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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (29/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010 431911 de la Dirección Regional de Vivienda, construcción y Saneamiento Huánuco, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modifi catorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley Nº 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demás normas complementarias, que establece la autonomía, competencia y atribuciones de los Gobiernos Regionales;. Que, el inciso a) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece, como una competencia Constitucional de los Gobiernos Regionales aprobar su organización interna; asimismo el inciso a) del artículo 15º de la Ley acotada, señala que uno de las atribuciones del Consejo Regional es, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Reglamento de Organización y Funciones es un instrumento técnico – normativo de gestión institucional, que contiene la estructura orgánica, funciones y relaciones funcionales de los órganos de una entidad que le permitan desarrollarse en el caso de educación que le permitan desarrollarse al servicio del aprendizaje del estudiante. Para el caso de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local, este instrumento es elaborado en el contexto de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Decreto Supremo Nº 009-2005- ED, Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo y el proceso de descentralización y modernización de la gestión educativa; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, tiene por fi nalidad de generar la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad, defi nición de sus funciones, relaciones funcionales previstas y atribuciones, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car las responsabilidades específi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable al caso; Que, mediante informe Nº 1000-2009-GRH/GGR, presentado por el Gerente General Regional, con referencia al Informe Nº 222-2009-GRH/, que se encuentra sustentado por el Informe Legal Nº 034 y 042-209-GRH/ ORAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y presentado el Informes Técnicos;, Nº 074-209-GRH-GRPPAT/SGDISE/ KGCD de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Estadística y el Informe Nº 120-209-GRH-GRPPAT/ SGDISE, que opinan favorablemente sobre la petición del Director Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Huánuco, relacionado a la aprobación de la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del referido Sector Regional, en el marco de las necesidades surgidas de la experiencia de la descentralización; así como concordado con la normatividad legal vigente que rige el actual proceso de modernización de la Gestión del Estado y de las nuevas tendencias de desarrollo organizacional; dentro de este contexto es necesario aprobar la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 443-2003-GRH/PR, de fecha 21 de julio del 2003; que contiene diecisiete (17) artículos y cinco (05) Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales. A su vez, contempla la Creación de un Órgano de Línea; “La Dirección de Administración de Bienes Nacionales”, que viene a ser un órgano funcional responsable de los procesos operativos inherentes a la administración de los bienes muebles e inmuebles del Estado a cargo de la Región Huánuco y, de las acciones relacionadas con la adquisición o recuperación de la propiedad estatal, es necesario aprobar mediante Ordenanza Regional, apruebe el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Huánuco. Estando a lo expuesto, contando con la opinión legal y en uso de las facultades conferidas por los artículos 15º inciso a), y 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a lo Acordado por UNANIMIDAD, en sesión ordinaria de visto, el Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCION REGIONAL DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO ORGANO DESCONCENTRADO DEL GOBIERNO REGIONAL HUANUCO Artículo Primero.- APROBAR, “la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción, Vivienda y Saneamiento, Órgano desconcentrado del Gobierno Regional Huánuco, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 443-2003-GRH/PR, de fecha 21 de julio del 2003, con la Creación de un Órgano de Línea; “Dirección de Administración de Bienes Nacionales”, Aprobando la nueva estructura y la propuesta del texto que contiene diecisiete (17) artículos y cinco (05) Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales, en la cual es necesario modifi car evitándose cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus distintos órganos y dependencias. Artículo Segundo.- DISPONER, que el Titular de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Huánuco, efectúe las acciones Administrativas correspondientes para la Implementación del Reglamento de Organización y Funciones. Artículo Tercero.- DEROGUESE, cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el Diario Ofi cial El Peruano, y el Integro en portal electrónico de Transparencia y el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco. Artículo Quinto.- La presenta Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su Publicación. Comunícase al señor Presidente del Gobierno Regional de Huánuco para su promulgación. En Huánuco, a los 27 días del mes de Mayo del 2010. DANMER ALEGRÍA HERRERA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco, en la Sede del Gobierno Regional Huánuco, a los 7 días del mes de junio del 2010. JORGE ESPINOZA EGOAVIL Presidente 582893-2 Aprueban modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Sede del Gobierno Regional Huánuco ORDENANZA REGIONAL Nº 104-2010-CR-GRH EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. VISTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, en Sesión Extraordinaria de fecha veinticinco de noviembre