Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2010 (30/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2010

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia del Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria en el distrito de San MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-2010-MSB-A San MORDAZA, 29 de diciembre de 2010 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN BORJA. VISTO: el Informe Nº 019-2010-MSB-GM de fecha 29.12.2010 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 0752010-MSB-GR de fecha 29.12.2010 de la Gerencia de Rentas e Informe Nº 200-2010-MSB/GR/URT de fecha 29.12.2010 de la Unidad de Recaudacion Tributaria, por el cual se propone la ampliacion del plazo de vigencia del Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria aprobado mediante Ordenanza Nº 445-MSB. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, mediante Ordenanza Nº 445-MSB publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 22 de MORDAZA de 2010, se aprueba un Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito, cuyo plazo de vigencia termino el 27 de MORDAZA de 2010. Que, en merito a las facultades establecidas en la tercera disposicion final de la Ordenanza Nº 445-MSB, mediante Decreto de Alcaldia Nº 009-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldia Nº 010-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldia Nº 011-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldia Nº 0122010-MSB-A y Decreto de Alcaldia Nº 013-2010-MSB-A, se prorroga el plazo de vigencia del beneficio aprobado, hasta el 30 de diciembre del 2010. Que, siendo politica de la actual administracion el brindar las maximas facilidades a los vecinos del distrito a fin de que puedan regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias, se considera necesario prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 445-MSB, senalado precedentemente. Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal, de la Gerencia de Rentas y de la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a lo establecido en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre del 2010, el plazo de vigencia establecido en el articulo 10º de la Ordenanza Nº 445-MSB, prorrogado mediante Decreto de Alcaldia Nº 009-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldia Nº 010-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldia Nº 011-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldia Nº 0122010-MSB-A y Decreto de Alcaldia Nº 013-2010-MSB-A. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Tecnologias de la Informacion, Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Administracion y Finanzas y sus unidades dependientes, en cuanto les corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 584135-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Prorrogan la vigencia de beneficio tributario y no tributario en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo
ORDENANZA N° 126/MDVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 30 de Noviembre del 2010. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO, VISTO: El Informe Nº 976 - 2010 Gerencia de Rentas, y el Informe Legal No.669 -2010-GAJ/MDVMT de la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, y su modificatoria dispuesta por Ley N° 27680, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia: lo cual es confirmado por el Articulo II del Titulo preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el Articulo 74° de la Constitucion dispone que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, de acuerdo a lo previsto en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia, mediante el cual se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, el Articulo 41° del TUO del Codigo Tributario, aprobado por el D. S. N° 135-99- EF y sus modificatorias, preceptua que "Excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de Contribuciones y Tasas, dicha condonacion tambien podra alcanzar al Tributo; Que, considerando la actual crisis economica, que se ve reflejada en el alto indice de morosidad, resulta necesario conceder facilidades e incentivos que encaminen a la conciencia del vecino villamariano, al pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias, asi como a la formalizacion y regularizacion de sus predios o actividades economicas, de manera que permita la captacion de recursos economicos para mejorar la prestacion de los Servicios Publicos a la comunidad; sin desincentivar a aquellos contribuyentes que cumplen con el pago de sus obligaciones en forma oportuna y/o regular. En tal virtud, resulta necesario otorgar Beneficios con la finalidad de que los contribuyentes de nuestro distrito puedan cumplir con sus obligaciones; Que, habiendose vencido la Ordenanza Nº 1242010/MDVM que aprobaba los beneficios Tributarios y no Tributarios en MORDAZA MORDAZA del Triunfo hasta el 30 de Noviembre del 2010 Estando a lo dispuesto en el numeral 4) del Articulo 20 y numeral 8 del Articulo 9 de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y de aprobacion de Acta, se aprobo la siguiente Ordenanza; PRORROGAR LA VIGENCIA DEL BENEFICIO TRIBUTARIO Y NO TRIBUTARIO EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO. Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Diciembre del 2010, desde el dia siguiente de la

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