cas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 74º de la Ley antes acotada, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida una función promotora, normativa y reguladora, así como las de ejecución, fi scalización y control, en las materias de sus competencia; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 1195-MML, dispuso que la Municipalidad de Santiago de Surco, deberá elaborar los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios del eje vial Av. Manuel Olguín y de los predios ubicados en la Av. Manuel Olguín esquina con Av. El Derby; disposición que ha sido cumplida por esta Corporación a través del Decreto de Alcaldía Nº 20- 2008-MSS publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 23.12.2008 aprobó entre otros, los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de los predios ubicados en la Av. Manuel Olguín desde la Av. Javier Prado Este hasta la Av. El Derby y los predios ubicados en la esquina de la Av. Manuel Olguín y la Av. El Derby dentro del marco del Estudio de Densifi cación Urbana Panamericana Sur – Derby – Olguín – Primera Etapa: Av. Manuel Olguín Zona Empresarial Financiera, y dispuso además que esta Corporación normará los parámetros urbanísticos y edifi catorios de los lotes con áreas mayores a 10,000.00 m2 ubicados en esquina con frente a vías metropolitanas; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto de Alcaldía Nº 20-2008-MSS la Municipalidad de Santiago de Surco a través del Decreto de Alcaldía Nº 21-2010-MSS publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 07.09.2010 aprobó entre otros, los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de los predios ubicados en esquina de eje vial Av. Manuel Olguín con Av. El Derby, con áreas mayores a 10,000.00 m2; contenido que previamente ha sido puesto en conocimiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ofi cio Nº 284-2010-GDU- MSS de fecha 23.08.2010, de acuerdo a lo dispuesto por el Numeral 2.1, Artículo 2, de la Fe de Errata de la Ordenanza Nº 1195-MML; Que, mediante Ofi cio Nº 1931-2010-MML-GDU-SPHU la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano la Municipalidad Metropolitana de Lima señala que se debe modifi car el parámetro de Área Libre Mínima, contenido en el Cuadro de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de los predios ubicados en esquina de eje vial Av. Manuel Olguín con Av. El Derby, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 21-2010- MSS, de acuerdo a lo dispuesto por el Anexo Nº 02 de la Ordenanza Nº 912-MML; por cuanto dicha Ordenanza contempla que el Área Libre Mínima debe ser 40% para los predios compatibles con zonifi cación RDA (Residencial Densidad Alta); a fi n de no incurrir en omisiones pasibles de sanción; Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro con la conformidad de la Gerencia de Desarrollo Urbano mediante Informes Nros. 1068 -2010-SGPUC- GDU-MSS y 390-2010-GDU-MSS, opinan que se debe modifi car el parámetro de Área Libre Mínima, contenido en el Cuadro de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de los predios ubicados en esquina de eje vial Av. Manuel Olguín con Av. El Derby, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 21-2010-MSS, de acuerdo a lo dispuesto por el Anexo Nº 02 de la Ordenanza Nº 912-MML; por cuanto dicha Ordenanza contempla que el Área Libre Mínima debe ser 40% para los predios compatibles con zonifi cación RDA (Residencial Densidad Alta); a fi n de no incurrir en omisiones pasibles de sanción; Que, asimismo indica, que debe darse cumplimiento a lo dispuesto por la Municipalidad Provincial, respecto a la modifi cación del Área Libre Mínima contenida en el Cuadro de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de los predios ubicados en esquina de eje vial Av. Manuel Olguín con Av. El Derby, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 21- 2010-MSS; de 35% a 40%; Que, de conformidad con el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General”; las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de 30 días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a fi n que las personas interesadas formulen sus comentarios sobre las normas propuestas; asimismo, establece que se exceptúa de la aplicación de lo dispuesto anteriormente, cuando la entidad por razones debidamente fundamentadas en el proyecto de norma, considere la prepublicación de la norma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al interés público; Que, en el presente caso, la modifi cación del parámetro de Área Libre Mínima aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 21-2010-MSS; se encuentra dentro de las excepciones establecidas en el Artículo 14º de la norma antes citada; siendo innecesaria la prepublicación, por cuanto, se esta dando cumplimiento al requerimiento solicitado por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ofi cio Nº 1931-2010-MML- GDU-SPHU; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante Decreto de Alcaldía, se regulan entre otros, asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando al Informe Nº 1203-2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica e Informe Nº 390-2010- GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, en uso de las facultades establecidas por los Artículos 20º Numeral 6 y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Parámetro de Área Libre Mínima, contenida en el Cuadro de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de los predios ubicados en esquina de eje vial Av. Manuel Olguín con Av. El Derby, aprobado por el Artículo Primero del Decreto de Alcaldía Nº 21-2010-MSS; conforme a lo siguiente: PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS DE LOS PREDIOS UBICADOS EN ESQUINA DE EJE VIAL AV. MANUEL OLGUÍN CON AV. EL DERBY - Zonifi cación : CM (Comercio Metropolitano) Área deTratamiento Normativo : IIIA