Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2010 (30/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2010

Que, en cuanto a la asignacion de la referida magistrada en la plaza del Juzgado de Paz Letrado de Ate, fue realizada con la informacion remitida en dicho momento por el Poder Judicial, no encontrandose en la citada lista la plaza del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA, plaza en la que viene ejerciendo funciones y que fue reservada en su oportunidad por el Poder Judicial, segun se infiere de la informacion remitida recientemente; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura a fin proteger los derechos de la recurrente, asi como los del actual titular de la plaza solicitada; y en virtud de la informacion remitida por el Poder Judicial, considera conveniente formular una solucion acorde a las circunstancias descritas, asignandole a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la plaza del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA, en la que actualmente ejerce funciones desde el ano 2006 y respecto de la cual no ha manifestado inconveniente, senalando incluso que se ubica cerca de su domicilio real; Que, estando al acuerdo de Pleno del Consejo adoptado en sesion del 02 de diciembre de 2010; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154° inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37° incisos b) y e) de la Ley N° 26397-Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Declarar fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion N° 307-2010-CNM del 17 de setiembre de 2010, en consecuencia, dejar sin efecto el articulo MORDAZA de la referida resolucion. Segundo.- Reincorporar en forma definitiva a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, expidiendole el MORDAZA titulo de nombramiento. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 583020-1

se denego su pedido para que se le asigne a plaza similar en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por la existencia de candidatos en reserva; Que, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante escrito del 18 de noviembre del presente ano, interpone recurso de reconsideracion contra la citada Resolucion N° 378-2010-CNM, manifestando su disconformidad ante la asignacion de la referida plaza, alegando que en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA existe una plaza vacante ante la renuncia del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debiendo prevalecer su condicion de Juez Superior frente a los candidatos en reserva; y como MORDAZA opcion solicita la asignacion de la plaza de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Piura; Que, la Direccion de Seleccion y Nombramiento mediante Memorandum N° 384-2010-DSN/CNM, informo sobre la inexistencia de plazas vacantes en los Distritos Judiciales de La MORDAZA y MORDAZA, en los que existen candidatos en reserva cuya condicion se mantendra hasta el 10 de junio de 2011 y la existencia de tres plazas vacantes de Juez Superior en el Distrito Judicial de Piura; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura a fin proteger los derechos del recurrente, y en cumplimiento a lo dispuesto por el inciso 15) del articulo 2° de la Constitucion Politica del Peru, que consagra como derecho de toda persona: "trabajar libremente con sujecion a la ley", y considerando que en el Distrito Judicial de MORDAZA existen tres plazas vacantes, es conveniente asignarle al recurrente dicha plaza; Que, estando al acuerdo de Pleno del Consejo adoptado en sesion del 16 de diciembre de 2010; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154° inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37° incisos b) y e) de la Ley N° 26397-Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Declarar fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion N° 378-2010-CNM del 03 de noviembre de 2010, en consecuencia, dejar sin efecto el articulo primero de la referida resolucion; e infundado en el extremo que solicita su reincorporacion en la plaza de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima. Segundo.- Reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, expidiendole el titulo correspondiente. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese.

Reincorporan a magistrado como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 475-2010-CNM MORDAZA, 21 de diciembre de 2010 VISTO: El recurso de reconsideracion interpuesto por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion N° 3782010-CNM; y, CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional mediante sentencia del 30 de junio de 2010, recaida en el Expediente N° 33392009-PA/TC, ordeno la reincorporacion del recurrente en el cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, o en otro de igual nivel o categoria, siempre que no exista impedimento legal para ello; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura por Resolucion N° 378-2010-CNM del 03 de noviembre de 2010, en su articulo primero reincorporo al doctor MORDAZA MORDAZA en el cargo de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, debido a la inexistencia de plaza vacante en el Distrito Judicial de La MORDAZA y asimismo

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Nacional de la Magistratura 583020-2

CONTRALORIA GENERAL
Designan Jefe del OCI de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 329-2010-CG MORDAZA, 29 de diciembre de 2010 Visto, la Hoja Informativa N° 118-2010-CG/GOCI, emitida por la Gerencia de Gestion de Organos de Control Institucional de la Gerencia General de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 18º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el jefe del Organo de Control Institucional ­ OCI mantiene una

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