Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2010 (30/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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a) Vias Expresas.Las Vias Expresas, definidas para el Callao, son las siguientes: Av. Gambeta Av. Faucett Av. MORDAZA Duarez (margen derecha) Av. Contralmirante MORDAZA Av. Expresa Industrial Av. MORDAZA MORDAZA Av. Costa MORDAZA Av. Manco Capac Las secciones viales de estas vias han sido trabajadas a nivel de planeamiento y en base a datos del Plan Vial anterior y de la propuesta actual que propone incrementar la movilidad de la provincia. b) Vias Arteriales.Las Vias Arteriales, definidas para el Callao, son las siguientes: · Av. Costanera · Jr. MORDAZA MORDAZA · Av. La MORDAZA · Av. MORDAZA Chalaca · Av. Venezuela · Av. MORDAZA R. MORDAZA · Jr. Guisse · Av. Buenos Aires · Av. MORDAZA Pena · Av. Dos De MORDAZA · Av. MORDAZA · Av. Prolg. MORDAZA Duarez · Av. MORDAZA Duarez · Av. MORDAZA MORDAZA · Av. MORDAZA · Av. Peru · Av. Bertello · Av. Pacasmayo · Av. Los Dominicos · Av. MORDAZA MORDAZA · Av. Prolg. MORDAZA MORDAZA · Av. Los Alisos · Av. Chillon · Av. Central · Av. MORDAZA MORDAZA · Av. Ventanilla Alta · Via Acceso MORDAZA Pachacutec · Balneario Ventanilla De la misma manera que en el caso anterior, las secciones viales de estas vias han sido trabajadas a nivel de planeamiento y en base a datos del Plan Vial anterior y de la propuesta actual que propone incrementar la movilidad de la provincia. c) Vias Colectoras.De la misma manera que en el caso anterior, las secciones viales de estas vias han sido trabajadas a nivel de planeamiento y en base a datos del Plan Vial anterior y de la propuesta actual que propone incrementar la movilidad de la provincia. d) Vias Locales.Son aquellas cuya funcion es proveer acceso a los predios o lotes adyacentes. Su definicion y aprobacion, cuando se trate de habilitaciones urbanas, corresponde a las Municipalidades Distritales. CAPITULO IV ZONIFICACION MORDAZA Articulo 13. AMBITO DE APLICACION El ambito de aplicacion de lo dispuesto en el Reglamento de Zonificacion de Usos del Suelo que aprueba este Plan, y que forma parte integrante de la presente Ordenanza, es el territorio de la Provincia Constitucional del Callao que esta conformado por el area

continental e insular, asi como administrativamente esta conformada por los distritos de: el Cercado del Callao - MORDAZA San MORDAZA, Bellavista, MORDAZA de la MORDAZA, La MORDAZA, La Punta y Ventanilla. Articulo 14. ZONIFICACION GENERAL La Zonificacion de los Usos del Suelo constituye uno de los instrumentos tecnico-normativos urbanos de aplicacion general y cumplimiento obligatorio en su jurisdiccion. Se desarrolla y concretiza en el Plano de Zonificacion General de los Usos del Suelo que ha determinado el Plan de Desarrollo MORDAZA de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022, formulando los parametros urbanisticos y edificatorios, los indices de Usos del Suelo para la Ubicacion de actividades urbanas, los niveles operacionales para las actividades urbanas en la provincia, estableciendo disposiciones tecnicas urbanisticas y arquitectonicas. Articulo 15. APLICACION DEL PLANO DE ZONIFICACION EN LOS PROCEDIMIENTOS URBANISTICOS En los procesos y proyectos constructivos y edificatorios presente se tendran en cuenta las consideraciones generales siguientes: · La aplicacion de las alturas y densidades maximas de la zonificacion aprobada sera posible siempre que las entidades concesionarias o encargadas de los servicios basicos de agua potable, alcantarillado y energia electrica, emitan la correspondiente factibilidad de suministro de los mismos y se cumpla con la ejecucion de obras que en dicho documento se senale, de ser el caso.). Asimismo, se debera contar con la implementacion total de las vias, en el frente o frentes del predio de acuerdo a su responsabilidad. En caso contrario, no se podran otorgar los premios en altura en caso de acumulacion de lotes, asi como no se podra otorgar los beneficios de la zonificacion asignada que determine la factibilidad de los servicios. · La Municipalidad Provincial del Callao y las Municipalidades Distritales aplicaran las normas de zonificacion de acuerdo al area y frente del lote, en caso no cuente con el area y frente minimo, adoptara la zonificacion inferior correspondiente que se acomode de acuerdo a MORDAZA variables. · Cuando se acumulen lotes que tengan diferente zonificacion, cada lote mantendra las caracteristicas de la zonificacion especifica, por lo que no se podra acumular la zonificacion en ningun caso, debiendo mantener los parametros originales MORDAZA de su acumulacion, salvo disposicion en contrario por tratarse de areas sujetas a densificacion. · En el caso de los lotes de comercio, equipamiento e industria que se encuentren acumulados con MORDAZA residencial, esta MORDAZA solo sera utilizada para estacionamiento. · En caso de lotes que tengan usos diferentes y/o dos frentes diferentes, en donde confluyan zonas de usos diferentes, se debera respetar el uso que corresponde a cada zonificacion. En ningun caso se permitira el acceso a la MORDAZA comercial, educacion o salud desde la MORDAZA residencial o a traves de ella. · Los lotes destinados a comercio en esquina con una via de uso residencial, no podran abrir puertas de acceso al uso comercial por el frente de la via de uso residencial, igualmente no se podra considerar espacios para estacionamiento en el frente de la via residencial ni el acceso a las areas de estacionamiento interiores, tampoco se podra considerar en dicha via las zonas de carga y descarga, debiendose desarrollarse dichas actividades solo dentro del lote. · No se permitira la subdivision de lotes cuya resultante MORDAZA menores al lote normativo de la zonificacion asignada. Articulo 16. MAPAS DE ZONIFICACION La presente Ordenanza aprueba los Mapas de Zonificacion de Usos del Suelo de los distritos de la Provincia Constitucional del Callao, que forman parte de la Zonificacion de los Usos del Suelo de la Provincia Constitucional del Callao, con arreglo a lo dispuesto por los articulos 73º y 79º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, siendo los mapas siguientes:

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