Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2010 (29/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de diciembre de 2010

Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nos. 607 y 727 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 24 de marzo y el 11 de noviembre del ano 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria con caracter de Declaracion Jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el Informe Tecnico Legal Nº 004-181-00000213, opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas, las Directivas Nos. 001-006-0000001 y 001-006-0000006 y ademas con las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional recaidas en los Expedientes Nos. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/ TC, publicadas el 04 de marzo y el 17 de agosto del 2005, respectivamente. Que en conjunto los arbitrios que financiaran la prestacion de los respectivos servicios tienen una variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor del 1.89% registrada al mes de octubre del presente ano, con relacion a las tasas aprobadas en el ano 2010. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 297-2010-MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N° 167 de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, que regula el regimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos solidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2011 en esa jurisdiccion, dado que cumple con los criterios establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente N° 00053-2004-PI/TC. Articulo Segundo.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31 de diciembre del 2010, asi como del texto integro de la Ordenanza Nº 167 y de los Anexos contenidos en el Informe Tecnico, los MORDAZA de estructura de costos y tasas. La aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde senalar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves de su pagina web www munlima. gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria. Articulo Cuarto.- Sin perjuicio de lo MORDAZA ratificado, se exhorta a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA para que, con motivo de la elaboracion y aprobacion de la Ordenanza que regule los arbitrios municipales correspondientes al ano 2012, efectue con la debida anticipacion una revision exhaustiva de las estructuras de costos de los servicios, teniendo en cuenta las variaciones experimentadas con respecto a la cantidad de contribuyentes, predios, metros lineales,

areas construidas, entre otros, que se aprecia en los Distritos como consecuencia de la expansion MORDAZA, para guardar la debida coherencia entre tasas y servicios brindados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 583083-1

Aprueban Tabla de Valores Unitarios de Obras Complementarias para el Ano 2011
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-004-00002191 MORDAZA, 16 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225 se creo el Servicio de Administracion Tributaria, SAT, como organismo publico descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con personeria juridica de derecho publico interno y con autonomia administrativa, economica, presupuestal y financiera. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 6 del Edicto Nº 227 que aprueba el Estatuto del SAT, modificado por la Ordenanza Nº 936, el Jefe de la Institucion tiene la facultad de dirigir, controlar y supervisar el funcionamiento del SAT. Que, respecto del Impuesto Predial, el articulo 11 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, senala que las instalaciones fijas y permanentes seran valorizadas por el contribuyente de acuerdo a la metodologia aprobada en el Reglamento Nacional de Tasaciones y de acuerdo a lo que establezca el mismo, considerando ademas, una depreciacion de acuerdo a su antiguedad y estado de conservacion; senala ademas que, dicha valorizacion esta sujeta a fiscalizacion posterior por parte de la Municipalidad respectiva. Que, en tal sentido, a traves del Memorandum Nº 180092-00003099, recibido el 16 de noviembre de 2010, la Gerencia de Investigacion y Desarrollo solicita la emision de la resolucion jefatural por la cual se aprueba la Tabla de Valores Unitarios de Obras Complementarias para el Ano 2011, la citada tabla ha sido actualizada considerando la metodologia establecida en el Informe Nº 212-08200000223 de fecha 25 de noviembre de 2009, elaborado por la Division de Investigacion y Estudios Economicos, la misma que facilitara la identificacion y valorizacion de las obras a las que se hace referencia en el parrafo precedente. Estando a lo dispuesto por el literal d) del articulo 6 del Edicto Nº 227; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Tabla de Valores Unitarios de Obras Complementarias para el Ano 2011, la misma que como anexo forma parte de la presente resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Jefe (e) del Servicio de Administracion Tributaria

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