Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2010 (10/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de diciembre de 2010

PROYECTO

430705

4. Oficio A-5066-10/GC de Electro Dunas S.A.A., de fecha 06/10/2010 5. Resolucion Ministerial N° 101-2010-MEM/DM, publicada el 05/03/2010 6. Informe N° 0426-2010-GART, Reasignacion del Monto Especifico Anual para el funcionamiento del Mecanismo de Compensacion de Sistemas Aislados 2010 - Interconexion al MORDAZA del Sistema Electrico San MORDAZA 7. Informe N° 0428-2010-GART, Opinion legal sobre procedencia de publicar el proyecto de Resolucion que modifica las Compensaciones Anuales del Mecanismo de Compensacion para los Sistemas Aislados y los Precios en MORDAZA Efectivos de los Sistemas Aislados.

ANEXO 2 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° XXX-2010-OS/CD
MORDAZA, XX de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 101-2010MEM/DM, se determino el Monto Especifico para el funcionamiento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados aplicable al periodo comprendido desde el 01 de MORDAZA de 2010 hasta el 30 de MORDAZA de 2011, en cumplimiento con lo establecido en el Articulo 30° de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, y el numeral 4.2 del Articulo 4° del Reglamento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, aprobado por Decreto Supremo N° 069-2006-EM; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la citada ley y el Articulo 5° del Reglamento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, OSINERGMIN aprobo con la Resolucion OSINERGMIN N° 079-2010OS/CD las Compensaciones Anuales del Mecanismo de Compensacion para los Sistemas Aislados y los Precios en MORDAZA Efectivos aplicables al periodo MORDAZA 2010 ­ MORDAZA 2011; Que, posteriormente, con fecha 01 de diciembre de 2010, la empresa Electro Oriente S.A. comunico a OSINERGMIN el ingreso en operacion comercial de la linea de transmision Tocache-Bellavista en 138 kV, que interconecta al Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN) el Sistema Electrico San Martin; Que, como consecuencia de la interconexion al MORDAZA del Sistema San MORDAZA se generara un saldo positivo en la compensacion asignada a Electro Oriente S.A., el cual debe ser reasignado a los Sistemas Aislados a fin de cumplir con lo dispuesto por la Resolucion Ministerial N° 101-2010-MEM/DM; para ello se ha creado un factor de distribucion de dicho saldo (FDS) que sera aplicado a los Sistemas Aislados; Que, por tanto, se requiere modificar las Compensaciones Anuales del Mecanismo de Compensacion para los Sistemas Aislados y los Precios en MORDAZA Efectivos de los Sistemas Aislados, aprobados mediante Resolucion OSINERGMIN N° 079-2010OS/CD, siendo necesario cumplir con efectuar una prepublicacion y la audiencia publica descentralizada de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; Que, asimismo con la finalidad de minimizar el impacto en los Precios en MORDAZA Efectivos, producto de la aplicacion del Articulo 1° de la Resolucion OSINERGMIN N° 003-2010-OS/CD y de la interconexion al MORDAZA del Sistema San MORDAZA, se ha determinado la modificacion del Factor de Compensacion Tarifaria para Sistemas Aislados (FCT) que regira por el periodo enero ­ MORDAZA de 2011 y que compensara el monto que debiera transferirse en el mes de diciembre al Sistema Electrico San Martin; dicho Factor de Compensacion Tarifaria debera ser incluido como parte del precio de energia de los Precios en MORDAZA Efectivos; Que, en ese sentido, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 274-2010-OS/CD, se publico el proyecto de resolucion, concediendo un plazo de cinco dias habiles para la remision de opiniones y sugerencias, las mismas

que fueron analizadas en los informes correspondientes. Asimismo, las respectivas audiencias publicas se efectuaron el dia 15 de diciembre de 2010, en las ciudades de MORDAZA e Iquitos simultaneamente; Que, por lo expuesto, habiendose cumplido los requisitos de forma pertinentes para la aprobacion de tarifas, corresponde modificar las Compensaciones Anuales del Mecanismo de Compensacion para los Sistemas Aislados y los Precios en MORDAZA Efectivos de los Sistemas Aislados, aprobados mediante Resolucion OSINERGMIN N° 079-2010-OS/CD, a partir del 04 de enero de 2011 de conformidad con lo dispuesto por la Resolucion Ministerial N° 101-2010-MEM/DM; Que, se han emitido el Informe N° XXXX-2010-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° XXXX-2010-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Factor de Compensacion Tarifaria (FCT) definido en el Cuadro N° 6, numeral 1.2 del Articulo 2° de la Resolucion OSINERGMIN N° 079-2010-OS/CD e incorporar en dicho Cuadro el Factor de Distribucion del Saldo (FDS) que se aplicara en la formula de actualizacion, ambos por el periodo comprendido entre el 04 de enero y 30 de MORDAZA de 2011.
Empresa Distribuidora Adinelsa Chavimochic Edelnor Edelsa Egepsa Electro Oriente Electro Pangoa Electro Sur Este Electro Ucayali Electrocentro Electronorte Hidrandina Seal FCT 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,74 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 FDS 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 10,15 3,00 25,19 3,00 3,00 3,00 3,12 14,16

Articulo 2°.- Modifiquese las formulas de actualizacion (8) y (9) definidas en el Articulo 2°, numeral 1.2 de la Resolucion OSINERGMIN N° 0792010-OS/CD, las mismas que se aplicaran en el periodo comprendido entre el 04 de enero y 30 de MORDAZA de 2011, como sigue: PEMP1ef = PEMP0ef + PEMP0 * (FAPEM-1) ­ FCT*K ­ FDS PEMF1ef = PEMF0ef + PEMF1 * (FAPEM-1) ­ FCT*K ­ FDS (8) (9)

Articulo 3°.- Modifiquese la definicion del parametro K, parametro de vigencia del factor FCT descrito en el Articulo 2°, numeral 1.2 de la Resolucion OSINERGMIN N° 079-2010-OS/CD, como sigue: "Parametro de vigencia del factor FCT. K toma el valor de cero entre el 01 de MORDAZA de 2010 y el 30 de MORDAZA de 2011. Cabe precisar que el efecto sobre los precios a nivel de generacion de los sistemas aislados debido a la modificacion del valor del parametro K debera trasladarse inmediatamente a los pliegos tarifarios de los usuarios regulados del servicio publico de electricidad." Articulo 4°.- Reemplazar los valores de las CompensacionesAnuales del Mecanismo de Compensacion para los Sistemas Aislados, contenidos en el Cuadro Nº 9 del Articulo 3° de la Resolucion OSINERGMIN N° 0792010-OS/CD por los siguientes:

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