Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2010 (17/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

431081

Otorgan permiso de pesca a persona natural para operar embarcacion para extraccion de recurso merluza
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 724-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 23 de noviembre del 2010 VISTOS: El escrito con Registro Nº 00066754-2010 del 27 de agosto de 2010, y los adjuntos 00066754-2010-1 del 21 de setiembre de 2010 y 00066754-2010-2 del 12 de noviembre de 2010, presentados por SHWU MIIN CHU WONG. CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 24º de la Ley General de Pesca, la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria, en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos. Asimismo, las autorizaciones de incremento de flota para las embarcaciones pesqueras de mayor escala que se dediquen a la extraccion de especies plenamente explotadas, se otorgaran siempre que se sustituya como minimo igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente que cuente con el correspondiente derecho de sustitucion. Estas autorizaciones solo podran otorgar acceso a los mismos recursos hidrobiologicos que consten en los permisos de pesca de las embarcaciones aportadas para el incremento; Que, en funcion al numeral 1 del articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca se establece que la inspeccion tecnica efectuada por la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion acreditara el termino de construccion de la embarcacion pesquera. La referida inspeccion tecnica puede ser efectuada de oficio o a pedido del administrado. En este ultimo caso la solicitud debe presentarse, necesariamente, dentro del plazo original o su ampliacion, de ser el caso; Que, por Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el proposito de lograr su recuperacion en el mediano plazo, para el aprovechamiento sostenido de dicho recurso y de su fauna acompanante, teniendo en cuenta sus caracteristicas biologicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservacion del medio ambiente y la biodiversidad; Que, el numeral 4.1 del articulo 4° del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, modificado por Decreto Supremo Nº 012-2010-PRODUCE, establece que la merluza es un recurso en recuperacion por lo que se requiere reducir el esfuerzo pesquero, hasta permitir que los principales puntos de referencia biologicos se encuentren en niveles de seguridad. Para este fin, el manejo pesquero se establecera a traves de Regimenes Provisionales de Pesca aprobados por Resolucion Ministerial MORDAZA del inicio del ano correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; Que, asimismo, el citado numeral dispone que el manejo pesquero se realizara en funcion a la asignacion del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE), que tendra caracter de permanente. Asimismo, se obtendra el Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE) para cada temporada de pesca multiplicando el PMCE por la cuota total permisible anual recomendada por el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE. Que en el numeral 5.4 del articulo 5º del mencionado reglamento se establece que el tamano minimo de malla de los copos de las redes de arrastre de fondo y media agua es de 110 mm. (4 pulgadas); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 091-2010PRODUCE/DGEPP del 12 de febrero de 2010, se publica el listado de la asignacion del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) y Limites MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE) para las embarcaciones arrastreras del recurso merluza para el ano 2010, el cual consta de 54 embarcaciones (36,669.76 TM) y una reserva de contingencia (3,330.24 TM) para atender aquellos

procedimientos administrativos relacionados al permiso de pesca. Que, mediante Resolucion Directoral Nº 275-2006PRODUCE/DGEPP del 22 de agosto de 2006, se otorgo a la senorita SHWU MIIN CHU WONG, autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera siniestrada con perdida total denominada "VIRGINIA II", de matricula cancelada Nº PT-3319-CM, para la construccion de una (1) nueva embarcacion pesquera de MORDAZA, la cual empleara redes de arrastre para la extraccion del recurso merluza, con destino al consumo humano directo, con un plazo de vigencia de dieciocho (18) meses; Que, mediante el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 698-2008-PRODUCE/DGEPP del 13 de noviembre de 2008 se otorgo a favor de la senorita SHWU MIIN CHU WONG, la ampliacion por razones de caracter economico y por unica vez, del plazo de autorizacion del incremento de flota otorgado por la Resolucion Directoral Nº 275-2006PRODUCE/DGEPP, y asimismo, mediante su articulo 2º, se otorgo por un periodo de veinticuatro meses mas la autorizacion de incremento de flota, contabilizados a partir del 1 de setiembre del 2008. Que, a traves de escrito del visto, la senorita SHWU MIIN CHU WONG solicita el otorgamiento de permiso de pesca para la embarcacion KRONUS con matricula Nº CO-34184-PM con capacidad de bodega de 83.44 m3, dedicada a la extraccion del recurso merluza con destino al consumo humano directo, en virtud al incremento de flota autorizado por Resolucion Directoral Nº 698-2008-PRODUCE/DGEPP y Nº 2752006-PRODUCE/DGEPP; Que, de la revision y evaluacion de los documentos que obran en el expediente se ha acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos para el Procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado con Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, modificado por Resolucion Ministerial Nº 514-2009-PRODUCE, asi como los requisitos establecidos en la normativa pesquera vigente, por lo que es procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Que, estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Tecnico Nº 699-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion legal favorable, mediante Informe Legal Nº 1360-2010PRODUCE/DGEPP. En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2010-PE y demas normas modificatoria y complementaria; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Otorgar a favor de SHWU MIIN CHU WONG el permiso de pesca para operar la embarcacion denominada KRONUS con matricula Nº CO-34184-PM, con 83.44 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion a bordo mediante MORDAZA con hielo, para la extraccion del recurso merluza con destino al consumo humano directo., con red de arrastre de fondo con una longitud minima de malla de 110 mm (4 pulgadas). Articulo 2º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Directorales Nº 698-2008-PRODUCE/DGEPP y Nº 275-2006-PRODUCE/DGEPP al haberse ejecutado el incremento de flota autorizado. Articulo 3º.- Otorgar a la embarcacion pesquera KRONUS con matricula CO-34184-PM, el Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) equivalente al 1.362132 %, e incorporar la mencionada embarcacion en los anexos 1 y 2 de la Resolucion Directoral Nº 0912010-PRODUCE/DGEPP. Articulo 4º.- Incluir a la embarcacion pesquera "KRONUS" de matricula N° CO-34184-PM en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, listado oficial de la flota de mayor escala de bandera nacional y con permiso de pesca vigente. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, como tambien debera consignarse

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