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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (02/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de diciembre de 2010 430294 diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado en los diferentes ámbitos: nacional, regional y local, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos, ambientales, sociales, económicos y culturales. Que, a través de la Resolución de Alcaldía N° 724-2007- MPSM, con fecha 17 de Agosto del 2007, la Municipalidad Provincial de San Martín delegó al Gobierno Regional para la formulación y validación de procesos de Zonifi cación Ecológica Económica y Ordenamiento Territorial en los ámbitos de jurisdicción del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo. Que, el Gobierno Regional con Ofi cio Nº 455- 2009-GRSM/GRPPAT emite la conformidad al estudio “Propuesta de Meso Zonifi cación Ecológica Económica de la Sub Cuenca del Cumbaza”, la cual consta de 160 páginas, adicionalmente nueve estudios temáticos y 19 mapas temáticos. Que, el inciso c) del artículo 22º del Decreto Supremo N° 087-2004-PCM Reglamento de Zonifi cación Ecológica y Económica, señala que los estudios de Zonifi cación Ecológica y Económica, serán aprobados por la autoridad competente en el nivel correspondiente según lo planteado en la etapa inicial, Local: la ZEE es aprobada por Ordenanza Municipal del Gobierno Local Provincial, con opinión favorable del Gobierno Regional respectivo. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, y ejerciendo sus funciones de Gobierno establecidas en el artículo 39º primer párrafo de la Ley 27972. Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el artículo 40º del mismo cuerpo legal: el Concejo Municipal Provincial de San Martín, por mayoría califi cada de sus miembros y con las visaciones correspondientes, el Concejo Municipal aprobó la siguiente Ordenanza municipal: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MESO ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA SUB CUENCA DEL RIO CUMBAZA Artículo Primero.- APROBAR la Propuesta de Meso Zonifi cación Ecológica y Económica de la Sub Cuenca del Río Cumbaza, en lo que corresponde a la jurisdicción de la Provincia de San Martín, la misma que está conformada por los distritos de: Tarapoto, Cacatachi, Juan Guerra, Morales, San Antonio de Cumbaza y la Banda de Shilcayo. Artículo Segundo.- EXHORTAR a las Municipalidades Distritales, autoridades políticas y sectoriales, instituciones educativas, organizaciones empresariales y sociales, gremiales y de base de la Provincia de San Martín, la OBLIGATORIEDAD DEL USO de la Zonifi cación Ecológica y Económica – ZEE, como herramienta educativa, instrumento técnico, normativo y orientador del uso sostenible de los recursos naturales y la ocupación ordenada del territorio, para la formulación de los planes y programas de los organismos públicos y privados que realizan actividades económicas, sociales, culturales y otras en el ámbito de la provincia. Artículo Tercero.- A través de la comisión técnica de ZEE-OT de la Provincia de San Martín, establecer los mecanismos de promoción, difusión, participación de la comunidad para el cumplimiento de las políticas y planes concertados elaborados en base a la propuesta de Meso Zonifi cación Ecológica y Económica de la Sub Cuenca del Río Cumbaza, en lo correspondiente a la jurisdicción de la Provincia de San Martín, para el uso y ocupación sostenible del territorio en toda la jurisdicción. Artículo Cuarto.- Los procesos de gestión territorial mediante los diferentes planes que se encuentren en ejecución antes de la emisión de la presente ordenanza, en la jurisdicción de la provincia de San Martín, deberán adecuarse a lo establecido en la propuesta de Meso Zonifi cación Ecológica y Económica de la Sub Cuenca del Río Cumbaza que se aprueba mediante la presente ordenanza. Artículo Quinto.- Remitir un ejemplar de la ordenanza, adjuntando copia de la propuesta que corresponda a todos los sectores y niveles de gobierno con competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso y ocupación del territorio y sus recursos naturales, incluyendo al MINAM (antes CONAM), como ente rector del proceso ZEE a nivel nacional. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Ordenamiento Territorial, a la secretaria general, a la Ofi cina de Imagen Institucional de la Municipalidad Provincial de San Martín, según corresponda la difusión, publicación e implementación de la presente ordenanza, así como la propuesta de ZEE materia de la ordenanza. Artículo Séptimo.- La Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Ordenamiento Territorial de la Municipalidad Provincial de San Martín, será la responsable de elaborar todos los instrumentos técnicos legales necesarios para todo el proceso de ZEE y su implementación. Artículo Octavo.- DISPONER, de las acciones necesarias por parte de la Municipalidad Provincial de San Martín, para la implementación de los procesos de ZEE y OT que se realicen dentro de su jurisdicción. Artículo Noveno.- Los procesos de gestión territorial mediante los diferentes instrumentos de planifi cación de desarrollo a nivel local y sectorial, con respecto a la Meso Zonifi cación Ecológica y Económica y Ordenamiento Territorial de la Sub Cuenca del Río Cumbaza efectuados o que se encuentren en ejecución antes de la emisión de la presente Ordenanza, deberán ser remitidos al área responsable de ordenamiento territorial de manera detallada en un plazo no mayor de 30 días calendario, pudiendo articularse a éste a un proceso regional. Artículo Décimo.- La presente Ordenanza municipal entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. CHRISTOPHER SANDRO RIVERO UZATEGUI Alcalde 572546-1 PROYECTOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban proyecto del Anexo 11 denominado “Lineamientos para determinar la remuneración del Gestor Privado de una EPS a ser reconocida en el cálculo tarifario” y proyecto de modificación del literal a) del numeral 4.3 del Anexo 2 del Reglamento General de Tarifas RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 051-2010-SUNASS-CD Lima, 29 de noviembre de 2010 VISTO: El Informe Nº 031-2010-SUNASS/100 presentado por la Gerencia de Políticas y Normas, que contiene el proyecto del Anexo 11 denominado “Lineamientos para determinar la remuneración del Gestor Privado de una EPS a ser reconocida en el cálculo tarifario” y la modifi cación del literal a) del artículo 4.3 del Anexo 2 del Reglamento General de Tarifas y su correspondiente Exposición de Motivos; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3.1º de la Ley Nº 27332 -Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos-, señala que los Organismos