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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (29/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 96

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010 431924 de la Ordenanza Nº 414-MDMM, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 473-MML-2009, publicado el 19 de diciembre de 2009, la misma que prorrogó la Ordenanza Nº 380- MDMM ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 593-MML normas que fueron publicadas íntegramente en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 31 de diciembre de 2008. Cabe indicar que el Marco Legal aplicable sigue siendo la Ordenanza Nº 373-MDMM. Artículo Segundo.- DETERMINACIÓN DEL COSTO Y LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES. Para el ejercicio 2011, se aplicarán los costos y tasas establecidas por los servicios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y Serenazgo establecidos en la Ordenanza Nº 414- MDMM, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 473-MML- 2009, publicado el 19 de diciembre de 2009, la cual prorrogó la Ordenanza Nº 380-MDMM ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 593-MML normas que fueron publicadas íntegramente en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 31 de diciembre de 2008. Artículo Tercero.- APROBACIÓN DEL INFORME TÉCNICO. Apruébese el Informe Técnico en el que se explica y sustenta el mantenimiento de los costos por los servicios públicos y de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calle, Recojo Domiciliario de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo; así como la estimación de los ingresos por la prestación de los referidos servicios, los mismos que en Anexos forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DE LA VIGENCIA DE LA NORMA. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2011 siempre que previamente se haya cumplido con su publicación y la del Acuerdo de Concejo ratifi catorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los contribuyentes de considerarlo necesario, podrán presentar una declaración jurada a fi n de modifi car la información consignada en la determinación de los arbitrios. Segunda.- Facúltese a la Alcaldesa, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- Deróguese todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ROSA ELVIRA QUARTARA CARRIÓN DE RUAS Alcaldesa ANEXO 1 INFORME TÉCNICO SUSTENTATORIO DETERMINACIÓN DE TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2011 DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR ASPECTOS GENERALES En aplicación a lo establecido en el Texto Único de la Ley de Tributación Municipal, relacionado con la aprobación anual de los arbitrios municipales, Se efectuó el análisis de los gastos ejecutados al mes de octubre del año 2010, en la que se no se observa una variación sustancial con la proyección efectuada para el cálculo de los arbitrios del presente ejercicio, aprobado por la Ordenanza Nº 414- MDMM ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 473-MML-2009, publicado el 19 de diciembre de 2009, la cual prorrogó la Ordenanza Nº 380-MDMM ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 593- MML normas que fueron publicadas íntegramente en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 31 de diciembre de 2008. y al respecto se señala lo siguiente: 1) Efectuado el análisis de la información enviada por la Gerencia de Servicios Comunales, mediante Memorándum Nº 1054-2010-GCSC-MDMM, respecto a los servicios regulados por la Ordenanza Nº 414- MDMM y ratifi cada por el Acuerdo de Concejo Nº 473 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ambas publicadas el 19 de diciembre del 2009 en el Diario Ofi cial El Peruano, nos informa sobre los servicios públicos lo siguiente: - Servicio de Barrido de Calles: Para el año 2011 se ha considerado mantener las mismas rutas y frecuencias para el barrido de calles aplicadas durante el año 2010. Así mismo se ha estimado conservar la misma cantidad del personal que presta servicios en el barrido de calles y la adquisición de los materiales utilizados para dicho fi n. - Servicio de Recojo Domiciliario de Residuos Sólidos: Con respecto a la cobertura alcanzada en la prestación de este servicio para el año 2011 se ha considerado mantener las mismas condiciones de prestación del servicio, en cuanto a rutas, frecuencias, personal, vehículos, materiales, combustibles, repuestos y en general. - Servicio de mantenimiento de Parques y Jardines: En el presente caso del servicio de Parques y Jardines, se ha previsto que para el año 2011 se de mantenimiento a la cantidad de parques atendidos durante el año 2010, esto es considerado la misma cantidad en el personal del servicio de áreas verdes, parques y áreas atendidas, materiales e insumos y en general. 2) Al respecto del análisis de la información enviada por la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, mediante Memorándum Nº 284-2010-GSC / MDMM, respecto a los servicios de Serenazgo regulados por la Ordenanza Nº 414-MDMM y ratifi cada por el Acuerdo de Concejo Nº 473 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ambas publicadas el 19 de diciembre del 2009 en el Diario Oficial El Peruano, nos informa sobre los servicios públicos, de la prestación del servicio de Serenazgo para el año 2011 y en la que hace de su conocimiento que este mantendrá las mismas condiciones de prestación de los servicio, por lo tanto, se mantendrá la misma cantidad de personal, vehículos, materiales, combustible, repuestos, y en general utilizando la misma cantidad de bienes y servicios aprobadas en la Ordenanza Nº 414-MDMM. 3) Si bien, se observa que algunos de los componentes se encuentran sujetos a variaciones como producto de las fl uctuaciones que experimenta el mercado, cual es el caso de los combustibles (gasolina, diesel, aceites, entre otros), para el ejercicio 2011 se espera que los precios de estos no superen el índice infl acionario proyectado por las entidades fi nancieras y el Instituto Nacional de Estadística e Informática, para el presente año. De la información proporcionada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Memorandum Nº 482-2010-GPP/MDMM, se observa que los montos de la estructura de costos de los arbitrios municipales por los servicios de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo aprobados en la ordenanza que regula los arbitrios del presente año, han sido empleados por la actual gestión con responsabilidad y efi ciencia, situación que permitirá que a fi nes del presente ejercicio se cumpla con alcanzar y, eventualmente, superar los niveles de prestación de los servicios públicos señalados. Los montos se señalan en el cuadro siguiente: