Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2010 (25/12/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

431708

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de diciembre de 2010

a. Plan de Desarrollo Concertado de Lince 2011 ­ 2021 como instrumento de alta importancia que guia la gestion de Desarrollo Integral, Sostenible y Humano del distrito de Lince. b. Diagnostico ambiental considerado dentro del Plan de Desarrollo Concertado de Lince 2011 ­ 2021, como parte del eje Estrategico Sostenibilidad Ambiental. c. Plan de Desarrollo Urbano. d. Diagnostico del uso de suelos o estudios equivalentes, considerado como parte del MORDAZA Plan de Zonificacion. e. Proyecto de Construccion Planta de Tratamiento de agua de riego. f. Plan de manejo de areas verdes del MORDAZA Mariscal MORDAZA MORDAZA g. Plan Gestion Ambiental de Residuos Solidos conforme a la normatividad vigente. h. Lineamientos para el manejo y proteccion de las areas verdes del distrito de Lince. i. Proyecto de Construccion de Viaducto para riego de parques j. Plan de Manejo de areas verdes del Distrito de Lince. k. Plan de Capacitacion de Medio Ambiente. Articulo 17º.- De la Participacion Ciudadana La participacion ciudadana dentro del Sistema Local de Gestion Ambiental debera ser promovida a traves de diversos mecanismos, tales como: a) Informacion, a traves de Sesiones publicas del Concejo Municipal y audiencias publicas con participacion de los organos sociales de base, publicacion de proyectos de normas municipales, entre otros mecanismos. Asi mismo publicacion en la pagina Web, los periodicos murales instalados en el distrito, el boletin municipal y la distribucion de impresos en los domicilios. b) Planificacion y Concertacion, a traves del Comision Ambiental Municipal del Distrito de Lince y otros espacios como los clubes sociales y deportivos, los comites juveniles, el Centro del Adulto Mayor y otras organizaciones sociales y programas municipales. c) La cogestion de proyectos y programas ambientales con la autoridad local, a traves de organizaciones ambientales, comites de promocion economica, asociaciones culturales, comites de salud, comites de educacion, entre otros mecanismos. d) Convenios con entidades publicas y privadas especializadas en temas ambientales para capacitar a las organizaciones de vecinos para la defensa y proteccion del patrimonio ambiental y los recursos naturales. e) La vigilancia del cumplimiento de la politica ambiental y el Sistema Local de Gestion Ambiental. TITULO IV DE LAS OBLIGACIONES AMBIENTALES Articulo 18º.- De la conservacion del patrimonio natural, socioeconomico y cultural Es obligatorio para toda persona natural o juridica, residente, visitante o transeunte en el distrito de Lince, la conservacion del patrimonio natural, socioeconomico y cultural del distrito, asi como el respeto de los simbolos que lo representan y el cumplimiento de las normas nacionales, regionales y locales de gestion ambiental, bajo responsabilidad legal. Esta prohibida la realizacion de todo acto o accion que afecte: 1. La salud de las personas que residen o desarrollan sus actividades en el distrito de Lince 2. La limpieza publica de las calles del distrito 3. El patrimonio arqueologico localizado dentro del distrito 4. El ornato publico 5. La tranquilidad publica 6. Las areas verdes del distrito

Articulo 19º.- De las actividades ambientalmente sensibles Son declaradas actividades ambientalmente sensibles aquellas que afectan significativamente el desarrollo del distrito y la calidad de MORDAZA de la poblacion, estando entre ellas: 1. La generacion de ruidos molestos. 2. El uso de sustancias toxicas en servicios de mantenimiento. 3. El uso de plaguicidas calificados por la Organizacion Mundial de la Salud, como peligrosos y extremadamente peligrosos. 4. La circulacion de vehiculos que emiten gases en proporciones contaminantes. 5. Arrojo de residuos solidos en la via publica. 6. Disposicion de excretas de animales de compania en las areas verdes y areas publicas. El presente articulo no es taxativo, siendo posible considerar otras actividades con las caracteristicas senaladas. Son prioritarias las acciones normativas y de gestion que MORDAZA necesarias para prevenir, controlar, fiscalizar, mitigar y/o corregir los impactos ambientales negativos que se deriven de las actividades mencionadas. De igual manera, se consideraran actividades ambientalmente sensibles a aquellas que se generan fuera del ambito distrital pero que afectan de manera directa al distrito, en cuyo caso, se coordinara con las autoridades competentes. Articulo 20º.Recursos para obras e infraestructura En la elaboracion del presupuesto operativo municipal y el presupuesto participativo, se propondra la asignacion de recursos para las obras de infraestructura, proyectos, planes y programas, asi como tambien en actividades de manejo y conservacion ambiental establecidas en el Plan de Accion Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local del distrito de Lince. TITULO V DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL Articulo 21º.- De los instrumentos de planificacion ambiental En el diseno y revision de los planes municipales de desarrollo y ordenamiento de las actividades que se realizan en su jurisdiccion, la Municipalidad de Lince, considerara los lineamientos de politica, objetivos, metas, estrategias y mandatos establecidos en la presente ordenanza, en el Plan de Accion Ambiental Local de Lince y todo otro instrumento de gestion ambiental vigente y aplicable a la localidad. Articulo 22º.- De las normas municipales La Municipalidad de Lince, a traves de la instancia correspondiente, emitira las normas que resulten necesarias a fin de alcanzar progresivamente, el cumplimiento del Plan de Accion Ambiental, los objetivos especificos de la gestion ambiental del distrito. Asimismo, adoptara en la medida que sea necesario, los dispositivos legales pertinentes de las normas ambientales de nivel nacional, regional o provincial, de acuerdo con la realidad del distrito. Toda MORDAZA municipal de gestion ambiental sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y la pagina web de la municipalidad o mediante su publicacion en ambientes del local municipal. Articulo 23º.- De la participacion ciudadana La Gestion Ambiental Local de Lince es concertada y participativa La poblacion tiene derecho a participar en los procesos de la gestion ambiental a traves de: a) La participacion en forma individual o colectiva en la Comision Ambiental Municipal.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.