Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2010 (29/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de diciembre de 2010

del procedimiento, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 296-MML y Ordenanza Nº 786-MML. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 583294-2

Disponen que Personas Juridicas de Transporte Publico de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores que prestan servicio en el distrito de Ate, se adecuen a estudio tecnico sobre zonas de trabajo y paraderos de transporte publico
DECRETO DE ALCALDIA Nº 018 Ate, 21 de diciembre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO el Informe Nº 196-2010-MDA-GDU/SGVT de la Sub Gerencia de Vialidad y Transporte, el Informe Nº 3092010-MDA/GDU de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Proveido Nº 5054-2010/MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 28607, determina que las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, por mandato del numeral 5) de articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru las Municipalidades en ejercicio de su autonomia politica, economica y administrativa tienen competencia exclusiva de organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos de su circunscripcion. Que, el inciso 2.2 del numeral 2) del articulo 73º, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades preceptua que los gobiernos locales son competentes para regular el transporte publico, circulacion y el MORDAZA vehicular. Que, el inciso 3.2 del numeral 3) del articulo 81º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades dispone que las Municipalidades Distritales en matera de MORDAZA, vialidad y transporte publico ejerce la funcion de otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial. Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transportes y MORDAZA Terrestre establece los lineamientos generales economicos, organizacionales y reglamentarios del transporte y MORDAZA terrestre y rige en todo el territorio nacional. Que, mediante Ordenanza Metropolitana Nº 241/ MML, de fecha 27 de octubre de 1999, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprueba el servicio de transporte de pasajeros y carga de vehiculos menores estableciendo las disposiciones normativas generales de regulacion del transporte de pasajeros y carga en vehiculos menores. Que, mediante Ordenanza Nº 188/MDA, publicada el 18 de MORDAZA de 2008, la Municipalidad Distrital de Ate regula el servicio de transporte publico de pasajeros y carga en vehiculos menores para el Distrito de Ate, MORDAZA que se modifico mediante Ordenanza Nº 205/MDA, publicada el 10 de enero de 2009, el cual se encuentra vigente. Asi mismo en su Primera Disposicion Transitoria se otorga a la Sub Gerencia de Vialidad y Transporte un plazo de 90 dias calendarios contados a partir de la entrada en vigencia de dicha MORDAZA modificatoria para elaborar

el Plan Regulador del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga de vehiculos menores motorizados o no motorizados de la jurisdiccion de Ate, que contenga el Estudio Tecnico de la realidad, necesidad y factibilidad para la prestacion del servicio por zonas de trabajo, la ubicacion de paraderos en la jurisdiccion del Distrito debidamente actualizado, quedando suspendida durante dicho plazo la emision de nuevas resoluciones de circulacion, ampliacion o modificacion de las zonas y/o vias de trabajo, inclusion de flotas e incremento de paradero oficial de vehiculos menores. Que, del mismo modo la MORDAZA Disposicion Final de la acotada MORDAZA modificatoria, faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias para la correcta aplicacion de la Ordenanza. Que, en cumplimiento de lo Normado la Sub Gerencia de Vialidad y Transportes ha culminado la Evaluacion Tecnica respecto a la realidad existente, la necesidad actual del servicio de transporte de vehiculo menor en la Jurisdiccion Distrital de Ate, materializado en el Estudio Tecnico de Transporte en Vehiculos Menores en el Distrito de Ate, el cual esta integrado por las Personas Juridicas de Derecho Privado, quienes ejecutaran la prestacion del servicio de transporte, los paraderos y las zonas de trabajo. Por tal motivo, existe la necesidad de aprobar dicho documento mediante Decreto de Alcaldia las disposiciones encaminadas a su aplicacion y aquellas complementarias que propicien la correcta prestacion de dicho servicio. Que, mediante Informe Nº 196-2010-MDA-GDU/ SGVT la Sub Gerencia de Vialidad y Transporte, remite a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Estudio Tecnico de Transportes en Vehiculos Menores en el Distrito de Ate de las Zonas de Trabajo y Paraderos de Transporte Publico de pasajeros y carga en Vehiculos Menores en el Distrito de Ate. Que, mediante Informe Nº 309-2010-MDA-GDU la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, remite a la Gerencia Municipal el Estudio Tecnico de Transportes en Vehiculos Menores en el Distrito de Ate de las Zonas de Trabajo y Paraderos de Transporte Publico de pasajeros y carga en Vehiculos Menores en el Distrito de Ate. Que, mediante Proveido Nº 5054-2010/MDA/GM el Gerente Municipal, senala que se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente. ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 6) DEL ARTICULO 20 DE LA LEY Nº 27972 ­ LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA: Articulo 1º.- APROBAR, el Estudio Tecnico de Transportes en Vehiculos Menores en el Distrito de Ate de las Zonas de Trabajo y Paraderos de Transporte Publico de pasajeros y carga en Vehiculos Menores en el Distrito de Ate, que con Anexo I forma parte integrante del presente Decreto, con las siguientes Especificaciones Tecnicas: I- Descripcion, II- Delimitacion de Zonas de Trabajo, III- Personas Juridicas de Transporte de Vehiculo Menor, IV- Analisis de Paraderos por cada MORDAZA de Trabajo, V- Conclusiones y VI- Recomendaciones. Articulo 2º.- DISPONER, que las Personas Juridicas de Transporte Publico de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores que presten el servicio de transporte en el Distrito de Ate, reconocidas por Decreto de Alcaldia Nº 014, deberan adecuarse al presente Estudio Tecnico de Transporte en Vehiculos Menores, aprobado por la presente MORDAZA, respecto a las zonas de trabajo, paraderos y MORDAZA de embarque correspondientes. Articulo 3º.- DISPONER que la Sub Gerencia de Vialidad y Transporte emita las Resoluciones de Circulacion de las nuevas Personas Juridicas de Transporte de Vehiculos Menores incluidas en el Estudio Tecnico, aprobado en el articulo anterior, previa evaluacion de la documentacion correspondiente; asi como las Personas Juridicas incluidas en dicho

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