Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2010 (29/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES
LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO:

431923

Estudio, que a la entrada en vigencia de la presente MORDAZA no cuenten con Resolucion de Circulacion para la prestacion del servicio de transporte de vehiculos menores en el ambito de la Jurisdiccion Distrital, ya sea por caducidad o por no haber sido renovadas oportunamente. Ademas, de aquellas donde los paraderos y la flota MORDAZA modificados segun el Estudio Tecnico Aprobado. Articulo 4º.- La prestacion del servicio de transporte en vehiculo menor en el Distrito de Ate, se efectua de acuerdo a las Especificaciones Tecnicas senaladas en el Estudio Tecnico aprobado en la presente MORDAZA, en virtud de lo cual a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto todas aquellas Personas Juridicas que no se encuentran incluidas en el Estudio Tecnico aprobado y que brinden el servicio de transporte senalado, o las Personas Naturales que presten el referido servicio en la Jurisdiccion del Distrito de Ate sin contar la Autorizacion Municipal correspondiente seran objeto de sancion administrativa de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Regimen Municipal de aplicacion de Sanciones Administrativas derivadas de la funcion fiscalizadora, aprobada por la Ordenanza Nº 170/MDA. Articulo 5º.- DISPONER se publique el presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y el integro del Anexo mencionado en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). DISPOSICIONES FINALES, TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Otorguese un plazo de 90 dias calendario a partir de la entrada de vigencia del presente Decreto para solicitar la Resolucion de Circulacion en la prestacion del servicio de transporte de vehiculos menores en el ambito de la jurisdiccion distrital, con respecto a las nuevas personas juridicas incluidas en el citado Decreto. Segunda.- Otorguese un plazo de 60 dias a partir de la entrada de vigencia del presente Decreto, para que por parte de las personas juridicas que cuenten con inscripcion registral Municipal, en la prestacion del servicio distribuidas en la zonas de trabajo del 1 al 15, soliciten su Resolucion de Circulacion. Tercera.- Encarguese, el cumplimiento del presente Decreto a la Sub Gerencia de Vialidad y Transportes y a la Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal en el ambito de sus competencias. Cuarta.- Deroguese, el Decreto de Alcaldia Nº 014, de fecha 04 de noviembre de 2009, y todas aquellas disposiciones complementarias, ampliatorias o modificatorias que se opongan a la presente MORDAZA Reglamentaria. Quinta.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente a su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 583357-1

El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion de Concejo Ordinaria Nº 23 de la fecha; VISTOS: Visto el Informe Nº 235-2010-GATR-MDMM de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas; el Memorando Nº 01000-2010-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 1267-2010-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante los articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru se establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica, administrativa y potestad tributaria en los asuntos de su competencia, por ello en su articulo 74º les otorga potestad tributaria para establecer mediante ordenanza, arbitrios, tasas, licencia, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 68º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, las municipalidades pueden imponer entre otras tasas, la de arbitrios, que es aquella que se paga por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico individualizado en el contribuyente, definicion que guarda concordancia con lo que establece la MORDAZA II del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, el articulo 69-B del Decreto Legislativo Nº 776 y su Texto Unico Ordenando vigente por Decreto Supremo de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, senala que las Municipalidades podran determinar el importe de las tasas por servicios publicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasas cobradas al 1 de enero del ano fiscal anterior reajustado con la aplicacion de la variacion acumulada del indice de precios al consumidor en la capital del departamento; Que, para la cobranza de las tasas de los Arbitrios de Limpieza Publica (Barrido de Calles, Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2010, el Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, aprobo la Ordenanza Nº 414-MDMM, ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Acuerdo de Concejo Nº 473-MML, normas que se publicaron integramente en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de Diciembre de 2009; la misma que prorrogo la Ordenanza Nº 380-MDMM que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Acuerdo de Concejo Nº 593MML normas que fueron publicadas integramente en el Diario Oficial El Peruano con fecha 31 de Diciembre de 2008; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 607-MML, establece que las municipalidades distritales podran aprobar Ordenanzas MORDAZA que deberan ser ratificadas por el Concejo Metropolitano de MORDAZA y tener vigencia por mas de un ejercicio tributario; Estando a lo dispuesto en el articulo 69-B del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA por UNANIMIDAD de los senores Regidores y con dispensa de lectura y aprobacion de acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRORROGA DE LOS ARBITRIOS DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL ANO 2011 Articulo Primero.- MORDAZA LEGAL APLICABLE. Apliquese, para el ejercicio 2011 la prorroga

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 414-MDMM relativa a los Arbitrios de Barrido de Calles, Recoleccion de Residuos Solidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el ano 2011
ORDENANZA Nº 446-MDMM MORDAZA MORDAZA, 7 de diciembre de 2010

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