Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2010 (30/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 118

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2010

Que, mediante comunicacion sin numero de fecha 10 de diciembre de 2010, Abengoa comunica que segun Acta de Puesta en Servicio que adjunta a su comunicacion, el 22 de noviembre de 2010 cumplio con poner en servicio dentro del plazo contractual las LL.TT 220 kV Carhuamayo ­ Paragsha (L2267 y L2268); asimismo solicita la correspondiente asignacion tarifaria para su SGT; Que, el numeral 8.3 del Contrato senala que la Base Tarifaria se regira por lo estipulado en la Ley N° 28832 y el Reglamento de Transmision. En tal sentido, el numeral 8.5 del Contrato indica que la Base Tarifaria se pagara mediante compensaciones asignadas a los Generadores y a los Usuarios, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 26° de la Ley N° 28832 y en los Articulos 23°, 24°, 25°, 26° y 27° del Reglamento de Transmision; Que, mediante el Articulo 13 de la Resolucion OSINERGMIN N° 079-2010-OS/CD, publicada el 15 de MORDAZA de 2010, se fijaron los valores del Peaje por Conexion y del Ingreso Tarifario Esperado para el SGT, para el periodo 01 de MORDAZA de 2010 al 30 de MORDAZA de 2011; Que, se corrobora en el Acta de Puesta en Servicio que el 22 de noviembre de 2010 se produjo la puesta en operacion comercial del Tramo 1, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el Contrato, corresponde fijar las tarifas correspondientes a dicho tramo, que seran aplicables desde su puesta en operacion comercial; Que, toda vez que de acuerdo con lo previsto en el Contrato la puesta en operacion del Tramo Nº 2 y de la Ampliacion de la Subestacion MORDAZA 220 kV ­ SVC, se producira dentro del actual periodo regulatorio, corresponde fijar los cargos tarifarios que les seran aplicables a dichas instalaciones, una vez que se produzca su puesta en operacion comercial; Que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, mediante Resolucion OSINERGMIN N° .....-2010-OS/CD, de fecha ... de diciembre de 2010, se publico en el Diario Oficial El Peruano el proyecto de resolucion que fija el Peaje por Conexion del Sistema Garantizado de Transmision de Abengoa Transmision Norte S.A., con la finalidad de recibir comentarios y sugerencias para su correspondiente analisis y, de ser el caso, su incorporacion en la version definitiva de la norma; Que, los comentarios y sugerencias presentados al proyecto publicado, han sido analizados en el Informe Nº 0XXX-2011-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° XXX-2011-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Agreguese como ultimo parrafo del literal A.3 del numeral 1.1 del Articulo 1º de la Resolucion OSINERGMIN Nº 079-2010-OS/CD lo siguiente: "El Peaje por Conexion Unitario del SGT de Abengoa Transmision Norte S.A. para el periodo comprendido entre el 22 de noviembre de 2010 y el 30 de MORDAZA de 2011, segun el detalle que se presenta en el cuadro siguiente: Cuadro Nº 4.1 Sistema de Transmision Tramo 1:LT 220kV Carhuamayo-Paragsha y SS.EE. Asociadas Tramo 2: LT 220kV Paragsha-Conococha y SS.EE. Asociadas Ampliacion de la SS.EE. MORDAZA - SVC Peaje Unitario (S/./kW-Ano) 0,08 0,11 0,12

Articulo 2º.- Agreguese a continuacion del Cuadro Nº 13 del Articulo 13º de la Resolucion OSINERGMIN Nº 079-2010-OS/CD lo siguiente: " (...) En el caso del SGT de Abengoa, los valores del Peaje por Conexion y del Ingreso Tarifario Esperado seran los que se indican en el Cuadro N° 14, debidamente actualizados, conforme entren en operacion comercial las siguientes instalaciones de transmision. Cuadro Nº 14 Sistema de Transmision Peaje por Ingreso Conexion Tarifario (S/.) (S/.)

Tramo 1:LT 220kV Carhuamayo-Paragsha y 4 197 108 116 548 SS.EE. Asociadas Tramo 2: LT 220kV Paragsha-Conococha y 6 058 384 0 SS.EE. Asociadas Ampliacion de la SS.EE. MORDAZA - SVC 6 686 555 0 (...)" Articulo 3º.- Modifiquese el penultimo parrafo del Articulo 13º de la Resolucion OSINERGMIN N° 079-2010OS/CD, cuya redaccion final sera la siguiente: " (...) Los montos fijados en el Cuadro N° 13 y Nº 14 corresponden a la remuneracion anual. Los valores que el concesionario debera recuperar por el primer periodo de fijacion anual seran calculados como sigue: (i) se determinara el numero de dias comprendidos entre el dia de inicio de la Operacion Comercial de las instalaciones y el 30 de MORDAZA del ano 2011; (ii) este numero de dias se dividira entre 365; (iii) la fraccion resultante se multiplicara por los montos anuales correspondientes. (...)" Articulo 4º.- Agreguense en el Cuadro N° 8 de la Resolucion OSINERGMIN N° 079-2010-OS/CD, los coeficientes de la formula de actualizacion del Peaje por Conexion y del Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision del Sistema Garantizado de Transmision de ABENGOA TRANSMISION NORTE S.A., de acuerdo al siguiente detalle: l SGT de Abengoa Transmision Norte 1,0000 M --N --o --p ---

Los criterios, parametros y valores base para la aplicacion de las formulas de actualizacion son las que se describen y detallan en el numeral 1.3 del Articulo 2° de la Resolucion OSINERMIN Nº 079-2010-OS/CD. Articulo 5º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con los informes Nº ......-2011-GART y ......-2011-GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. Articulo 6°.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. EXPOSICION DE MOTIVOS Como resultado del MORDAZA de licitacion publica llevado a cabo por PROINVERSION en el MORDAZA de la Ley N° 28832, el Reglamento de Transmision, la LCE y su Reglamento, el Texto Unico Ordenado de las Normas con Rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos (D.S. N° 059-96-PCM) y otras Leyes Aplicables y disposiciones especificas emitidas para el efecto, con fecha 22 de MORDAZA de 2008 el Estado Peruano suscribio con la empresa Abengoa Transmision Norte S.A. el contrato de Concesion del Sistema Garantizado de Transmision (SGT) de la Linea de Transmision

La aplicacion de los peajes, debidamente actualizados, se realizara conforme entren en operacion comercial las instalaciones de transmision senaladas."

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