Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2010 (29/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de diciembre de 2010

Inclusion disponiendose que "el Gobierno Regional desarrolla politicas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusion economica, social politica y cultural, de jovenes...". Que, es de suma importancia poner en marcha un plan educativo denominado "Consejero por un Dia", destinado a escolares de educacion secundaria y estudiantes del 1º al 3º ciclo de universidades e instituciones educativas publicas y privadas de la Region Lambayeque. Que, resulta sumamente importante brindar oportunidad a los adolescentes de la Region MORDAZA, de conocer las atribuciones y funciones del Consejo Regional, ademas de hacer propia la experiencia del MORDAZA de elaboracion de normas regionales; siendo necesario resaltar los valores del debate democratico y la busqueda de acuerdos en un MORDAZA de convivencia y respeto por las posiciones y opiniones ajenas, promoviendo la formacion de conciencia ciudadana en jovenes de la Region MORDAZA y la preocupacion por el bienestar de la comunidad en la que viven. Que, ademas, es preciso elaborar una eficaz herramienta de participacion juvenil para la elaboracion de propuestas que puedan solucionar problemas comunitarios, tengan o no que ver con temas especificos de la juventud. Que, es importante destacar que los proyectos aprobados por los jovenes participantes del programa "Consejero por un dia" podran ser tratados por el Consejo Regional de la Region MORDAZA en el mismo periodo legislativo, ya que seran considerados como aporte de la juventud de la Region MORDAZA a la comunidad. Que, en consecuencia, es necesario que el programa "Consejero por un Dia" se oriente a cumplir con los fines y principios de la educacion peruana a que se contrae la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, con la finalidad de incentivar el rendimiento escolar asi como academico en lo que respecta al nivel MORDAZA, tecnico y universitario. Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APRUEBASE el programa "Consejero por un Dia", destinado a la participacion de las instituciones educativas publicas y privadas de la Region Lambayeque. Articulo Segundo.- INCLUYASE los fines de la presente ordenanza regional al Plan Regional de la Juventud y Cultura de Paz que el Ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA ha implementado. Articulo Tercero.- CONSTITUYASE el comite que se encargara de gestionar el MORDAZA de implementacion del plan "Consejero por un Dia" que sera integrado por: 1.- La Gerencia Regional de Desarrollo Social. 2.- La Direccion Regional de Educacion. 3.- La Secretaria del Consejo Regional. Articulo Cuarto.- IMPLEMENTESE el plan "Consejero por un Dia", a ser destinada a escolares de educacion secundaria y estudiantes del 1 al 3º ciclo de universidades e instituciones educativas publicas y privadas de la Region MORDAZA Articulo Quinto.- DISPONGASE que el Ejecutivo Regional, se oriente a cumplir con los fines y principios de la presente ordenanza regional, teniendo en cuenta la Ley N°28044, Ley General de Educacion. Articulo Sexto.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional que disponga que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial asigne el presupuesto correspondiente para la implementacion del plan "Consejero por un Dia". POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 582472-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan por tiempo indefinido a Tecnologica de Alimentos S.A. para desarrollar actividades de generacion de energia electrica
DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS RESOLUCION DIRECTORAL DREM.M. Nº 202-2010/DREM.M-GRM MORDAZA, 14 de Diciembre del 2010. VISTO: El Escrito Nº 478-2010 con fecha de recepcion 25 de Octubre de 2010, presentado por la Empresa Tecnologica de Alimentos S.A, inscrita en la Partida Nº 11073052, Asiento Nº A0001 del Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos de MORDAZA, teniendo como representante legal a MORDAZA MORDAZA Bianchi de los Rios; por el que solicita autorizacion para el desarrollo de actividad de generacion termoelectrica; con lo opinado por el responsable de la Unidad Tecnica de Desarrollo Minero Energetico-DREM.M CONSIDERANDO: Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el art. 38 del Decreto Ley 25844, Ley de Concesiones Electricas y su reglamento y en el art. 67 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93 EM; Que, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, la Unidad Tecnica de Desarrollo Minero Energetico de la Direccion Regional de Energia y Minas MORDAZA, ha emitido el informe Nº 063-2010-RHCCC-UDME/DREM.M; por el que opina favorablemente para el otorgamiento de la autorizacion solicitada; Que, por Resolucion Ministerial Nº 009-2008-MEMDM, publicada con fecha 16 de Enero del 2008, se declaro que el Gobierno Regional MORDAZA, concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de la misma; De conformidad con la atribucion establecida en el inciso d) del articulo 59 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867 y asumiendo competencia el Gobierno Regional de Moquegua; y opinion favorable del responsable de la Unidad Tecnica de Desarrollo Minero Energetico-DREM.M; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR, autorizacion por tiempo indefinido a TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., que se identificara con codigo Nº 3300011018, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica para su propio consumo en las instalaciones existentes de la central termica TASA-ILO, propiedad de la empresa solicitante, que operara en el distrito y provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 3,61 MW; Articulo Segundo.- PRECISAR, que la empresa autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el patrimonio Cultural de la Nacion; asi como remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su reglamento aprobado por decreto supremo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Articulo Tercero.- PUBLICAR, la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de

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