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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de diciembre de 2010 430771 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban modificación de proyecto de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA N° 662 Ate, 29 de octubre de 2010 EL SUB GERENTE DE PLANIFICACIÓN URBANA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Documento Simple Nº 23937 de fecha 22 de junio de 2010 seguido por CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA GLOBAL PROJECT S. A. debidamente representado por su Gerente General Sr. WILBERT FLORES GODOY; por el cual solicitan la Modifi cación del Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada del terreno rústico de área 5,167.83 m2 de zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM”, constituido por la parcela Nº 10769 del Fundo San Juan de Pariachi, altura del km 11.5 de la carretera central, distrito de Ate, provincia y Departamento de Lima; que fuera aprobado mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 124 de fecha 19 de mayo de 2010, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 194°, numeral 5) del Artículo 195° de nuestra Carta Magna, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, de acuerdo a la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala en su artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, son sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 79° numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas, Que, mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 124 de fecha 19 de mayo de 2010 se resolvió aprobar de acuerdo con el Plano signado con el Nº 028-2010-SGPUC-GDU/MDA, la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para uso de Residencial de Densidad Media “R-4” con un área de terreno rústico de área 5,167.83 m2 de zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM”, constituido por la parcela Nº 10769 del Fundo San Juan de Pariachi, altura del km 11.5 de la carretera central, distrito de Ate, provincia y Departamento de Lima; autorizándose a la empresa Constructora e Inmobiliaria Global Project S. A., para ejecutar las obras de habilitación urbana correspondiente en un plazo de 18 meses, Que, en la mencionada Resolución de Sub Gerencia se señala en el cuarto, sexto y octavo considerando que los administrados han cumplido con cancelar el défi cit de los aportes reglamentarios correspondiente a Recreación Pública y Otros Fines, así como al Ministerio de Educación y Renovación Urbana, respectivamente, Que, mediante el Documento Simple Nº 23937-10 la empresa Constructora e Inmobiliaria Global Project S. A. solicita la Modifi cación de Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada del terreno rústico de área 5,167.83 m2 de zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM”, constituido por la parcela Nº 10769 del Fundo San Juan de Pariachi, altura del km 11.5 de la carretera central, distrito de Ate, provincia y Departamento de Lima; respecto al lote 13 de la Mz. “B” que fue destinado como aporte para Parques Zonales en el Plano Nº 028-2010-SGPUC-GDU/MDA aprobado mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 124 de fecha 19 de mayo de 2010, solicitando la redención en dinero; Que, mediante Acuerdo Nº 03 tomado en Sesión Nº 13- 10-CTDHU/MDA de fecha 23/09/10 la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas dictamina Conforme el trámite de Modifi cación de Proyecto de Habilitación Urbana del terreno rústico de área 5,167.83 m2 de zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM”, constituido por la parcela Nº 10769 del Fundo San Juan de Pariachi, distrito de Ate; aprobándose el lote 13 de la Mz. “B” como lote para uso residencial, y aceptando la redención en dinero del défi cit del aporte de Parques Zonales con un área de 103.36 m2, Que, mediante Valorización Nº 056-2010-SGPUC-GDU/ MDA de fecha 24/09/10 se emite en razón a la Modifi cación de Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada, por un monto de S/. 57.67 nuevos soles, y mediante Recibo Nº 0006577553 con fecha 18/10/10 se acredita la cancelación de la mencionada valorización. Que, mediante Anexo Nº 4107-10 de fecha 18/10/10 la empresa señala que en razón del défi cit del aporte de Parques Zonales se realizara la redención en dinero para la Recepción de Obra, dejando el lote 15 de la Mz. “A” como garantía de pago para el mencionado aporte reglamentario, Que, mediante Informe Técnico Nº 185-2010-DEHE de fecha 26 de Octubre de 2010, emitido por el Área de Habilitaciones Urbanas de la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro se señala que el pedido del administrado resulta procedente, debiéndose emitir la resolución correspondiente, al haber cumplido con presentar la documentación respectiva y acreditar los pagos estipulados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente, ESTANDO LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 3.6.1 DEL CAPÍTULO II DEL ARTÍCULO 79° DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES 27972, LEY N° 27444 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, ASÍ COMO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY N° 29090 - LEY DE REGULACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES, ORDENANZA Nº 836-MML Y POR EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 077-10-SGPUC-GDU/MDA, la Modifi cación de Proyecto de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” del terreno con un área de 5,167.83 m2, constituido por la parcela Nº 10769 del Fundo San Juan de Pariachi, altura del km 11.5 de la carretera central, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA GLOBAL PROJECT S. A. para ejecutar hasta el 22 de Junio del 2013 y bajo responsabilidad de la culminación de las obras básicas de Habilitación Urbana en el terreno de 5,167.83 m2 teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA: 5,167.83 m2 ÁREA ÚTIL: 3,748.20 m2 ÁREA DE VÍAS: 1,419.63 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes es igual al Área Bruta a 5,167.83 m2 y de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, para la zonifi cación “RDM” – Residencial de Densidad Media, son las siguientes: APORTES ORDENANZA Nº 836-MML PROYECTO (m2) DÉFICIT (m2) % (m2) Recreación Pública 7 361.75 -------- 361.75 Parques Zonales 2 103.36 -------- 103.36 Renovación Urbana 1 51.68 -------- 51.68 Ministerio de Educación 2 103.36 -------- 103.36 Otros Fines 2 103.36 -------- 103.36