TEXTO PAGINA: 102
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de diciembre de 2010 432258 Que, el artículo 7º de la Ordenanza Nº 920, mediante el cual se aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo del Distrito de Mirafl ores, establece que la Municipalidad Distrital de Mirafl ores en estricta sujeción a las normas aprobadas en dicha Ordenanza, formule y apruebe los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de Estacionamientos, Retiros y Tamaño Mínimo de Departamentos, para la aplicación en su jurisdicción; Que, en el texto del Acta de Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de octubre de 1976, que sustenta la Resolución de Alcaldía Nº 90-A, por el cual se aprobó el Plano de Retiros del Distrito de Mirafl ores modifi cado posteriormente por la Ordenanza Nº 269-MM, se señala que en todas las calles del distrito es obligatorio respetar un retiro mínimo de 3.00 metros; Que, según se aprecia en el citado Plano, los predios con frente a la cuadra 8 de la Calle Grimaldo del Solar están considerados con retiro de 5.00 metros, sin embargo las otras cuadras que conforman dicha calle presentan un retiro de 3.00 metros; Que, esta situación de discontinuidad del retiro de la Calle Grimaldo del Solar interrumpe el alineamiento de fachadas de la citada calle; Que, los predios con frente a la cuadra 8 de la Calle Grimaldo del Solar se encuentran sobre el mismo eje que el resto de predios de la citada Calle y en un plano distinto al eje de la Avenida La Paz; Que, por los argumentos expuestos corresponde modifi car el retiro de la cuadra 8 de la Calle Grimaldo del Solar de 5.00 metros a 3.00 metros; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL RETIRO DE LA CUADRA 8 DE CALLE GRIMALDO DEL SOLAR DEL DISTRITO DE MIRAFLORES Artículo Primero.- MODIFICAR el retiro de la cuadra 8 de la Calle Grimaldo del Solar, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 90-A de fecha 4 de noviembre de 1976, modifi cada por la Ordenanza Nº 269-MM, estableciéndose para ésta un retiro de 3.00 metros. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Catastro y Fiscalización Tributaria modifi car en la base catastral y en los planos pertinentes el retiro correspondiente a los inmuebles ubicados en la cuadra 8 de la Calle Grimaldo del Solar. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Autorizaciones y Control y a la Subgerencia de Planifi cación Urbana el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MARTÍN BUSTAMANTE CASTRO Alcalde de Mirafl ores 583950-2 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad de Pueblo Libre ORDENANZA Nº 354-MPL Pueblo Libre, 21 de Diciembre de 2010 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión Ordinaria Nº 29 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 054-2010-MPL/CPL-CPAFP; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972: 1. En el artículo I del Título Preliminar establece que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización; 2. En el artículo II del Título Preliminar establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; 3. En el artículo IV del Título Preliminar referido a la Aplicación de Leyes Generales y Políticas y Planes Nacionales, establece que “los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio”; 4. En el numeral 32) del articulo 9º señala como atribución del Concejo Municipal el de aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo; 5. En el artículo 41º establece que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, según lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM el Cuadro de Asignación de Personal - CAP es el documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones – ROF; Que, conforme lo establece el inciso c) del artículo 33º del citado Decreto Supremo, corresponde al Concejo Municipal aprobar el Cuadro de Asignación de Personal el cual se materializará a través de una Ordenanza Municipal, de acuerdo a lo regulado en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y; En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMIDAD; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la Municipalidad de Pueblo Libre, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER, que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2011 conjuntamente con la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad de Pueblo Libre y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobados por Ordenanza Nº 352-MPL. Artículo Cuarto.- DEROGAR, toda norma que se oponga a la presente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y Ofi cina de Administración, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Ofi cina de Secretaría General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Ofi cina de Informática su inclusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Artículo Sexto.- DISPONER que de conformidad con el Artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, el presente dispositivo legal, sin sus anexos, sea publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LUIS BERNARDO ROSELLO CARRILLO Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldia 583999-1