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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de diciembre de 2010 432230 Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 2067-2010-TC-S1 del 29.10.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 38. OVERALL E.I.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos y/o inexactos, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51° de la Ley y literal i) del numeral 1 del artículo 237° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 2067-2010-TC-S1 del 29.10.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 39. DOMINGUEZ JARA; SARA TRINIDAD, Inhabilitación por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2072-2010-TC- S3 del 29.10.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 40. LANVALL PERU S.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la no suscripción injustifi cada del contrato, causal tipifi cada en literal a) del numeral 51.1 del artículo 51° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el literal a) del numeral 1) del artículo 237° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 2089-2010-TC-S4 del 04.11.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 41. TAPULLIMA PAIMA; CASILDA, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la no suscripción injustifi cada del contrato, causal tipifi cada en el literal a) del artículo 30° del Reglamento de la Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0025-2004-MIMDES, según Resolución Nº 2091-2010- TC-S4 del 04.11.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 42. CHAVEZ SANCHEZ; JUAN ESTUARDO, Inhabilitación por ocho (08) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2094-2010-TC-S4 del 05.11.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 43. TRANSERVIS ASUNCION S.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2098-2010-TC-S4 del 08.11.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 44. RIZO PATRON OLANO; JUAN CARLOS, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51° de la Ley y literal i) del numeral 1 del artículo 237° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 2100-2010-TC-S1 del 08.11.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 45. BUENO VEGA; LUCIO, Inhabilitación por seis (06) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos y/o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2102-2010-TC-S2 del 08.11.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 46. JL SOPORTE EMPRESARIAL S.A.C. - JL SOPEM S.A.C., Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51° de la Ley y literal i) del numeral 1 del artículo 237° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 2103-2010-TC-S2 del 08.11.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 47. CONSTRUCTORA GENERALES Y MINERIA VILLANUEVA NEVADO SHEGUI Y SU LAGUNA YANACOCHA E.I.R.L. - VLYNS E.I.R.L., Inhabilitación por nueve (09) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentación falsa o inexacta durante su trámite de aumento de capacidad de contratación ante el RNP, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2105-2010-TC- S4 del 08.11.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 48. OPCION POST S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por su responsabilidad en el incumplimiento de sus obligaciones dando lugar a la resolución del contrato, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2108-2010-TC-S3 del 08.11.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 49. DOMINGUEZ JARA; SARA TRINIDAD, Inhabilitación por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos y/o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2112-2010- TC-S3 del 09.11.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 50. QUIMILABSA S.A., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51º de la Ley y literal b) del numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008- EF, respectivamente; según Resolución Nº 2116-2010- TC-S2 del 09.11.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 51. PANASHOP S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentación falsa, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley y literal i) del numeral 1 del artículo 237° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 2117-2010-TC-S2 del 09.11.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 52. UNITED AGENCIES S.A. SUCURSAL DEL PERU - AGUNSA, Inhabilitación por doce (12) meses en sus