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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de diciembre de 2010 431069 1.- Al cónyuge no separado judicialmente o notarialmente, y que cumpla lo establecido en el artículo 289º. 2.- A los padres. 3.- A los descendientes, prefi riéndose el más próximo al más remoto y en igualdad de grado, al más idóneo. La preferencia la decide el juez, oyendo al consejo de familia necesariamente. 4.- A los abuelos y demás ascendientes, regulándose la designación conforme al inciso anterior. 5.- A los hermanos. Artículo 2030º.- Actos y resoluciones inscribibles Se inscriben en este registro: (…) 9.- El nombramiento de tutor o curador.” Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los catorce días del mes de diciembre de dos mil diez. CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 579330-2 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO NÚM. 003-2010-CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA MEDIANTE LA CUAL SE DELEGA EN LA COMISIÓN PERMANENTE LA FACULTAD DE LEGISLAR DEL 17 DE DICIEMBRE DE 2010 AL 28 DE FEBRERO DE 2011 Artículo 1º.- Materias y plazo de la delegación Delégase en la Comisión Permanente del Congreso de la República, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 101º de la Constitución Política del Perú, la facultad de legislar, del 17 de diciembre de 2010 al 28 de febrero de 2011, sobre los siguientes asuntos: 1. Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa y otras proposiciones que se encuentren en la Agenda del Pleno del Congreso y los que se incluyan en la Agenda por acuerdo de la Junta de Portavoces, conforme a sus atribuciones. 2. Las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia, que tienen prioridad en el debate. Artículo 2º.- Limitaciones Exclúyense de los asuntos a que se refi ere el artículo 1º aquellos cuya delegación a la Comisión Permanente no procede de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del numeral 4 del artículo 101º de la Constitución Política del Perú, así como aquellos asuntos para los que la Constitución Política del Perú o el Reglamento del Congreso de la República, según sea el caso, exigen votación califi cada o son considerados de competencia exclusiva del Pleno del Congreso. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en el Palacio Legislativo, en Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil diez. CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República 579331-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan a la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social a ausentarse del país y encargan su Despacho a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 332-2010-PCM Lima, 16 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la señora Dora Virginia Borra Toledo, Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, se ausentará del país del 8 al 17 de enero de 2011, por razones de índole personal; Que, los gastos que demande el viaje serán asumidos por la citada funcionaria, sin generar gastos al Tesoro Público; Que, en consecuencia, es necesario encargar la Cartera de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la señora DORA VIRGINIA BORRA TOLEDO, Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, a ausentarse del país por razones de índole personal, del 8 al 17 de enero de 2011. Artículo 2º.- Encargar la Cartera de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, señora MANUELA ESPERANZA GARCÍA COCHAGNE, a partir del 8 de enero de 2011, y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 3º.- La presente autorización no irroga gastos con cargo al presupuesto del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 579330-4