Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2010 (11/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES
ANEXO

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Electricas, asi como el detalle de los calculos y la informacion que se procesa en la comparacion de precios, se considera pertinente complementar dichos criterios y metodologias de calculo a traves de la MORDAZA "Procedimiento para la Comparacion de Precios Regulados" con el objeto de hacer conocibles y predecibles para los administrados, el procedimiento y la metodologia de calculo, los criterios empleados y la informacion utilizada; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 2302010-OS/CD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 01 de octubre de 2010, se dispuso la publicacion del proyecto de MORDAZA "Procedimiento para la Comparacion de Precios Regulados", contribuyendo de ese modo a garantizar la transparencia, cognoscibilidad y predictibilidad de las acciones que el organismo regulador adopte en el cumplimiento del encargo asignado; Que, la Resolucion OSINERGMIN Nº 230-2010-OS/CD otorgo un plazo de quince (15) dias calendario, contados desde la fecha de su publicacion, a fin de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias al proyecto de MORDAZA prepublicado a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, habiendose en este plazo recibido los comentarios de las empresas Kallpa Generacion S.A., Enersur S.A. y Luz del Sur S.A.A; Que, los comentarios y sugerencias presentados por los terceros interesados al proyecto de resolucion publicado, han sido analizados en el Informe Nº 0423-2010-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe Nº 0427-2010-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, respectivamente; habiendose acogido aquellos que contribuyen con el objetivo de la MORDAZA, correspondiendo la aprobacion final de la MORDAZA "Procedimiento para la Comparacion de Precios Regulados"; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en el Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema (COES), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2008-EM; y en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la MORDAZA "Procedimiento para la Comparacion de Precios Regulados", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo y los Informes Nº 04232010-GART y Nº 0427-2010-GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

PROCEDIMIENTO PARA LA COMPARACION DE PRECIOS REGULADOS INDICE Articulo 1º Articulo 2º Articulo 3º Articulo 4º Articulo 5º Articulo 6º OBJETIVO ALCANCES MORDAZA LEGAL DEFINICIONES Y GLOSARIO DE TERMINOS CRITERIOS PROCEDIMIENTO DE COMPARACION

PROCEDIMIENTO PARA LA COMPARACION DE PRECIOS REGULADOS Articulo 1º.- OBJETIVO El presente procedimiento tiene por objeto establecer los criterios, lineamientos y parametros necesarios para efectuar la comparacion de precios regulados correspondiente a las fijaciones de Precios en MORDAZA, de conformidad con lo establecido en la Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, Ley Nº 28832. Articulo 2º.- ALCANCES El presente procedimiento es de aplicacion para el calculo de la comparacion de precios de regulados dentro de los procesos regulatorios de fijacion de Precios en MORDAZA establecido en el Texto Unico Ordenado y Concordado de la MORDAZA "Procedimientos para la Fijacion de Precios Regulados", aprobada por Resolucion OSINERGMIN Nº 775-2007-OS/CD, o aquella que la modifique y/o sustituya. Articulo 3º.- MORDAZA LEGAL Para efectos del presente procedimiento se considerara como leyes aplicables las normas que se indican a continuacion y aquellas que las complementen, modifiquen o sustituyan: · Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, Ley Nº 28832; · Ley de Concesiones Electricas, Decreto Ley Nº 25844; · Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Ley Nº 27806; · Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado con Decreto Supremo Nº 009-93-EM; · Reglamento de Usuarios Libres de Electricidad, aprobado con Decreto Supremo Nº 022-2009-EM; · Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2007EM; · Disposiciones dictadas por OSINERGMIN; y, · Otras Normas vigentes del Sector Electrico. Articulo 4º.- DEFINICIONES Y GLOSARIO DE TERMINOS Cuando en el presente documento se utilicen los siguientes terminos en singular o plural se debera entender lo siguiente: 4.1. Barra: Es aquel punto del sistema electrico preparado para entregar y/o retirar energia electrica.

EXPOSICION DE MOTIVOS La Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, dispone que el Precio en MORDAZA fijado por OSINERGMIN no podra diferir en mas de diez por ciento (10%) del promedio ponderado de los precios de las licitaciones que se desarrollan en el MORDAZA del Capitulo MORDAZA de esta ley; salvo el caso, cuando la energia adquirida mediante estas licitaciones sea inferior al treinta por ciento (30%) de la demanda de energia de los Usuarios Regulados del MORDAZA, donde esta comparacion de precios se realizara con la media ponderada de los precios obtenidos de las licitaciones y los precios de los contratos con los Usuarios Libres. Asimismo, el Articulo 129º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, que fue modificado por el Decreto Supremo Nº 022-2009-EM, dispone que OSINERGMIN establecera el procedimiento para comparacion de precios conforme lo ordena la Ley Nº 28832. Por las razones senaladas precedentemente, la resolucion materia de la presente exposicion de motivos cumple con los objetivos indicados.

4.2. MORDAZA de Referencia: Subestacion Base MORDAZA, o aquella en la cual OSINERGMIN establezca el Precio Basico de Energia a que se refiere el Articulo 47º de la LCE. 4.3. Distribuidora o Distribuidor: concesionaria de distribucion electrica. Empresa

4.4. Factor de Ajuste: Corresponde al factor que multiplicado con los precios teoricos de energia, permite que se cumpla con los requerimientos de comparacion de precios establecidos en la Ley Nº 28832. 4.5. Factor de Carga de la demanda de SEIN: Corresponde a la relacion porcentual de la demanda de energia anual y la MORDAZA demanda anual prevista para el MORDAZA, determinado en cada MORDAZA de fijacion de Precios en Barra. 4.6. Factor de Energia en Horas de Punta de la demanda de SEIN: Corresponde al porcentaje de la demanda de energia anual prevista para las horas de punta

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