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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (30/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 105

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de diciembre de 2010 432261 publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, los alcances de la Ordenanza Nº 124/MDVMT, que aprueba el benefi cio Tributario y no Tributario en la jurisdicción del Distrito. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Rentas, Agencias Municipales de Desarrollo, Subgerencia de Informática, y a la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional, la difusión de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde 583581-1 Aprueban modificaciones en el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDIA N° 021-ALC-2010-MVMT Villa María del Triunfo, 23 de noviembre de 2010 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO: Que, el numeral 6 del Artículo 20° de la Ley N°27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; señala que las Municipalidades asumen competencia y ejercen las funciones específi cas en materia de dictar decretos y resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes y Ordenanzas; así como sus modifi caciones, previo cumplimiento de las normas; Que, mediante Ordenanza N°060-2002/MVMT de fecha 11 de Febrero de 2002, se aprueba el “Texto Único de Procedimientos Administrativos”-TUPA de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, el cual fue ratifi cado por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdo de Concejo N°065 de fecha 22 de mayo de 2003, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 01 de Junio de 2003; Que, con la fi nalidad de adecuarse el TUPA a la Ordenanza N° 033-2007/MVMT que aprobó la modifi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo; mediante Decreto de Alcaldía N° 014- 2007-MVMT, se modifi có las denominaciones de las unidades orgánicas del Texto Único de Procedimientos Administrativos, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, de acuerdo al Artículo 4° del Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, se establece que la modifi cación del valor de la UIT no implica la modifi cación automática del monto de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA; debiendo, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la vigencia de la modifi cación del valor de la UIT, el funcionario responsable de ingresar y publicar la información del TUPA en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, señalado en el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 293-2006-PCM; Que, igualmente, el funcionario responsable de ingresar y publicar la información en el Portal Web Institucional, deberá efectuar la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultados de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente, entre el nuevo valor de la UIT; Que, así mismo conforme a lo dispuesto en el numeral 5 del Artículo 38° de la Ley N° 27444 –Ley Procedimiento Administrativo General, una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar, en el caso de los gobiernos locales, a través del respectivo Decreto de Alcaldía; Con la visacion de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con el Artículo 42° de Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; así como el Artículo 37° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, N° 27444; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR las modifi caciones en el TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) vigente de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. Artículo Segundo.- APROBAR el reajuste de los valores porcentuales de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), de los procedimientos y servicios exclusivos señalados en el TUPA, correspondiente al año fi scal 2010, siendo el valor de la UIT para este ejercicio de Tres mil seiscientos y 00/100 Nuevos Soles; efectuando la conversión de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultados de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente, entre el nuevo valor de la UIT; no implicando la modifi cación automática del monto de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento del contenido aprobado según el Artículo Segundo del presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General y Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la página Web de la Municipalidad y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde 583579-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000068 Callao, 22 de diciembre de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 22 de diciembre de 2010, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido por el artículo 195 incisos 2) y 6) de la Constitución Política del Perú las municipalidades son competentes para planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que el artículo 23 de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611 prescribe que corresponde a los gobiernos municipales, en el marco de sus funciones y atribuciones, promover, formular y ejecutar planes de ordenamiento urbano y rural, en concordancia con la Política Nacional Ambiental y con las normas urbanísticas nacionales, considerando el crecimiento planifi cado de las ciudades, así como los diversos usos del espacio de jurisdicción, de conformidad con la legislación vigente,