Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2010 (11/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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VISTO: El memorandum Nº 007-2010-UNTECS/CO-P, de fecha 4 de noviembre de 2010, emitido por el Presidente de la Comision Organizadora de la UNTECS; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27413, de fecha 10 de enero de 2001, se creo la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur (UNTECS), con sede en el distrito de MORDAZA El MORDAZA Provincia y Departamento de Lima; Que, con fecha 6 de noviembre de 2006, el CONAFU, mediante Resolucion Nº 365-2006-CONAFU, ha otorgado la Autorizacion de Funcionamiento Provisional a la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur de MORDAZA - UNTECS; Que, conforme lo prescribe el articulo 7 de la Ley Universitaria Ley Nº 23733, la Ley de Creacion de una Universidad establece una Comision Organizadora de MORDAZA, la que debe realizar su labor y regirla por el plazo MORDAZA e improrrogable de cinco anos, los miembros de las comisiones organizadora deben tener el titulo o grado previstos en el articulo 45 de esta ley para el ejercicio de la docencia, que es poseer el grado academico de Maestro o Doctor o Titulo Profesional uno u otro conferido por la universidad del MORDAZA o revalidados segun Ley;; Que, la actual Comision Organizadora de la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur de MORDAZA (UNTECS), fue designada mediante Resolucion Ministerial Nº 0316-2010 ­ ED, de fecha 22 de octubre de 2010; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 290 -2010UNTECS, de fecha 6 de MORDAZA de 2010, se resolvio designar a los Responsables de brindar, actualizar y clasificar la Informacion de Acceso Publico de la Universidad, bajo los mecanismos establecidos en la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica" y su Reglamento modificada por Ley Nº 27297, de fecha 3 de febrero del ano 2003; Que, el Congreso de la Republica, con fecha 3 de agosto de 2002, aprobo la Ley Nº 27806, con la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru, que senala el derecho a solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptuan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, de fecha 7 de agosto de 2003, se aprobo el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, que en su Articulo 3º senala que las obligaciones de la MORDAZA autoridad de la Entidad son: designar a los funcionarios responsables de entregar la informacion de acceso publico, designar al funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia, Clasificar la informacion de caracter secreto y reservado y/o designar a los funcionarios encargados de tal clasificacion; Que, la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica", modificada por la Ley Nº 27297, de fecha 3 de febrero del ano 2003, en su Articulo 8" senala que: "...Dichas entidades identificaran, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar informacion solicitada en virtud de la presente Ley. En caso de que este no hubiera sido designado las responsabilidades administrativas y penales recaeran en el Secretario General de la institucion o quien haga sus veces"; Que, estando a lo dispuesto en la Ley Nº 23733, Ley Nº 27413, Ley Nº 27806 modificada por Ley Nº 27297, a la Resolucion Ministerial Nº 0316-2010 ­ ED y al Estatuto de la Universidad; SE RESUELVE: Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Nº 290-2010UNTECS, de fecha 6 de MORDAZA de 2010, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- Designar al Econ. MORDAZA MORDAZA Navincopa MORDAZA, Secretario General de la UNTECS, como Responsable de brindar la Informacion de Acceso Publico, bajo los mecanismos establecidos en la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica" y su Reglamento. Tercero.- Designar al Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Informatica y Estadistica de la UNTECS y la Abg. MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, Jefe de la Oficina General de Asesoria Legal, como Responsables de Elaborar y Actualizar el MORDAZA de Transparencia de la Universidad, en virtud de la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica" y su Reglamento.

Cuarto.- Designar al Econ. MORDAZA MORDAZA Navincopa MORDAZA, Secretario General de la UNTECS, como Responsable de Clasificar la Informacion de Caracter Secreto y Reservado de la Universidad, en virtud de la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica" y su Reglamento. Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolucion a la Vicepresidente Administrativa y la Oficina de Personal de la Universidad, Sexto.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en todos los lugares visibles de la Universidad. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Comision Organizadora MORDAZA MORDAZA NAVINCOPA MORDAZA Secretario General

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Plan Estrategico de Desarrollo Regional Concertado MORDAZA al 2021
ORDENANZA REGIONAL Nº 081-2010-CR/GRC.CUSCO
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en sesion Extraordinaria de fecha diez de Noviembre del ano Dos mil Diez, ha debatido el Dictamen de la Comision Ordinaria de Planificacion, Presupuesto y Administracion, relativo a la Aprobacion del Plan Estrategico de Desarrollo Regional concertado MORDAZA al 2021; por tanto: CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia...". Que, en congruencia con lo prescrito por la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificaciones en el Articulo 2º Legitimidad y naturaleza juridica ­ Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera; un pliego presupuestal. Que, el Articulo 45º de la Ley Organica precedentemente referida, al referirse a las Funciones Generales de estos niveles de gobierno, senala "Las siguientes funciones de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion, la Ley de Bases de Descentralizacion y demas leyes de la Republica; precisando en el literal a) de la cita la "Funcion normativa y reguladora.- Elaborando y aprobando normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia. Que, asimismo, de conformidad a lo establecido por el Articulo 15º inciso b) de la Ley Organica ya referida, se senala que es atribucion del Consejo Regional: "Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulacion entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinacion Regional", concordante con el numeral 1 del inciso p) del Articulo 21º del mismo cuerpo normativo; que prescribe que: "Es atribucion de la presidencia Regional, presentar al Consejo Regional el Plan de Desarrollo Regional Concertado; y con lo dispuesto por el Articulo 32º de la cita que establece que la Gestion del Gobierno Regional, se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, asi como el plan anual y el Presupuesto Participativo Regional. Que, el MORDAZA de Formulacion del Plan Estrategico de Desarrollo Regional Concertado, es el resultado de la

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