Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2010 (11/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

430773

Comunicaciones e Imagen Institucional, con su respectivo Anexo, en el MORDAZA institucional de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA (www.munijesusmaria.gob.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe). Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA

ORDENANZA QUE MODIFICA EL CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA (CAP)
Articulo Primero.- Modificar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, de la Municipalidad de San MORDAZA aprobado con Ordenanza Nº 401-MSB, conforme a lo senalado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- El Anexo al que se refiere el articulo primero, sera publicado en la pagina web de la Municipalidad de San MORDAZA (http://www.munisanborja. gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

575790-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican CAP de la Municipalidad de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 449-MSB
San MORDAZA, 19 de noviembre de 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA VISTO; en la XXI-2010 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19.11.2010, el Dictamen Nº 026-2010-MSB-CAL de la Comision de Asuntos Legales sobre el proyecto de Ordenanza que modifica el Cuadro de Asignacion de Personal ­ CAP, aprobado por Ordenanza Nº 401-MSB, a fin de adecuarlo al Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado con Ordenanza Nº 394-MSB y modificado con Ordenanza Nº 419-MSB. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM se establecieron los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las entidades de la administracion publica, cuya finalidad es generar la aprobacion de un CAP que contenga una correcta definicion de los cargos, acorde con la estructura organica de la entidad, y con los disenos y estructura de la administracion publica, que establece la Ley Nº 27658 ­ Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos. Que, mediante Ordenanza Nº 394-MSB, modificada por la Ordenanza Nº 419-MSB, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones y Estructura Organica de la Municipalidad. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 15º de los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion del Personal ­ CAP aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, la aprobacion del CAP de los gobiernos locales se efectuara mediante Ordenanza Municipal. Que, resulta necesaria la adecuacion del Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), aprobado por Ordenanza Nº 401-MSB, para ajustarlo a las modificaciones llevadas a cabo a la Ordenanza Nº 394-MSB que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones y Estructura Organica de la Municipalidad, en especial a las aprobadas con Ordenanza Nº 419-MSB. Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, senala que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprueba por unanimidad lo siguiente:

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Modifican requisitos establecidos en el MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014-2010-MSB-A
San MORDAZA, 6 de diciembre de 2010 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN BORJA: VISTO: el Memorando Nº 1266-2010-MSB-GM de fecha 04.11.2010, Memorando Nº 1236-2010-MSB-GM de fecha 26.10.2010, Memorando Nº 886-2010MSB-GM de fecha 14.07.2010, Memorando Nº 974-2010-MSB-GM de fecha 09.08.2010 de la Gerencia Municipal; Informe Nº 386-2010-MSB-GAJ de fecha 04.11.2010, Informe Nº 657-2009-MSB-GAJ de fecha 02.12.2010, Informe Nº 274-2010-MSB-GAJ de fecha 02.08.2010, Informe Nº 241-2010-MSB-GAJ de fecha 24.06.2010, Memorando Nº 081-2010-MSB-GAJ de fecha 07.06.2010 de la Gerencia de Asesoria Juridica; Memorando Nº 248-2010-MSB-GPE de fecha 15.09.2010, Memorando Nº 262-2010-MSB-GPE de fecha 30.09.2010, Memorando Nº 274-2010-MSB-GPE de fecha 15.10.2010, Memorando Nº 248-2010-MSB-GPE de fecha 15.09.2010, Informe Nº 066-2010-MSB-GPE de fecha 05.07.2010, Memorando Nº 278-2010-MSB-GPE de fecha 22.10.2010 de la Gerencia de Planificacion Estrategica, Informe Nº 024-2010-MSB-GPE-UR/GIC de fecha 07.06.2010, Informe Nº 036-2010-MSB-GPE/UR de fecha 07.06.2010, Informe Nº 084-2010-MSB-GPE-UR de fecha 15.09.2010, Informe Nº 036-2010-MSB-GPE/UR de fecha 07.06.2010, Informe Nº 045-2010-MSB-GPE-UR de fecha 23.06.2010 de la Unidad de Racionalizacion; e Informe Nº 117-2010-MSB-GM-GDU de fecha 14.09.2010 de la Gerencia de Desarrollo Urbano. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 0622009-PCM establece que las entidades deberan aplicar obligatoriamente el formato aprobado con la citada MORDAZA de rango reglamentario para adecuar sus respectivos TUPA. Que, conforme lo establece el numeral 3 del articulo 36º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Decreto de Alcaldia; asimismo, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 5 del articulo 38º de la misma MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldia.

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